Blanqueo: por qué es injusto, discrimina según uso del dinero y da poca libertad de acción
Blanqueo: por qué es injusto, discrimina según uso del dinero y da poca libertad de acción
El análisis de la letra chica del blanqueo abre la puerta a un sinfín de consideraciones y varias de ellas cobran particular relevancia para quienes piensan adherirse.La iniciativa menciona explícitamente que las tenencias de moneda nacional o extranjera, obligaciones negociables, bonos, cuotas en fondos comunes de inversión, ADRs -entre otros activos- podrán ser incluidas en el "perdón tributario".Además, especifica que todos aquellos que tengan depósitos o títulos en el exterior no estarán obligados a ingresarlos al país. En cambio, aquellos que sí lo hagan -es decir que opten por la repatriación-, deberán depositarlos únicamente en firmas autorizadas por la ley de entidades financieras o sociedades de bolsa.En cuanto al pago del impuesto (necesario para ponerse al día con el fisco), el proyecto contempla la posibilidad de hacerlo mediante la entrega de bonos.Concretamente, con el Bonar 2017 o el Global 2017, expresados a su valor nominal. En este caso, el monto a pagar debe calcularse en base a una alícuota del 12%.Como contrapartida, quedarán exentos de abonar el gravamen quienes adquieran a uno de los títulos públicos que emitirá el Estado Nacional según un rango de fechas preestablecido para blanquear:- Hasta el 30 de septiembre, un bono a tres años, intransferible y no negociable, con un cupón de 0%.- Hasta el 31 de diciembre, un título a seis años, intransferible y no negociable, con cupón 0% los dos primeros años y 5% los restantes.
La iniciativa también abre la posibilidad de suscribir o adquirir cuotapartes de fondos comunes de inversión -abiertos o cerrados- destinados a proyectos de infraestructura o inmobiliarios, entre otros. En caso de optar por esta vía, los montos quedarán inmovilizados por un lapso de cinco años como mínimo, contado desde su suscripción o adquisición.Quienes decidan repatriar sus tenencias en pesos o en moneda extranjera deberán hacerlo en cuentas de entidades bancarias que figuren a nombre del titular, por un plazo no menor a 6 meses o hasta el 31 de marzo de 2017, lo que resulte mayor. Según explica Ricardo Paolina, socio de Lisicki Litvin & Asociados, con este "freezer" se busca "evitar que se instrumenten blanqueos múltiples por las mismas tenencias".Es decir, que se dé "un blanqueo sucesivo de la misma suma de dinero que entra y sale de cuentas bancarias", completa.Teresa Gómez, socia de Harteneck, Quian, Teresa Gómez & Asociados, recuerda que el blanqueo deberá realizare de banco a banco. Es decir, "que las divisas deberán estar depositadas".
Libertad de acción, un bien escasoUna de las principales críticas que se le hace a la iniciativa oficial es que ofrece muy escasos grados de libertad a quienes se adhieran.En tal sentido, no otorga la posibilidad de invertir en bonos que ya están en circulación.En caso de volcar el dinero al sector inmobiliario, el plan carece de algún tipo de incentivo, al tiempo que impone períodos de inmovilización prolongados para el menú de opciones que se ofrece."Uno de los mayores defectos que veo es que, así como está planteado, no ofrece alternativas para invertir en el país con tasas reducidas para la compra de inmuebles o bienes de uso. Tampoco si el dinero es utilizado para capitalizar una empresa", afirma a este medio una importante fuente consultada que prefiere no ser mencionada.Otro aspecto en el que ponen la lupa los expertos tributarios es que para determinar el monto a declarar, la iniciativa toma como referencia la "foto" del 31 de diciembre de 2015.Este es otro de los aspectos que genera debate, ya que hay opiniones en el sentido de que no debería considerarse esa fecha sino la de la aprobación de la ley, que puede ser en septiembre. Es decir, nueve meses después.También surge un foco de controversia por las diferencias que pudieran aparecer entre los fondos blanqueados y los efectivamente ingresados, una cuestión que los tributarias dan por descontado que ocurrirá.Esto, debido a que el plan de blanqueo ofrece la posibilidad de poder mantenerlos en el exterior. Este punto no es menor, teniendo en cuenta que todos aquellos que "fugaron" activos, para resguardarse del riesgo argentino, difícilmente quieran retornarlos en su totalidad. "Dada la historia del país, es muy probable que la mayor parte del dinero se mantenga afuera", afirma Mariano Sardans, CEO de FDI Gerenciadora de patrimonios."De esta manera, uno de los efectos buscados, que es el de alentar el ingreso de divisas para la actividad productiva, puede terminar siendo mucho menor al previsto originalmente", completa.En este aspecto, iProfesional dio cuenta de un punto clave que puede jugar en contra de los planes del Gobierno.Puntualmente, sobre el final del artículo 83 se deja en claro que en el caso de que la AFIP detecte cualquier bien o tenencia que hasta el 31 de diciembre no hubiera sido incluida en la Declaración, privará al sujeto de los beneficios.Vale un ejemplo: si una persona tiene en el exterior dinero y dos departamentos sin declarar y decide blanquear sólo una parte de esos activos, entonces se expondrá a perder las ventajas del nuevo régimen, en caso de de que la AFIP le identifique la otra.Es decir, tendrá que ingresar el impuesto adeudado no prescripto por el total de los bienes que entraron al blanqueo más los detectados por el organismo. Además, deberá hacer frente a la respectivas denuncias amparadas en la Ley Penal Tributaria y -de corresponder- en la Ley Penal Cambiaria.Otro punto relevante surge del claro desbalance entre quienes sólo declaran inmuebles frente a aquellos que "sinceran" activos financieros o dinero en efectivo:- En el primer caso (inmuebles), tributarán el 5%.- En cambio en el segundo (activos financieros), un 10% en 2016 y un 15% hasta marzo de 2017."Esto refleja una clara injusticia, ya que el proyecto beneficia a quienes enterraron su dinero en propiedades en Punta del Este o en Miami -de las que además hasta han podido recibir una renta- y perjudica, por ejemplo, a otros que ahorraron en dólares pensando en ir cambiándolos de a poco para poder vivir mejor", expresa Sardans. En otro orden, el plan de blanqueo contempla algunas limitaciones para poder acceder.Entre ellas, el hecho de que quedan expresamente excluidos de los beneficios aquellos activos que han sido depositados en países identificados por el GAFI como de alto riesgo o no cooperantes, como por ejemplo Panamá.Por otro lado, resultan escasas las posibilidades de que sean aceptados en el mercado los dos bonos que emitirá el Gobierno.Esto, por dos motivos básicos: serían intransferibles y no negociables por un largo período -de tres o seis años- según el momento en que se suscriban. A ello se suma el hecho de que el primero no devengará intereses, mientras que el segundo apenas pagará el 5% y recién a partir del tercer año, de modo tal que el atractivo financiero es prácticamente nulo.Más aun, las condiciones bajo las cuales serían emitidos llevaron a que algunos analistas ya los bautizaran como los bonos "parias" o "claustrofóbicos".Hay más. Quienes decidan ingresar los fondos y depositarlos en algún banco local deben saber que los mismos tendrán que quedar inmovilizados por un lapso no menor a seis meses.A priori, es de prever que el rendimiento que pueda obtener de estos activos resultará poco atractivo para el inversor. En otro orden, aquellos que tienen en mente volcar el dinero blanqueado a alguno de los fondos comunes de inversión que establece el proyecto, tendrán que tener presente que no podrán retirarlo por espacio de cinco años.Esto, más allá de las comisiones que les cobrarán las administradoras por la gestión de este tipo de instrumento, en particular los cerrados.
La foto y la películaSi todo resulta como espera el Gobierno, se supone que el blanqueo comenzará a regir a partir septiembre de este año.De ser así, se les habrá otorgado a los inversores prácticamente nueve meses de ventaja para disponer libremente de los fondos y obtener una renta, que puede más que justificar el pago de las tasas que estipula el proyecto.La razón es muy sencilla: el monto a considerar para ingresar en el blanqueo es el que se obtiene de la foto al 31 de diciembre del año pasado.Sin embargo, a partir de ese momento, no existen limitaciones para canalizar ese dinero que, bien colocado, puede dar lugar a una interesante "película".Este es el motivo por el que algunos analistas consideran que la fecha de partida debería ser la de la entrada en vigencia de la ley y no el último día de 2015, ya que ello da lugar a este tipo de movimientos especulativos. En general, los operadores recomiendan "bajo juramento de guardar secreto" realizar las operaciones con el banco del exterior del que se es cliente.¿Por qué? Porque en el caso de ingresar los fondos al país antes de aprobarse la ley, se podría generar una situación conflictiva con la UIF, si es que el banco o la sociedad de bolsa considera la operación como sospechosa y emite el correspondiente reporte (ROS).Sobre este último punto, debe tenerse muy en cuenta que si bien el proyecto libera de sanciones referidas a cuestiones tributarias, no lo hace con aquellas vinculadas con el lavado de dinero.En cuanto a los bonos soberanos argentinos más demandados -en la búsqueda de una rentabilidad tal que permita achicar la pérdida que genera el pago del gravamen- se anticipa que el Bonar 2020, el Bonar 2024 y el flamante Bonar 2021 picarán en punta.Otros que cuentan con buenas posibilidades de elevar su cotización son el Bonar 2017 o el Global 2017, ya que son los elegidos por Hacienda para aquellos que opten por pagar con ellos el impuesto.
De hecho, en términos financieros, se trata de una especie de "recompra" de deuda para dos títulos que vencen a mediados del año que viene. En cuanto a quienes ingresen sus dólares al sistema, sólo una vez transcurrida la "cuarentena" se abrirán buenas posibilidades para los papeles argentinos.Esto, como consecuencia del régimen impositivo, habida cuenta de que están desgravados de Ganancias y Bienes Personales.Según el economista José Luis Espert, "puede que se dé una baja en el riesgo país, así que ese puede ser otro elemento reactivante". Por otra parte, si bien originalmente se especulaba con que el proyecto serviría de apoyo al sector de la construcción y al rubro inmobiliario, en el que se elevó a la Cámara de Diputados no se observa ningún tipo de aliciente especial para canalizar dinero hacia esos rubros. En tal sentido, los directivos de inmobiliarias consideran que debería incluirse algún instrumento -tal como se hizo con el Cedin- que, mal que mal, permitió volcar al mercado del ladrillo una buena cantidad de fondos en momentos muy adversos para la actividad. Ariel Becher, socio de International de Tax Services de EY, recordó algunas cuestiones que también tendrían que ser incorporadas por reglamentación.Por ejemplo, destacó que la AFIP va a tener que determinar cómo hacer para declarar bienes que están a nombre de familiares o de sociedades.El organismo de recaudación, según explicó el especialista de EY, también estará obligado a crear un registro de entidades pasivas del exterior.Esta es una cuestión que tiene que ver con el post blanqueo, ya que probablemente los que adhieran radiquen sociedades en el exterior.Precisamente, tal como advirtió Becher, el fisco deberá reglamentar cómo se establecerá dicho listado.Si bien el proyecto es bueno, lo cierto es que "puede ser sustancialmente mejorado por el Congreso", afirma Sardans.Sólo así esta iniciativa -pensada para hacer repuntar la economía y para reforzar la caja del fisco- servirá para lograr los objetivos planteados y, al decir de Sardans, "no será desaprovechada".