Fijan pautas respecto de las diferencias entre delito y contravención
"Atocha Jiménez Albert Manuel s/ inf. art. 83 ley 1472 - Apelación". Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Sala II. 29/3/2006.
La Cámara de Apelaciones en lo Contravencional de Buenos Aires, en su Sala II determinó pautas respecto de las diferencias entre delito y contravención y su concurso ideal ante un ilícito determinado.
En este sentido, destacó que la acción consistente en la venta en la vía pública, sin autorización, de discos compactos y películas en DVD, todos ellos apócrifos, exhibiéndolos en la vereda y entorpeciendo la circulación peatonal, constituye un único comportamiento susceptible de ser subsumido en dos tipos legales.
Por un lado, se trata -prima facie- de la presunta comisión de un ilícito contra la propiedad científica, literaria o artística, Ley nacional 11.723, llevada a cabo mediante un comportamiento que implica, a la vez, el uso indebido del espacio público al que se refiere el art. 83 del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ello constituye un concurso ideal, toda vez que la actividad lucrativa cuyo desarrollo implica el uso indebido del espacio público, precisamente consiste en la venta o exhibición para la venta de copias ilegítimas de discos compactos y películas en DVD, resultando pues un mismo comportamiento susceptible de dos calificaciones que no se desplazan (concurso aparente), sino que reclaman aplicación conjunta para que la subsunción legal refleje en toda su magnitud la gravedad del injusto.
El supuesto particular de concurrencia ideal entre delito y contravención halla expresa regulación en el art. 15 del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que impone necesariamente el desplazamiento de la acción contravencional.
Conforme ello, la Cámara declinó la competencia del fuero en lo contravencional y de faltas de la CABA, a favor de la de la justicia nacional, en el caso de un concurso ideal entre una infracción a la ley nacional de propiedad intelectual, y una contravención.