iProfesionaliProfesional

MiPYME: cómo adherirse a la moratoria y qué requisitos se necesitan

La moratoria también incluye la condonación de intereses, multas y sanciones previstas en la Ley de Procedimiento Tributario y en la Ley Penal Tributaria
15/05/2020 - 11:59hs
MiPYME: cómo adherirse a la moratoria y qué requisitos se necesitan

La Ley 27541 establece una moratoria para los tributos y recursos de la seguridad correspondientes a las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, que alcanzan a los contribuyentes y responsables que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas. La moratoria también incluye la condonación de intereses, multas y demás sanciones previstas en la Ley de Procedimiento Tributario y en la Ley Penal Tributaria. La obtención del Certificado MIPYME está regulada por las disposiciones de la Resolución SEPYME220/2019 actualizada en los montos de ingresos por la Resolución SEPYME 563/2019.

Recordemos que la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa depende delactual Ministerio de Desarrollo Productivo.Los nuevos topes anuales de facturación para ser consideras MIPYMES son los que se indican acontinuación:

 
Se entiende por valor de ventas anuales al monto de venta que surja del promedio de los tres últimos ejercicios comerciales o años fiscales, según la información declarada a la AFIP. Se excluye del cálculo el monto del IVA ylos impuestos internos que pudieran corresponder. También se deduce el 75% de las exportaciones  efectuadas. Hay actividades que resultan excluidas para ser consideradas como MIPYMES. Figuran en el cuadro B del Anexo III de la Resolución SEPYME 220/2019. Estas son: administración pública, defensa yseguridad social obligatoria, organizaciones y órganos extraterritoriales, servicios de juegos de azar yapuestas y hogares que contraten servicio doméstico.También para determinadas actividades se requiere un personal ocupado máximo para ser MIPYME. Entre otras, las actividades serían las siguientes: venta al por mayor en comisión o consignación decereales, forrajeras, semillas, frutas, otros productos agrícolas, ganado en pie, alimentos, bebidas,tabaco, mercaderías y servicios mayoristas o minoristas de agencias de viajes. Dependiendo del sector de la actividad económica los topes máximos de personal ocupado son los siguientes:

El Anexo II de la Resolución SEPYME 220/2019 para las empresas que desarrollen las siguientes actividades: intermediación monetaria, fondos y sociedades de inversión, servicios financieros y deseguros, fondo de pensiones, servicios inmobiliarios por cuenta propia con bienes propios oarrendados, entre otros, un límite máximo de activos según el monto informado en la últimadeclaración jurada del impuesto a las ganancias de $193.000.000. El artículo 9 de la Resolución SEPYME 220/2019 define la relación de control y vinculación. Los supuestos son los siguientes: Controlar o estar controladas el 50% del capital y vinculadas el 20% delcapital con otros grupos o empresas tanto nacionales como extranjeras. Si existe control (50% del capital) el cumplimiento para ser consideradas MIPYMES deberá analizarse con todas las empresas en forma conjunta. Si existe vinculación (20% del capital) cada empresa deberá considerase en forma separada a los efectos de encuadrarlas o no como MIPYME. Finalmente, el artículo 10 de la Resolución SEPYME 220/2019 las formas asociativas podrán serconsideradas MIPYME en la medidas que todos los componentes califiquen como tal.