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Así quedarán haberes mínimos y máximos previsionales, PBU y remuneraciones imponibles a partir de septiembre 2020

Estas bases imponibles operan como piso imponible y tope imponible sobre las remuneraciones del trabajador al momento de calcular sus aportes personales
11/09/2020 - 11:52hs
Así quedarán haberes mínimos y máximos previsionales, PBU y remuneraciones imponibles a partir de septiembre 2020

A partir del período devengado septiembre 2020 y hasta el período devengado noviembre 2020, las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 quedan establecidas en la suma de $ 6.105,79 y $198.435,52 respectivamente.

Estas bases imponibles operan como piso imponible y tope imponible sobre las remuneraciones del trabajador al momento de calcular sus aportes personales a la seguridad social. 

La Anses, mediante la publicación en Boletín Oficial del 7 de setiembre del corriente año de la Res. 325-2020, establece que el valor de la movilidad previsional prevista en el Decreto 692/2020 correspondiente al mes de septiembre de 2020, queda determinado en 7,50% para las prestaciones previsionales, el cual se aplicará al haber mensual total de cada una de ellas, que se devengue o hubiese correspondido devengar al mes de septiembre de 2020.

ANSES dispuso cómo quedan los haberes mínimos y máximos
ANSES dispuso cómo quedan los topes imponibles

El haber previsional mínimo garantizado vigente -jubilación mínima- a partir del mes de septiembre de 2020 establecido de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley N° 26.417, será de $ 18.128,85.

El haber previsional máximo -jubilación máxima- vigente a partir del mes de septiembre de 2020 establecido de conformidad con las previsiones del artículo 9° de la Ley N° 26.417 será de $121.990,04.

El importe de la PBU -Prestación Básica Universal-, que es el primer tramo o segmento del haber previsional prevista en el artículo 19 de la Ley N° 24.241 y aplicable a partir del mes de septiembre de 2020, en la suma de $ 7.756,32.

El importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), aplicable a partir del mes de septiembre de 2020, en la suma $14.503,08.

ANSES
ANSES dispuso los topes imponibles

Asimismo, las Asignaciones Familiares y las Asignaciones Universal para la Protección Social de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.160 tienen la misma movilidad que la establecida por el Anses para la seguridad social en el semestre septiembre 2020 / noviembre 2020. En éste, mediante la Resolución 312/2020 publicada en boletín oficial del 02/09/2020, establece un incremento en las asignaciones familiares y el incremento de los topes de los rangos salariales a partir de septiembre de 2020 cuyos valores regirán para el trimestre septiembre, octubre y noviembre 2020.

De la misma forma, se establece que las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 31 de agosto de 2020 o los que, encontrándose encuadrados en la compatibilidad establecida por el artículo 34 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, continúen en actividad y solicitaren la prestación a partir del 1° de septiembre de 2020, se actualizarán a los fines establecidos por el artículo 24 inciso a) de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, según el texto introducido por el artículo 12 de la Ley Nº 26.417, mediante la aplicación de los índices de actualización determinados por la Secretaría de Seguridad Social en concordancia con la Resolución 18 de la Subsecretaria de Seguridad Social de fecha 25 de agosto de 2020.