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Ganancias y Bienes Personales: la Justicia volvió a suspender los vencimientos

Este viernes, se emitió una resolución en la que se establece que se mantengan suspendidas las fechas de vencimiento para Ganancias y Bienes Personales
02/07/2022 - 10:28hs
Ganancias y Bienes Personales: la Justicia volvió a suspender los vencimientos

Este viernes, la Sala 1 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió mantener suspendidas las fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y del pago de Ganancias y Bienes Personales hasta el 12 de julio inclusive, o bien hasta que se dicte una sentencia definitiva.

La decisión lleva la firma de los jueces Clara María Do Pico, Rodolfo Facio y Liliana Heiland, en respuesta a una apelación que presentó la AFIP días atrás, luego de que la semana pasada la jueza de primera instancia Macarena Marra Giménez le hubiera dado lugar a una medida cautelar que suspendía las fechas de vencimiento a pedido del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El Consejo había apelado la decisión

AFIP
Los profesionales indican que los aplicativos se pusieron a disposición con demora

El organismo había presentado una apelación esta semana que, dado que fue aceptada, suspendió el miércoles los efectos de la cautelar. Esto significa que dejó nuevamente vigentes los plazos dispuestos administrativamente, aunque solo hasta que se expidiera la Justicia en segunda instancia. Precisamente, eso sucedió este viernes.

El reclamo judicial que había hecho el Consejo Profesional porteño se realizó luego de varios pedidos de prórroga ante la AFIP. El período para la presentación de las declaraciones y el pago de los saldos resultantes, tanto de Ganancias como de Bienes Personales, fue entre el 23 y el 28 de junio. En este contexto, la suspensión del cronograma significa que no habrá multas ni intereses para quienes hagan el trámite o salden sus obligaciones fuera de esas fechas.

La razón señalada por los contadores para realizar este pedido es que los aplicativos para hacer las declaraciones juradas se pusieron a disposición con demora, respecto de los tiempos que evalúan como apropiados, en base a su trabajo, para poder cumplir correctamente con las obligaciones.

Qué había pedido el Consejo en relación a Ganancias y Bienes Personales

En el escrito de la jueza Marra Giménez se explica que el Consejo envió, sobre el tema en cuestión, siete notas a la AFIP en el término de seis semanas, sin obtener una respuesta favorable. Puntualmente, se pidió que, para hacer las presentaciones, haya un plazo de 60 días a partir de la puesta a disposición y del "correcto funcionamiento" de los aplicativos. Este año, los formularios estuvieron listos el 13 de mayo, motivo por el cual se solicitaba que el cronograma de vencimientos comenzara el 12 de julio. Por esa razón, la resolución de los camaristas menciona esa fecha en particular para disponer una limitación a la vigencia de la cautelar.

En relación a las presentaciones de Ganancias y Bienes Personales,
En relación a las presentaciones de Ganancias y Bienes Personales, la Justicia ratificó la suspensión de los vencimientos

Los contadores que se encuentran representados por la institución demandante consideran, de acuerdo a lo expuesto en el escrito judicial emitido el viernes pasado, "que la AFIP-DGI debe facilitar las herramientas para que los particulares puedan cumplir adecuadamente con las obligaciones ante dicho ente, lo que no ha ocurrido en la actualidad, ya que los servicios web estuvieron disponibles tan solo veinte días antes de los vencimientos, detectándose errores en los aplicativos y dificultades que también fueron puestos en conocimiento al organismo".

Aunque el reclamo judicial fue hecho por el Consejo que matricula a los profesionales en la Ciudad de Buenos Aires, luego de la consecución de la medida cautelar en primera instancia varias de las otras 23 instituciones de contadores que hay en el país pidieron su adhesión a la causa, para quedar alcanzados con la suspensión de los vencimientos.

Puntualmente, la magistrada había indicado en la medida cautelar que sus efectos alcanzan a los contadores matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires -por ser la institución que hizo la demanda - "que intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP-DGI, así como también que realicen su labor profesional en la modalidad de asesoramiento tributario".

Ganancia y Bienes Personales: los vencimientos en la mira
Ganancias y Bienes Personales: los vencimientos en la mira

Esto significa que a diferencia de una interpretación que había dado el organismo de recaudación, no era un requerimiento la existencia de la delegación formal de la administración de los servicios interactivos que están en la página web de la AFIP.

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