Esta provincia aumentará los impuestos a Netflix, Spotify, Uber y otras aplicaciones
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En los últimos años, el uso de aplicaciones en nuestros dispositivos se ha vuelto una parte fundamental de la vida cotidiana, tanto por necesidad como por entretenimiento. Plataformas de streaming, servicios de transporte o herramientas de comunicación se han integrado a nuestras rutinas, pero su conveniencia también ha generado debates sobre los costos asociados. Las discusiones sobre el cobro de impuestos a estas plataformas no son nuevas, especialmente cuando se facturaban en dólares. Ahora, en un contexto donde el cepo cambiario ha sido flexibilizado, una provincia argentina vuelve a implementar un esquema impositivo diferencial para ciertos servicios digitales. A partir del próximo 1° de julio, los ciudadanos de Santa Fe deberán pagar nuevas alícuotas diferenciales por el uso de determinadas aplicaciones y servicios digitales, afectando directamente el precio final que abonan por ellas.
Santa Fe aumenta impuestos a aplicaciones como Netflix y Spotify
La Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe ha resuelto aplicar un nuevo régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los servicios digitales provistos por empresas no residentes en Argentina. Esta medida, establecida mediante la Resolución General N.º 30/2025 y publicada en el Boletín Oficial el martes 17 de junio, entrará en vigencia el 1 de julio de 2025. El foco principal estará puesto en plataformas de uso masivo como Netflix, Spotify o Uber, siempre que el consumo o utilización económica ocurra dentro del territorio santafesino.
Según informó el Gobierno provincial, esta disposición fue aprobada en la Ley Tributaria 2025 y tiene que ver con que "el avance de la economía digital ha generado nuevas modalidades de comercialización y consumo, por lo que es imprescindible contar con herramientas normativas que permitan la correcta aplicación del tributo sobre este tipo de servicios". Es importante destacar que el impuesto se aplicará exclusivamente a servicios digitales brindados desde el exterior, es decir, por empresas sin domicilio fiscal en Argentina. Plataformas con presencia legal en el país, como Disney+, Google, Facebook o Cabify, no se verán afectadas, ya que ya tributan Ingresos Brutos de forma regular.
La normativa establece dos alícuotas diferenciadas:
- Un 3% para los servicios de suscripción online de acceso a entretenimiento audiovisual y musical, como Netflix o Spotify.
- Un 4,5% para el resto de los servicios digitales, incluyendo plataformas de transporte como Uber.
El impuesto será percibido directamente por los agentes designados, entre los que se incluyen emisores de tarjetas de crédito y débito, así como billeteras virtuales, al momento de realizarse el pago del servicio. La base imponible para el cálculo del tributo será el monto total de la operación, excluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). En el caso de pagos con tarjetas de crédito, la percepción se realizará al momento del cobro del resumen o liquidación, incluso si el pago es parcial. Para las operaciones con tarjetas de débito, prepagas o billeteras virtuales, el débito se efectuará en la fecha del cargo en la cuenta del usuario.
Netflix, Spotify y Uber más caros en Santa Fe: por qué aumentan impuestos
El Gobierno de Santa Fe explicó esta medida señalando que busca equilibrar las condiciones de mercado entre las compañías locales que sí cumplen con el pago de impuestos provinciales y aquellas que brindan servicios similares desde el extranjero sin tributar en la provincia. Según el Ejecutivo, esta diferencia genera una situación de "competencia desleal" que perjudica a las empresas radicadas en el territorio. Por eso, la carga impositiva trasladada al consumidor final funciona como una herramienta alternativa para garantizar que los proveedores foráneos, sin presencia fiscal en el país, también aporten al sistema tributario.
Desde la administración provincial señalaron además que la AFIP aplica un esquema comparable desde 2018 a través del IVA para servicios digitales. Sin embargo, el régimen santafesino presenta una diferencia clave respecto a lo implementado por el Gobierno nacional y otras nueve provincias: el usuario tendrá la opción de solicitar la devolución del importe retenido mediante un trámite digital. Asimismo, ese monto podrá utilizarse como crédito fiscal para cancelar otros tributos provinciales, como la Patente o el Impuesto Inmobiliario. Para gestionar esto, la API habilitó una plataforma específica para pedidos de reintegro.
La medida se fundamenta en el Código Fiscal de la provincia y en legislación nacional que otorga a la API la facultad de designar agentes de percepción y establecer los procedimientos pertinentes. En caso de incumplimiento por parte de estos agentes, podrán aplicarse sanciones administrativas. Además, la normativa aclara que esta percepción no modifica la naturaleza del impuesto frente al proveedor, por lo que las empresas extranjeras no quedan exentas de otras posibles obligaciones fiscales.
En definitiva, desde el 1° de julio de 2025, quienes residan en Santa Fe y contraten servicios digitales ofrecidos desde el exterior, verán reflejado un nuevo recargo impositivo en el costo final, correspondiente a este nuevo esquema tributario provincial.