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ALERTA

"Multas por no votar": la nueva estafa viral

Se tratan de correos falsos que imitan a la app Mi Argentina. La Justicia Nacional Electoral advirtió sobre la estafa que busca robar datos personales
29/10/2025 - 20:00hs
Urna electoral

En los últimos días, empezó a circular un correo electrónico fraudulento con el remitente multas@gob.ar, el cual simula ser un mensaje oficial de Mi Argentina. En el texto, se asegura falsamente que el ciudadano debe regularizar su situación y pagar una multa por no haber votado, e invita a ingresar a un enlace para hacerlo.

No obstante, se trata de una estafa digital (phishing): el enlace incluido en el correo sustrae información personal y datos del dispositivo de quien lo abre. En esta línea, desde la Justicia Nacional Electoral (JNE) aclararon que no mandan correos electrónicos para el pago de multas ni para verificar el estado del elector.

"La única forma oficial de consultar si una persona tiene multas por no votar es ingresando al sitio web https://infractores.padron.gov.ar/", informaron desde la Cámara Nacional Electoral. Asimismo, recordaron que el sitio oficial del organismo es www.electoral.gob.ar y que ningún trámite se realiza por correo electrónico ni mediante enlaces externos. Las autoridades recomendaron eliminar inmediatamente el correo si se recibe y no hacer clic en los enlaces, además de no compartir información personal o contraseñas.

De cuánto es la multa para quienes no votaron en las elecciones 2025

Quienes no concurrieron a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar y deberán pagar una multa.

Según el Artículo 125 del Código Electoral Nacional, los montos vigentes para 2025 son:

  • Primera infracción: $50
  • Segunda infracción: $100
  • Tercera infracción: $200
  • Cuarta infracción: $400
  • Quinta o más infracciones: $500

La sanción aplica a los mayores de 18 años y menores de 70 que no presenten una justificación válida. Además del pago, figurar en el registro puede generar restricciones administrativas, como la imposibilidad de realizar trámites públicos hasta regularizar la situación.

Para quiénes el voto era optativo y quiénes se encontraron exceptuados

El voto no fue obligatorio para:

  • Los jóvenes de 16 y 17 años, quienes pueden votar si lo desean gracias a la Ley de Voto Joven (26.774)
  • Los mayores de 70 años, que pueden decidir libremente si participan o no
  • Los argentinos que residen en el exterior, siempre que hayan cambiado su domicilio antes del 19 de abril de 2025 o estén habilitados para votar por correo

Además, están exentos de votar:

  • Jueces y funcionarios judiciales con tareas durante los comicios
  • Quienes estén a más de 500 kilómetros de su lugar de votación y lo justifiquen ante una autoridad policial
  • Personas con certificado médico que acredite incapacidad o internación
  • Condenados o procesados según lo dispuesto por la ley
  • Personal de servicios públicos esenciales que deba cumplir funciones durante la jornada electoral

Los argentinos que estuvieron fuera del país el 26 de octubre deberán justificar su ausencia para evitar multas. Cabe recordar que puede hacerse de dos formas:

  • Haberse presentado ante una autoridad policial o consular y solicitar una constancia
  • Presentar pasajes o pasaporte que acrediten la salida del territorio nacional

En el caso de los residentes permanentes en el exterior, podrán emitir su voto si realizaron el cambio de domicilio en su DNI antes de la fecha límite. También existirá la opción de voto por correo postal, disponible para quienes se registraron entre el 29 de mayo y el 28 de junio de 2025.

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