Pensiones por viudez: cómo impactará la reforma previsional en los beneficiarios
La discusión sobre una reforma previsional volvió a ocupar un lugar central en la agenda económica y política del gobierno de Javier Milei. En este contexto, tomó relevancia una propuesta técnica elaborada por el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), que plantea cambios estructurales en el sistema jubilatorio argentino.
El diagnóstico del centro de estudios es claro: el actual esquema previsional resulta costoso, desigual y difícil de sostener en el largo plazo, especialmente frente al envejecimiento de la población y las limitaciones fiscales que enfrenta el Estado.
Según CIPPEC, el gasto previsional ronda el 10% del Producto Bruto Interno, y se apoya en una estructura fragmentada, atravesada por moratorias recurrentes, más de 200 regímenes especiales y beneficios que, en muchos casos, no guardan relación directa con los aportes realizados durante la vida laboral.
Por qué el sistema previsional es caro
La ineficiencia del sistema se explica, principalmente, por tres factores clave:
- La proliferación de excepciones, que permite que alrededor de 2,8 millones de personas accedan a beneficios antes de la edad mínima legal (60 años para mujeres y 65 para varones).
- Las reglas obsoletas de las pensiones por fallecimiento, que generan la superposición de beneficios para más de un millón de personas.
- La elevada generosidad de algunos regímenes especiales, tanto en la edad de retiro como en la forma de calcular los haberes, lo que incrementa el costo total del sistema.
A esto se suma un problema de equidad: la exigencia de 30 años de aportes para acceder a una jubilación contributiva, combinada con la existencia de casi 200 esquemas de excepción, genera que personas con trayectorias laborales similares reciban haberes muy distintos al jubilarse. Factores como la provincia de residencia, el tipo de empleo (público o privado) o la actividad desarrollada influyen de manera determinante.
Reforma previsional: un sistema más simple y con menos privilegios
La propuesta de CIPPEC, que ya está siendo analizada por el ministro de Economía Luis Caputo, impulsa una transformación integral que abarca la jubilación por vejez, las pensiones por viudez, la edad de retiro y los regímenes especiales.
El eje central es la creación de un sistema previsional más sencillo, basado en dos componentes:
- Una Prestación Básica Universal, garantizada para todas las personas que alcancen la edad jubilatoria, destinada a asegurar un ingreso mínimo en la vejez. Este beneficio funcionaría como un piso de protección social, similar a la actual PUAM.
- Una Prestación Proporcional contributiva, calculada en función de todos los años efectivamente aportados. De este modo, se elimina la exigencia de 30 años de aportes y cada trabajador percibiría un haber acorde a su historia laboral, sin necesidad de recurrir a moratorias.
Desde CIPPEC sostienen que este esquema permitiría ampliar la cobertura previsional sin generar distorsiones ni incentivar la informalidad laboral.
Pensiones por viudez: qué cambios plantea la reforma previsional
Uno de los puntos más sensibles del proyecto es la revisión del régimen de pensiones por fallecimiento. La propuesta introduce modificaciones en tres aspectos centrales: elegibilidad, duración y cálculo del haber.
- Elegibilidad universal: se reemplaza el requisito de regularidad en los aportes del trabajador fallecido por un esquema de acceso universal.
- Duración limitada: para cónyuges jóvenes, la pensión dejaría de ser vitalicia y pasaría a tener un plazo determinado, vinculado a la edad del sobreviviente (por ejemplo, dos años para menores de 30).
- Compatibilidad con jubilaciones: si el beneficiario ya cobra una jubilación, solo la Prestación Proporcional del fallecido generaría pensión, mientras que la Prestación Básica se percibiría una sola vez.
Cómo se pide HOY una pensión por viudez en Argentina y cuáles son los requisitos
Podés solicitar la prestación si sos:
- Cónyuge: con partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
- Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
- Hijo: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido.
El trabajador fallecido debía cumplir:
- Tener 30 años de aportes para el régimen común.
- Como aportante regular:
- haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- Como aportante irregular:
- haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En caso de no cumplir con este requisito como solicitante podés completar los años de aportes, computando servicios regularizados por alguna de las moratoria previsional.
Qué documentación debe presentar
El fallecimiento del trabajador debe estar acreditado en mi ANSES.
Si cumplís con los requisitos para solicitar la prestación:
- Cónyuge o conviviente: DNI y formularios PS.6.284 y PS.6.9.
- Hijo huérfano: original y copia de tutoría o curatela.
- Hijos incapacitados para trabajar: original y copia de certificado de alumno regular, estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad a la fecha del fallecimiento del trabajador. Formularios PS.6.9, PS.6.12 y PS.6.13.
Del trabajador fallecido:
- En relación de dependencia: Formularios PS.6.2, PS.6.1 y PS.5.7. Si se desempeñó como personal de casas particulares, además, se deberá presentar: recibos de sueldos, ticket de aportes, Declaración Jurada Régimen Especial.
- Trabajador autónomo: Formularios 558/A, 558/B y 558/C de ARCA (ex AFIP). Originales y copias de los pagos autónomos y monotributistas.
Si hay aportes que no están registrados, reuní la documentación que pruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social y/o declaración jurada que acredite los servicios del trabajador fallecido.
Cómo realizar el trámite de pensión por viudez
Este trámite se realiza de manera presencial en una oficina de ANSES con turno previo.