• 24/12/2025
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Autos inundados en Panamericana: ¿Autopistas del Sol deberá resarcir a los damnificados?

La tormenta sorprendió a los automovilistas, que no pudieron evitar quedar atrapados en la autopista inundada. ¿Qué responsabilidad tiene la concesionaria?
Por A.R.
23/12/2025 - 22:41hs
Autos inundados en Panamericana: ¿Autopistas del Sol deberá resarcir a los damnificados?

La inesperada y feroz tormenta que azotó buena parte del AMBA este martes por la tarde dejó una postal increíble: un tramo de la autopista Panamericana, a la altura de Thames, quedó completamente inundado, con autos tapados por el agua. Sus conductores tuvieron que salir nadando.

A partir de esta escena dramática, surgió una duda: cuál es la responsabilidad de Autopistas del Sol, la concesionaria de la autopista. ¿Debe hacerse cargo por los daños materiales causados por la inundación de la calzada?

Autos inundados en Panamericana: ¿Autopistas del Sol debe resarcir a los damnificados?

En caso de sufrir este tipo de daños por casos climáticos como el que ocurrió este martes, el primer paso de los damnificados debería ser contactarse con su seguro. Lógicamente, para ello hay que haber contratado previamente una póliza contra todo riesgo que incluya daños por inundaciones.

Si no se cuenta con este tipo de cobertura, de todas formas, se puede reclamar a Autopistas del Sol, concesionaria de la Panamericana.

"El concesionario vial tiene las obligaciones que dice el contrato de concesión. En general, los contratos de concesión ponen a cargo de quien explota y cobra el peaje el mantenimiento y la construcción de infraestructura para que la autopista esté en condiciones. Probablemente, en este caso, sea así", resumió a iProfesional Sergio Mohadeb, abogado y creador de Derecho en Zapatillas.

De hecho, entre las principales responsabilidades de la concesionaria de la autopista, se incluyen:

  • Mantenimiento de la Infraestructura: asegurar la seguridad de las vías, con iluminación adecuada, demarcaciones visibles y señalética correcta.
  • Seguridad Vial: promover buenas prácticas, prevenir accidentes y velar por la seguridad de colaboradores y usuarios.

En ese marco, Mohadeb sostuvo que "la jurisprudencia ha considerado responsables a los concesionarios de autopistas, por ejemplo, cuando hay obstáculos en la autovía". "En esos casos se discute si fue un hecho de un tercero, pero la jurisprudencia los hace responsables cuando hay un incidente por falla de infraestructura", agregó.

"Este caso no debería ser la excepción a la regla general del concesionario vial por fallas en la infraestructura", remarcó el experto, aunque aclaró que puede haber excepciones: "Salvo, que el concesionario vial pruebe que fue un hecho fortuito: imprevisible e inevitable. Para zafar, tiene que probar que fue un temporal inusual. Pero no pareció que haya sido así".

Según los primeros datos que se conocieron, los picos máximos de lluvia se ubicaron entre los 80 y 100 mm. Pero el mayor impacto lo tuvo esa zona del norte del Gran Buenos Aires, donde la tormenta se "estacionó" con mayor violencia: es decir que, si técnicamente se considera un "temporal inusual", la concesionaria podría esquivar la responsabilidad civil en este caos.

Sin embargo, en redes también circularon versiones de que se había cortado el pasto y que no se recogió, lo que tapó los sumideros. Si se prueba que fue así, la concesionaria debería hacerse cargo de los daños.

El pago del peaje y la responsabilidad de la empresa concesionaria

Uno de los primeros puntos clave sería determinar las causas que provocaron la inundación de la autopista. "Habría que ver qué paso: ¿estaban tapados los sumideros? ¿Cuáles fueron las causas? Si hubo una falla de mantenimiento, sin dudas van a ser considerados responsables. Se aplicaría la ley de protección al consumidor, porque cobran un peaje", sostuvo Mohadeb.

Para poder obtener un resarcimiento por parte de la concesionaria, habría que ir a juicio: "Aunque tengas un peaje, una relación de consumo, tendrías que probar que estabas ahí, que se inundó la autopista. Presentar todo en un juicio. Por ahí, en una mediación, llegás a arreglar".

En ese sentido, aclaró el experto, puede haber dos corrientes de la jurisprudencia. "En una, tendrías que demostrar la culpa de la concesionaria, que no mantuvieron bien la autopista: ahí probablemente sean responsables".

"Otra corriente de la jurisprudencia dice que es la responsabilidad objetiva: que no hace falta la culpa, vos tenías un auto que entró bien a la autopista y salió mal", agregó Mohadeb.

Y citó dos casos: "Un fallo de 2017 contra Autopistas del Sol, se entendió que no era responsable, porque entendieron que el fenómeno climático fue imprevisible y extraordinario. Llovieron 159 milímetros, fue demasiado".

"En otro caso, de 2009, la concesionaria vial es responsable y no puede desligarse atribuyéndole la responsabilidad a un tercero, porque no se puede descartar que la obra vial tuviera defectos", agregó.

De todas formas, analizando puntualmente el caso ocurrido este martes, Mohadeb sostiene que a priori, "con una vista rápida del caso, hay altas chances de que la concesionaria vial sea considerada responsable".

"Para alguna corriente, la víctima tendrá que demostrar la culpa de la autopista. Para otra corriente, aplicando la ley del consumidor, solo hay que probar el daño. Porque la regla general en la responsabilidad civil es que haya culpa, pero la ley 24.240 dice que, si el daño al consumidor resulta del riesgo o vicio de la autopista, esta debe responder", sostuvo.

El exporto se refiere al artículo 40 de esta ley, que dice específicamente: "Si el daño al consumidor resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responderán el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio. El transportista responderá por los daños ocasionados a la cosa con motivo o en ocasión del servicio".

"La responsabilidad es solidaria, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan. Sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del daño le ha sido ajena", concluye el texto.

Conclusión: en principio, la concesionaria debería resarcir a los damnificados

Es decir que, en principio, por no tratarse de un fenómeno extraordinario, la concesionaria de la autopista debería resarcir a los automovilistas que sufrieron daños en sus vehículos.

Sería como el caso del supermercado que hace unas semanas fue condenado a indemnizar a una mujer que fue lastimada dentro de su sucursal por la caída de un cartel.

Aunque esto deberá dirimirse en los tribunales, si es que previamente no se llega a un acuerdo.

"El dueño del auto, en cualquier cosa que le pasen, ante la duda, siempre tiene que comunicarlo al seguro. Tiene un plazo de tres días, sino pierde esa posibilidad. Después se ve si lo cubre. Si la concesionaria es responsable, el seguro te paga, se da vuelta y le va a cobrar a la concesionaria", sostuvo Mohadeb.

Y concluyó: "Un juicio puede durar años o acordar antes. Lo lógico sería que tengas un seguro contra todo riesgo y en unos meses te indemnicen por destrucción total y después el seguro arregle con la autopista".

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