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ALERTA

¿Puede el consorcio del edificio echar a Moyano tras el escándalo de drogas y corridas en ropa interior?

Fue imputado por lesiones leves y privación ilegítima de la libertad y el abogado de la joven declaró que "consumieron cocaína" en el departamento
05/08/2026 - 19:14hs
Facundo Moyano saliendo de la comisaría y una imagen del edificio ViewPoint, en Belgrano. Imagen de archivo

Uno de los interrogantes que surgió luego del escándalo protagonizado por Facundo Moyano y su pareja Candela Arizaga fue si el exdiputado y sindicalista puede ser echado del edificio: la respuesta breve que dieron expertos es que no de manera intempestiva.

Todo comenzó en la madrugada del martes, cuando Candela Arizaga apareció corriendo semidesnuda por las calles de Belgrano. En los videos que se conocieron luego también se vio a Facundo Moyano corriéndola.

El sindicalista fue detenido más de 12 horas y quedó imputado por lesiones leves y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género, por el hecho que tuvo lugar en el piso 21 del edificio ViewPoint de Avenida del Libertador al 5400.

Según relató el abogado de la joven Diego Sorto, Arizaga y Moyano llegaron a ese departamento el sábado, luego de ver el partido entre River y Rosario Central. "Consumieron solo cocaína. El examen toxicológico de Candela así lo arrojó", dijo el letrado, quien resaltó que la influencer le contó: "En un momento sentí miedo, me escapé".

Fue cuando salió corriendo semidesnuda del edificio, perseguida por Facundo Moyano. A raíz de este hecho de presunto consumo de drogas, es que surgió la pregunta si el consorcio del edificio puede echar al exdiputado.

El consorcio no puede echar a Facundo Moyano, pero sí denunciarlo

Según trascendió, Moyano no sería el propietario del departamento donde ocurrió el escándalo. Esto puede ser un dato clave en el supuesto caso que el consorcio busque echarlo del edificio.

Así lo explicó a iProfesional Christian Tettamanti, vicepresidente de la Asociación civil de Administradores profesionales de propiedad horizontal (ACAPPH). "Lo que se suele hacer es que intervenga la fiscalía. Si es propietario, no se puede echar. Si es inquilino, se le puede pedir que rescinda el contrato sin ningún tipo de inconveniente", sostuvo.

"Es un pedido, el consorcio puede pedirle al propietario que dada la circunstancia le rescinda el contrato por malos hábitos, malas costumbres, por ejemplo. Pero no se puede echar de manera intempestiva por un caso así", agregó el experto.

Con este ejemplo, al estar imputado el inquilino, la rescisión del contrato de alquiler (en caso de que exista) debería ser más sencilla. "Al tener una causa abierta el propietario no debería tener problema para rescindir el contrato. Como mucho se tendrá que devolver el depósito", remarcó Tettamanti.

Sucede que el régimen de propiedad horizontal previsto en el Código Civil y Comercial contempla herramientas para que el consorcio actúe frente a conductas que alteren gravemente la convivencia, pero la decisión de desalojar a un ocupante solo puede ser tomada por un juez y bajo determinadas condiciones.

Es por eso que especialistas en propiedad horizontal coinciden en que una asamblea de copropietarios no tiene facultades para expulsar a un ocupante, impedirle el ingreso al edificio o exigir unilateralmente que abandone un departamento.

Si el ocupante es el propietario de la unidad, el margen de acción del consorcio es todavía más limitado, ya que el derecho de propiedad goza de protección constitucional.

El Código Civil y Comercial establece que, cuando un ocupante viola las prohibiciones previstas por la ley o por el reglamento de copropiedad, el consorcio o cualquier propietario afectado puede iniciar una acción judicial para que cesen esas conductas.

En ese caso, si el ocupante de un inmueble no es propietario, un juez podría ordenar su desalojo cuando exista reiteración de las infracciones: es decir, no alcanza con un episodio aislado, más allá de su repercusión mediática.

Los pasos que debe seguir un consorcio en casos como este

Lo habitual es que el administrador reciba las denuncias de los vecinos, reúna pruebas sobre los hechos denunciados (como testimonios, grabaciones de cámaras de seguridad o intervenciones policiales) e intime formalmente al propietario de la unidad para que haga cesar las conductas cuestionadas.

Si el reglamento de copropiedad lo prevé, también pueden aplicarse multas o sanciones económicas.

En caso de que los problemas continúen, la asamblea puede autorizar el inicio de acciones judiciales para que un magistrado ordene el cese de los incumplimientos.

Solo si las infracciones se repiten y quien las protagoniza no es propietario de la unidad, el consorcio puede solicitar que el juez disponga su desalojo.

Es decir que la ley no habilita al consorcio a "echar" directamente a un vecino, sino que establece un procedimiento judicial que solo procede en situaciones excepcionales.

Entre los hechos que pueden justificar una demanda, los especialistas en propiedad horizontal destacan que los jueces suelen analizar cada caso de manera particular y exigen pruebas suficientes antes de avanzar con restricciones al derecho de ocupación.

Entre las situaciones que pueden dar lugar a una acción judicial figuran:

  • ruidos o disturbios reiterados que afecten la convivencia;
  • hechos de violencia, amenazas o daños en espacios comunes;
  • actividades ilegales o prohibidas por el reglamento del edificio;
  • conductas que comprometan la seguridad de otros residentes.

Por el contrario, un episodio aislado ocurrido dentro de un departamento, sin consecuencias permanentes para el resto del edificio, difícilmente alcance por sí solo para justificar un desalojo.

En tanto, la jurisprudencia argentina ha mantenido históricamente un criterio restrictivo respecto de este tipo de medidas.

Los tribunales suelen considerar que el desalojo de un ocupante constituye un recurso de última instancia, por lo que exigen acreditar que existieron incumplimientos reiterados y que otras medidas menos gravosas resultaron insuficientes para restablecer la convivencia.

En ese sentido, los jueces privilegian primero las intimaciones, las sanciones previstas en el reglamento de copropiedad y las órdenes para que cesen las conductas conflictivas antes de analizar una eventual exclusión del ocupante.

Quién sería el dueño del departamento donde estaba Facundo Moyano y Candela Arizaga

Según trascendió, Moyano no es el propietario del departamento donde estaba con arizaga. La información fue revelada por la periodista Natalia Volosin, quien aseguró haber reconstruido datos sobre la titularidad del inmueble. Al presentar la información, Volosin contextualizó primero el expediente judicial y remarcó que "estamos ante un caso de presunta violencia de género", en referencia al episodio ocurrido durante la madrugada, cuando una joven fue encontrada corriendo desnuda o semidesnuda por la zona de Barrancas de Belgrano tras salir, presuntamente, del edificio donde vive Moyano.

La periodista señaló que, paralelamente a la investigación penal, logró acceder a información sobre la propiedad del inmueble.

"Mientras venía para acá me fui encontrando con alguna información exclusiva, importante. Yo diría que en algún punto una pequeña bomba, vinculada no ya al caso de violencia, al que por supuesto vamos a hablar, sino al propio Facundo Moyano y al departamento en el que vive, que no sería de él", afirmó.

De acuerdo con la periodista, el departamento no estaría registrado a nombre del exdiputado, sino de una sociedad denominada Toit S.R.L. Según indicó, esa empresa fue constituida en 2018 y tiene como socias a Sonia María Caputo y Marina Caputo.

"Toit S.R.L. es una sociedad que fue creada por, en 2018, Sonia María Caputo y Marina Caputo", sostuvo durante la emisión del programa.

La periodista también explicó el parentesco de una de las integrantes de la firma. "¿Quién es Sonia María Caputo? Es la hija de Nicolás Caputo, empresario de la construcción, con negocios con el Gobierno Nacional, en su momento el amigo íntimo de Mauricio Macri", señaló.

A partir de esa información, concluyó: "Su hija sería la propietaria, a través de una sociedad del departamento en el que reside Facundo Moyano, en el que habría ocurrido este hecho de violencia".

Además, la periodista recordó antecedentes empresariales que, según indicó, vincularon en el pasado a Nicolás Caputo con personas cercanas al entorno sindical de los Moyano.

También afirmó que otros departamentos del mismo edificio pertenecerían a personas ligadas al ámbito político y empresarial, entre ellas Nicolás "Nicky" Caputo y Juliana Awada. No obstante, presentó esa información como parte de una investigación periodística en desarrollo y aclaró que no forma parte de la causa judicial que investiga el episodio protagonizado por Moyano y Arizaga.

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