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Manual para registrar una marca

Durante el procedimiento de registro de una marca pueden surgir oposiciones de quienes se sientan perjudicados, que puede concluir en una solución amistosa o en los tribunales
24/09/2004 - 03:00hs
Manual para registrar una marca

Las nuevas solicitudes de registro de una marca deben presentarse ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) previo pago de las tasas correspondientes.

Presentada la solicitud, la Oficina de Marcas verifica el cumplimiento de las formalidades legales, ordena su publicación oficial en el Boletí­n de Marcas y se abre un plazo de 30 dí­as para que determine la existencia de marcas similares anteriores a la solicitada.

Si no se presentaran oposiciones dentro de los 30 dí­as de aquella publicación o no existieran registros anteriores que resulten similares, se pasará a la etapa de registro.

En cambio, si alguien se opone la Oficina de Marcas, paraliza el trámite de registro y le concederá al solicitante un plazo de un año para obtener el retiro de dicha oposición. Si la misma no se retirara, la solicitud de marca se tendrá por abandonada, a menos que y durante aquel plazo, se iniciara una acción judicial a fin de que se declara infundada la oposición presentada.

Si se encontrara un antecedente que resulte conflictivo, la Oficina de Marcas puede denegar la solicitud. Esta decisión de la autoridad de registro podrá apelarse ante los Tribunales Federales en lo Civil y Comercial y esas demandas deben presentarse en la Oficina de Marcas dentro de los 30 dí­as hábiles de notificada la denegatoria.

Solución amistosa

Durante el transcurso del año para que el solicitante consiga el retiro de la oposición, por lo general, se pone en contacto con el oponente a fin de iniciar conversaciones tendientes a la obtención de un acuerdo amistoso.

Caso contrario, deberá recurrir a la Justicia a fin de dar por terminada dicha controversia, pues la Oficina de Marcas sólo tiene jurisdicción sobre las oposiciones únicamente en lo que respecta a los requisitos formales.

El tribunal federal de justicia emitirá la decisión final si las partes en conflicto no lograran llegar a un acuerdo amigable.

Duración

La duración de una marca registrada es de diez años a partir de la fecha de su concesión. La marca podrá renovarse por perí­odos idénticos siempre y cuando haya sido usada, dentro de los cinco años previos de su vencimiento en la comercialización de un producto, en la prestación de un servicio o formando parte de una designación comercial.

A pedido de cualquier interesado, es posible que se declare la caducidad de una marca siempre que no hubiera sido usada en el paí­s dentro de los cinco años previos a la iniciación de la acción, a menos que dicho uso hubiera resultado imposible por causa de fuerza mayor.

Una marca registrada y utilizada en una clase no habrá de caducar mientras que dicha marca haya sido usada en la comercialización de un producto o en la prestación de un servicio aunque estuvieran en otra u otras clases, o si forma parte de una designación comercial.

Fuente: Estudio Etcheverry & Etcheverry; Estudio Palacio & Asociados