El Comafi logró que un moroso le devuelva un crédito en dólares
En un fallo del 13 de octubre, la Sala D de la Cámara Comercial se expidió a favor del Banco Comafi y ordenó a un deudor de la entidad bancaria devolver en dólares un préstamo que se pesificó en 2002 en virtud de la ley de emergencia económica.
Lo que los jueces Butty y Díaz Cordero tuvieron en cuenta fue la perpetuación en el incumplimiento del deudor que se tradujo "en una mora prolongada y por tanto recalcitrante".
Manteniendo el mismo criterio que aplicaron desde la declaración de emergencia económica, los camaristas declararon la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 25.820, de emergencia económica porque entendieron que ese texto legal -que consagra la indiferencia de la mora para pesificar las obligaciones- "es claramente irrazonable y contrario al principio de igualdad ante la ley consagrado en la Constitución Nacional".
Como argumento de defensa, el deudor había alegado que la sentencia que ordenó ejecutar la deuda era nula porque afectaba el "principio de congruencia" dado que la intimación de pago fue efectuada en pesos pero la sentencia mandó llevar adelante la ejecución en dólares.