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Un fiscal de la seguridad social defiende la reforma de la jubilación de los magistrados

De Vedia dijo que el régimen jubilatorio de jueces y fiscales tiene privilegios inconstitucionales, por lo que se debe equiparar al sistema general
06/03/2020 - 06:02hs
Un fiscal de la seguridad social defiende la reforma de la jubilación de los magistrados

El fiscal federal de la Seguridad Social Gabriel de Vedia defendió la reforma del régimen jubilatorio que lo afecta por considerar que sus "privilegios" afectan el principio de igualdad de la Constitución nacional. Además, defendió que Daniel Scioli haya dado quórum porque, a su criterio, "no violó ningún reglamento". Y opinó que la Corte Suprema no tendrá argumentos para invalidad la ley.

El siguiente es un resumen del diálogo que mantuvo con iProfesional:

-¿Qué opina de la media sanción de la Cámara de Diputados a la reforma del régimen jubilatorio de los jueces?

-La media sanción de la ley que reforma el régimen especial de jueces y magistrados me parece saludable. Es muy sano para la República tender a un sistema de la seguridad social en el cada uno de sus subsistemas participan de los principios que la informan. Estos principios de la seguridad social son entre otros los de la solidaridad, universalidad, distribución del ingreso, la justicia social y la defensa de la dignidad de la persona.

-¿Considera que ese régimen de jubilaciones tiene privilegios?

Efectivamente, el proyecto de ley con media sanción de la Cámara de Diputados no hace más que hacer participar a un régimen que ostenta ciertos privilegios, de los principios que informan a la seguridad social, pero que a su vez son mandato constitucional. Tiende a la igualdad, tiende a hacer partícipes a los jueces de ciertas cuestiones del régimen común del régimen previsional argentino.

-¿Qué cambios le parece que atacan privilegios?

Me parece que es saludable aumentar la edad jubilatoria a 65 años para los hombres y 60 para las mujeres en forma progresiva. Me parece justo, por otro lado, modificar la determinación del haber. Por la ley vigente, los magistrados nos jubilamos con el 82% móvil del último salario. El proyecto prevé el 82% sobre el promedio de 120 meses que está más relacionado con lo que se prevé en la ley actual, aunque sin el 82% móvil sino aproximadamente con el 58% o 60%.

-¿Y la suba del aporte?

-Es también saludable la suba del aporte ya que el régimen actual, que es de privilegio, es deficitario. Y al no alcanzar lo que se recauda para pagar a los jubilados actuales, se usan recursos del régimen general que se componen con contribuciones y aportes, pero también impuestos como parte del IVA y Ganancias, más o menos mitad y mitad. Entre todos los trabajadores, monotributistas y toda la comunidad con el pago tributos están colaborando con este régimen especial que establece unas cuestiones de privilegio, que infringe la igualdad que establece la Constitución, al tratar de forma diferencial a jueces y magistrados.

-¿Cree que el diputado Daniel Scioli dio quórum válido? Hay denuncias en su contra…

-Me parece que la participación de Scioli en la sesión que dio de media sanción a la reforma del régimen de privilegio fue de acuerdo al reglamento, porque su renuncia como diputado no había sido aceptada ni lo fue hasta el día de hoy. Y al no haber violentado Daniel Scioli ningún reglamento y haber dado quórum válido, no veo que haya lugar para un enjuiciamiento ni sanciones penales.

-¿La Corte podría invalidad la ley a raíz de ese quórum o por otra razón?

-No veo ningún motivo en la forma del quórum y respecto del fondo del proyecto para que la Corte lo deje sin efecto. Esta reforma supera el test de razonabilidad, no se invalida ningún aspecto de la Constitución. El argumento de que la suba del 7% afecta la intangibilidad de los magistrados no es asílas cargas a la seguridad social, tanto las previsionales como a la obra social, integran la remuneración. Desde el derecho previsional como desde el laboral, son parte del sueldo. También el aumento de la edad jubilatoria es constitucional. Tendremos un régimen especial con menos elementos de privilegio que se asemejará un poco más al régimen general. La seguridad social es la herramienta que tiene un Estado para redistribuir el ingreso y hacer efectiva la solidaridad. La garantía del bienestar general de la Constitución nos obliga a los magistrados a tender a que se efectivice y para eso tenemos que tender a un sistema jubilatorio igualitario.