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Becas Progresar 2022: cambian requisitos a días de la vuelta a clases

Anses deposita el pago correspondiente a las Becas Progresar para jóvenes de 16 y 17 años. En marzo abrirá las inscripciones para el resto de las líneas
16/02/2022 - 09:44hs
Becas Progresar 2022: cambian requisitos a días de la vuelta a clases

Mientras la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) continúa con el calendario febrero 2022 para la Asignación Universal por Hijo (AUH), por Embarazo (AUE), Familiar por Hijo (SUAF), jubilados y pensionado, entre otras prestaciones que se cobran a través del organismo previsional.

En este sentido, ante la inminente vuelta a clases, Anses confirmó que ya se comenzaron a otorgar las Becas Progresar a jóvenes de 16 y 17 años que deseen finalizar sus estudios. Las mismas también son compatibles con AUH y AUE.

A su vez, la nueva reapertura de convocatoria para el resto de las líneas del Progresar tendrá lugar el próximo 1 de marzo.

Niveles de las Becas Progresar

- Progresar Obligatorio, para personas que estudien en el nivel primario y secundario. Monto: $4.677 + bono de $1.000

- Progresar 16 y 17 años, para jóvenes que estén cursando sus estudios secundarios. Monto: $4.677 + bono de $1.000

- Progresar Superior, para personas que estén cursando sus estudios superiores en el nivel terciario o universitario. Monto: desde $4.600 hasta $5.366 + bono de $1.000

- Progresar Trabajo, para aquellos que realicen cursos de formación profesional. Monto: $4.677 + bono de $1.000

- Progresar Enfermería, para personas que estudien la carrera de enfermería en el nivel universitaio o terciario. $9.700 + bono de $1.000.

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Anses confirmó que ya se comenzaron a otorgar las Becas Progresar a jóvenes de 16 y 17 años

Becas Progresar 2022: inscripción y nuevo requisito

La inscripción a las Becas Progresar para jovenes de 16 y 17 años finalizó el 31 de enero: "Hasta el 31 de enero había tiempo para inscribirse para aquellos adolescentes que quieren terminar el colegio secundario, que tienen entre 16 y 17 años", dijo la directora ejecutiva de Anses, Fernanda Raverta.

Mientras tanto, el resto de las líneas de la Beca Progresar estarán disponibles a partir del 1 de marzo en https://becasprogresar.educacion.gob.ar/.

Sin embargo, con el último aumento del 3% en el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), cambió uno de los requisitos clave en la instancia de solicitud, los topes límites del grupo familiar.

Para acceder a las nuevas Becas Progresar, los ingresos de la o el joven y los de su grupo familiar no deberán ser superiores a $99.000.

Cómo se financian las Becas Progresar

El Poder Ejecutivo constituyó el Fondo Fiduciario del plan Progresar, que se conformará como un fideicomiso de administración que tendrá la finalidad de financiar "líneas de acción orientadas a complementar y potenciar las acciones vigentes del programa oficial de respaldo a los estudiantes", según se estableció este lunes en el Boletín Oficial.

Por medio del Decreto 57/2022, se dispuso que el Estado Nacional oficiará de "fiduciante" a través del Ministerio de Educación, que es la autoridad de aplicación del Programa Progresar y actuará como administrador de los bienes que se transfieren en fideicomiso.

La función de este Fondo "será administrar los recursos del fideicomiso, de conformidad con las pautas a establecer en el contrato de fideicomiso y con las instrucciones impartidas por el Comité Ejecutivo que administrará el fideicomiso", indica la norma.

Cómo funcionará el Fondo

En un primer período, Raverta ejerza la titularidad del Comité Ejecutivo

El Fondo "tendrá una duración de 20 años, contados desde la fecha de su constitución mediante la celebración de un contrato de fideicomiso, y, a su vencimiento, la propiedad de los bienes fideicomitidos quedará en poder del fideicomisario", según establece la norma en su articulado.

Asimismo, se establece que el Comité Ejecutivo que administrará este Fondo estará integrado por la directora ejecutiva de la ANSES, María Fernanda Raverta, el Ministerio de Educación, la Subdirección de Operación del Fondo de Garantía de Sustentetabilidad de la Administradora y la Subsecretaría de Gestión de la cartera educativa.

La presidencia y vicepresidencia del Comité serán ejercidas de manera rotativa por períodos semestrales, y será alternada entre la ANSES y el Ministerio de Educación.

Se dispuso además que, en un primer período, Raverta ejerza la titularidad del Comité Ejecutivo y las decisiones "se tomarán por mayoría simple", y, en "caso de empate, el voto de quien se encuentre en ejercicio de la Presidencia tendrá valor doble".

"Los funcionarios mencionados y las funcionarias mencionadas en el presente artículo desempeñarán sus funciones con carácter 'ad-honorem'", se subraya en el Decreto del Ejecutivo publicado hoy en el Boletín Oficial.

En cuanto a sus funciones, el Comité Ejecutivo "será el encargado de fijar las condiciones, impartir instrucciones y/o autorizar en forma previa las actividades a cargo del fiduciario y efectuar su seguimiento".

Cómo se constituye el patrimonio del Fondo

La función de este Fondo será administrar los recursos del fideicomiso

En tanto, el patrimonio del Fondo Fiduciario Progresar estará constituido "por los bienes fideicomitidos, que en ningún caso constituyen ni serán considerados como recursos presupuestarios o de cualquier otra naturaleza que ponga en riesgo el cumplimiento del fin al que están afectados, ni el modo u oportunidad en que se realice".

Dichos bienes serán los fondos asignados para el Programa Progresar, el producido de sus operaciones, la renta y "frutos e inversión de los bienes fideicomitidos".

También podrán agregarse "otros recursos provenientes del Tesoro Nacional que sean específicamente destinados al Fondo y aportes, contribuciones, subsidios, legados y donaciones específicamente destinadas" a este fin.

Los bienes fideicomitidos serán volcados al diseño, implementación, seguimiento y evaluación de resultados de las líneas de acción definidas por el Comité Ejecutivo, "las cuales estarán orientadas a complementar y potenciar las acciones vigentes del Progresar".

La norma aclara que las operaciones relativas a este Fondo se encuentran exentas "de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales existentes y a crearse a futuro".

"Esta exención contempla los impuestos establecidos en la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y en la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, y sus respectivas modificaciones, y otros impuestos internos que pudieran corresponder", se remarca.

El Decreto 57/2022 invita "a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a eximir de todos los tributos aplicables en sus jurisdicciones en iguales términos a los establecidos".

Por último, se dispone que "el Comité Ejecutivo dictará su propio reglamento interno de funcionamiento dentro de los 90 días de la entrada en vigencia del presente Decreto y queda facultado para el dictado de actos aclaratorios y complementarios que resulten necesarios para la implementación de este Fondo", y se comunica que "la presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial".

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