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El verdadero nuevo piso de Ganancias: cómo calcularlo

El Decreto trajo cambios significativos en la forma en que se calcula el mínimo de Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia en Argentina
Por C.A.
14/09/2023 - 11:18hs
El verdadero nuevo piso de Ganancias: cómo calcularlo

Los anuncios del ministro de Economía de Argentina, Sergio Massa, siempre generan expectativas y debates intensos en el ámbito político y económico del país. En esta ocasión, el decreto que establece un aumento en el mínimo del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores generó una serie de sorpresas y discusiones debido a su naturaleza y alcance.

El Decreto 473/2023 publicado en el Boletín Oficial el miércoles pasado trajo cambios significativos en la forma en que se calcula el mínimo de Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia en Argentina. Para entender esta medida, es necesario examinar en detalle las diferencias entre los anuncios realizados por Massa y el contenido específico del decreto.

En primer lugar, es importante destacar que el decreto establece que el beneficio se aplicará a las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1 de octubre de 2023 y que no tendrá efecto retroactivo. Esto significa que los trabajadores no verán reflejado el alivio fiscal en sus recibos de sueldo hasta noviembre, cuando cobren sus salarios correspondientes a octubre.

El principal cambio introducido por el decreto es la modificación en la forma de calcular el mínimo de Ganancias. Anteriormente, se utilizaban montos fijos como referencia para determinar quiénes estaban exentos del impuesto. Sin embargo, ahora se ha optado por incluir un valor variable que se actualiza periódicamente: el salario mínimo vital y móvil. Esto significa que el mínimo de Ganancias estará vinculado al salario mínimo, vital y móvil vigente en el momento del cálculo.

El Gobierno dispuso que los trabajadores en relación de dependencia con salarios mensuales brutos menores al equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles dejen de pagar el tributo. Actualmente, 15 salarios mínimos, vitales y móviles equivalen a $1.770.000.

Dicho de manera más concreta, los trabajadores que tengan salarios mensuales brutos por debajo de $1.770.000 no estarán sujetos al Impuesto a las Ganancias según el nuevo decreto. Esto representa un aumento sustancial en el umbral de ingresos exentos en comparación con las normativas anteriores. De esta manera, aquellos que ganen sueldos brutos hasta el monto resultante de esa operación estarán exentos de tributar impuesto.

Hay cambios significativos en la forma en que se calcula el mínimo de Ganancias para los trabajadores

Sin embargo, aquí reside una de las particularidades de esta medida: el valor del salario mínimo vital y móvil que se tomará en cuenta para calcular el mínimo de Ganancias será el que esté en vigor el 1 de octubre. Esto significa que si antes de fin de año se actualiza dicho valor, automáticamente cambiará el monto del sueldo bruto a partir del cual se elimina el impuesto.

Es importante subrayar que la actualización del salario mínimo vital y móvil se llevará a cabo mediante una reunión del Consejo Nacional de Empleo que está prevista para mediados de octubre. Sin embargo, esta actualización será retroactiva al 1 de octubre, lo que introduce un elemento de incertidumbre para los trabajadores y empleadores, ya que no se conocerá con certeza cuál será el nuevo umbral exento hasta que se realice dicha reunión.

Qué pasa con el aguinaldo tras la modificación de Ganancias

Además de los cambios en el mínimo de Ganancias, el decreto también contempla modificaciones en el monto exento del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido comúnmente como aguinaldo. En este caso, la medida apunta a aliviar la carga fiscal de los trabajadores respecto a la segunda cuota del aguinaldo que vence en diciembre.

Bajo las nuevas disposiciones, los trabajadores quedarán exentos de pagar Impuesto a las Ganancias sobre los aguinaldos correspondientes a quienes cobren un sueldo promedio en el segundo semestre de hasta la suma que resulte por encima de $1.770.000. Esto significa que, si el promedio de remuneración entre los meses de julio y diciembre de 2023 es inferior al monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes el 1 de octubre de 2023, la segunda cuota del aguinaldo estará exenta.

Este cambio tiene importantes implicaciones para diversos trabajadores, ya que aquellos que cobren sueldos en un rango que oscile alrededor de los $1.770.000 pueden beneficiarse de la exención del Impuesto a las Ganancias sobre su aguinaldo. Esto representa un alivio fiscal significativo para una amplia gama de empleados.

Sin embargo, es necesario destacar un aspecto importante de la medida que ha generado controversia. Los empleados que ganen sueldos más altos y entren en la categoría de contribuyentes de Ganancias pueden verse afectados de manera negativa. Esto se debe a que, al tener que tributar con tasas más altas, pueden terminar recibiendo un salario de bolsillo menor que aquellos que están exentos del impuesto y tienen salarios más bajos. Esto podría desincentivar las promociones y ascensos, ya que los trabajadores podrían preferir mantener un salario más bajo para evitar el Impuesto a las Ganancias.

Para mitigar este efecto, se espera que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modifique la escala de alícuotas aplicable a los sueldos más altos. Esta medida tiene como objetivo evitar que el Impuesto a las Ganancias anule la política salarial que se busca implementar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la modificación de la escala de alícuotas es una cuestión delicada y controvertida, ya que toca aspectos clave de la recaudación fiscal y la equidad tributaria.

El verdadero nuevo piso de Ganancias: cómo calcularlo

En este sentido, es relevante señalar que el Poder Ejecutivo está tratando de modificar la escala del impuesto mediante un decreto, lo cual generó críticas y cuestionamientos legales. La modificación de la escala del Impuesto a las Ganancias es una cuestión que tradicionalmente recae en el Congreso, y hacerlo por decreto podría ser considerado inconstitucional. Por lo tanto, es probable que esta medida genere un debate en el ámbito legislativo y se requiera una confirmación legislativa para su implementación.

En caso de que se mantenga la modificación de la escala de alícuotas, los empleados y jubilados que se vean afectados por esta medida deberán ingresar la diferencia de impuesto no retenido en el año siguiente. Esto se debe a que la aplicación de una escala que no esté prevista en la ley requerirá una corrección posterior para ajustarse a las disposiciones legales. En consecuencia, es probable que esta medida genere una serie de trámites y procesos administrativos adicionales para los contribuyentes afectados.

Es importante tener en cuenta que este no es el primer intento de modificar el Impuesto a las Ganancias en Argentina. A lo largo de los años, se han realizado varios cambios en la legislación fiscal con el objetivo de aliviar la carga impositiva de los trabajadores y mejorar la equidad tributaria. Sin embargo, cada modificación ha generado debates intensos y controversias, ya que afecta directamente los ingresos de los ciudadanos y las finanzas del Estado.

En resumen, el decreto que establece un aumento en el mínimo del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en Argentina ha generado una serie de cambios significativos en la forma en que se calcula este impuesto. La medida está diseñada para aliviar la carga fiscal de los trabajadores y aumentar el umbral de ingresos exentos, pero también plantea desafíos y cuestionamientos legales debido a la modificación de la escala de alícuotas por decreto. El debate sobre la equidad tributaria y la forma en que se deben realizar estas modificaciones seguramente continuará en el ámbito político y legislativo del país.

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