• 4/12/2025
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El Gobierno oficializó nuevas subas para el Salario Mínimo, Vital y Móvil: cómo queda la escala mensual hasta agosto

El Gobierno fijó la nueva escala del salario mínimo con incrementos mensuales hasta agosto de 2026 tras la falta de acuerdo en el Consejo del Salario
Por L.C.
03/12/2025 - 08:10hs
sueldo

El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil estableció una nueva escala de actualización para el salario mínimo en todo el país mediante la Resolución 9/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La medida fija incrementos mensuales desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026, tras no alcanzarse un acuerdo entre los sectores sindicales y empleadores en la última reunión plenaria del organismo.

La sesión del Consejo se realizó de manera virtual el 26 de noviembre y, durante el tratamiento del punto referido a la actualización del salario mínimo y de las prestaciones por desempleo, las partes expusieron sus propuestas. Ante la falta de consenso, se aplicó el mecanismo previsto en la normativa vigente, que habilita al Gobierno a definir el nuevo piso salarial por decreto. Esa metodología se mantiene desde diciembre de 2023.

La resolución firmada por la presidenta alterna del Consejo, Claudia Silvana Testa, dispuso que el salario mínimo para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa sea de $328.400 desde el 1° de noviembre de 2025, en reemplazo de los $322.200 fijados desde agosto. Para los trabajadores jornalizados, la hora se estableció en $1.642, frente a los $1.610 anteriores.

Actualización mensual del salario mínimo

La normativa también determinó la continuidad de los aumentos mensuales en los siguientes términos:

  • En diciembre de 2025, $334.800.
  • En enero de 2026, $341.000.
  • En febrero, $346.800.
  • En marzo, $352.400.
  • En abril, $357.800.
  • En mayo, $363.000.
  • En junio, $367.800.
  • En julio, $372.400.
  • En agosto, $376.600.

Los valores por hora para trabajadores jornalizados acompañarán esta actualización progresiva, alcanzando los $1.883 en agosto de 2026. Los incrementos fijados rigen para trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y organismos estatales empleadores, con las excepciones establecidas en los artículos 92 ter y 198 de la ley laboral. Estos artículos contemplan el régimen de trabajo a tiempo parcial y las condiciones para empleados menores de edad, quienes perciben el salario mínimo de manera proporcional a la jornada.

Prestación por desempleo

La resolución ratificó los criterios vigentes desde septiembre de 2023 para la determinación de la prestación por desempleo. El monto seguirá calculándose sobre el 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por la persona trabajadora en los seis meses previos al cese del contrato. Además, se mantienen el piso y el techo ya establecidos: la prestación no podrá ser inferior al 50% del salario mínimo vigente ni superar el 100%.

El esquema de actualización del salario mínimo se relaciona también con reclamos realizados por organizaciones sindicales y sociales. La Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), las dos centrales de trabajadores CTA, Territorios en Lucha y el Frente Barrial, entre otras agrupaciones, solicitaron que el Salario Mínimo, Vital y Móvil se equipare al valor de la Canasta Básica Total (CBT). Según las mediciones más recientes, el valor de la CBT asciende a $1.276.649 para una familia tipo, mientras que la Canasta Básica Alimentaria (CBA), que determina el umbral de indigencia, se ubicó en $572.488. Un aumento que igualara el salario mínimo con la CBT implica una variación cercana al 180%.

Evolución del salario mínimo en términos reales

El Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET) difundió estimaciones sobre la evolución real del salario mínimo. En octubre se registró una reducción del 2,3% en términos reales, que se sumó a las caídas de septiembre (2,0%), agosto (0,5%) y julio (0,5%). En junio se había observado una variación positiva de 0,1%.

Los informes del instituto señalan que el proceso de reducción real del salario mínimo se intensificó desde diciembre de 2023, cuando se produjo una contracción del 15% como consecuencia de la aceleración del índice de precios. En enero de 2024 se registró una caída adicional del 17%. A partir de ese momento, algunos meses lograron incrementos nominales superiores al Índice de Precios al Consumidor (IPC), aunque sin revertir la tendencia general.

Entre noviembre de 2023 y octubre de 2024, el salario mínimo real acumuló una caída del 35%. En el mismo período, el retroceso acumulado correspondiente al año 2024 fue del 7,7%. Las variaciones informadas contrastan la evolución nominal del salario con la inflación mensual, elemento clave para la determinación de la capacidad de compra.

Impacto de la nueva escala salarial

La actualización establecida por la Resolución 9/2025 representa la continuidad del esquema de revisiones mensuales aplicado desde comienzos de la gestión actual en el Consejo del Salario. El nuevo cronograma define un sendero previsible hasta agosto de 2026 y será referencia para negociaciones paritarias, definiciones prestacionales y parámetros económicos vinculados a ingresos formales.

El salario mínimo cumple funciones en materia laboral, previsional y asistencial. Su variación impacta en trabajadores con ingresos por fuera de los convenios colectivos, en programas y asignaciones que utilizan este parámetro como referencia y en la determinación de topes y umbrales vinculados a políticas públicas. La resolución incluye la instrucción de notificar a las jurisdicciones y organismos alcanzados para la adecuación correspondiente.

La medida se integra a un contexto en el cual la evolución del poder adquisitivo es monitoreada por diversos centros de estudios y organizaciones laborales. Las discusiones en el Consejo del Salario han reflejado diferencias entre los sectores representados respecto de los niveles de actualización requeridos para sostener o recuperar el valor real del ingreso mínimo. La falta de acuerdo en la última sesión derivó en la aplicación del mecanismo previsto para la definición unilateral por parte del Gobierno.

El nuevo esquema se complementará con los próximos informes técnicos que analizan la evolución del IPC, la canasta básica y el salario promedio. Estos elementos suelen incorporarse en los debates del Consejo para determinar las revisiones futuras y los parámetros de política salarial. La aplicación del cronograma hasta agosto de 2026 permitirá disponer de una secuencia estable de incrementos, aunque su impacto en términos reales dependerá de la variación inflacionaria.

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