La Justicia ordenó al BCRA entregar información sobre el envío de lingotes de oro al exterior
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dispuso este lunes que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) brinde información pública vinculada al eventual envío de lingotes de oro al exterior, al hacer lugar a un amparo presentado por la Asociación Bancaria en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública.
La decisión fue adoptada por la Sala V del tribunal, integrada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, quienes revocaron el fallo de primera instancia que había avalado la negativa del organismo monetario a responder los pedidos de información.
En su resolución, la Cámara concluyó que el Banco Central no logró justificar de manera concreta la declaración de "reserva total" sobre los datos solicitados y advirtió que su postura se apoyó en "meras afirmaciones genéricas", sin demostrar de qué modo la divulgación podría afectar intereses protegidos por la ley.
Según el fallo, "la forma en que la demandada respondió a los requerimientos resulta incompatible con los principios de publicidad, máxima divulgación y transparencia", que rigen el acceso a la información pública. En ese marco, los magistrados remarcaron que no alcanza con una apreciación unilateral del organismo para negar datos de interés público.
Envío del oro del BCRA al exterior: qué hay detrás del planteo judicial
El planteo judicial se originó a partir de una serie de solicitudes presentadas en julio y agosto de 2024, en las que se requirieron precisiones sobre posibles envíos de lingotes de oro fuera del país, las decisiones administrativas que los habrían autorizado, los funcionarios intervinientes, los expedientes correspondientes, la contratación de seguros y la eventual intervención de la sindicatura del propio BCRA.
En primera instancia, el amparo había sido rechazado bajo el argumento de que la información se encontraba alcanzada por las excepciones previstas en el artículo 8 de la Ley 27.275, al considerar que su difusión podría comprometer la seguridad de las reservas y el funcionamiento del sistema financiero. Sin embargo, la Cámara adoptó un criterio opuesto.
El tribunal sostuvo que "la configuración de alguna de las excepciones legales no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado", y enfatizó que es el Estado quien debe probar, de forma específica, que la divulgación de la información solicitada generaría un daño concreto a un interés legítimamente protegido.
Además, los jueces señalaron que el Banco Central no explicó por qué no podía informar si existieron efectivamente operaciones de envío de oro al exterior, el monto involucrado, el ámbito en el que se tomó la decisión, la existencia de expedientes administrativos o si se dio intervención a los órganos de control interno.
En ese sentido, la Cámara destacó que la información reclamada está directamente vinculada con la administración de las reservas internacionales, un tema que consideró de "indudable interés público", y recordó que el derecho de acceso a la información se rige por el principio de máxima divulgación.
En línea con el dictamen del fiscal general, el fallo ordenó al BCRA que entregue la información solicitada o, en su defecto, que fundamente "de manera circunstanciada y punto por punto" por qué determinados datos no pueden hacerse públicos y cómo su difusión podría afectar el sistema financiero o los intereses del organismo. Asimismo, impuso las costas de ambas instancias al Banco Central, al resultar vencido en el proceso.