• 23/12/2025
ALERTA

Alerta roja: cuál es la "trampa" de ARCA que puede fundir a tu empresa con una multa de $67 millones

El proyecto de Presunción de Inocencia Fiscal esconde una trampa letal: actualizaciones de hasta el 110.000% en las sanciones por incumplimientos formales.
23/12/2025 - 10:52hs
Cuál es la trampa de ARCA que puede fundir a tu empresa con una multa de $67 millones

La era de la indulgencia fiscal por obsolescencia normativa ha llegado oficialmente a su fin en la Argentina. Durante años, los contribuyentes convivieron con un sistema sancionatorio que, producto de la inflación crónica, había convertido a las multas por incumplimientos formales en un costo irrisorio, casi simbólico. Pagar una sanción era, en muchos casos, más barato que pagar los honorarios de un profesional o un taxi al centro para evitarla. Sin embargo, el viento ha cambiado de dirección drásticamente y la tormenta que se avecina promete ser devastadora para los desprevenidos.

El Gobierno nacional, bajo la estricta bandera del ordenamiento económico, avanza a paso firme con una iniciativa que busca reestructurar los cimientos de la relación entre el fisco y los ciudadanos. Se trata del proyecto de ley denominado irónicamente "Presunción de Inocencia Fiscal". Aunque su nombre sugiere un alivio o una mayor protección de los derechos del contribuyente, la letra chica del texto revela una actualización draconiana de los valores punitivos que maneja la flamante Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Los números que se barajan en los despachos oficiales y que ya circulan en el Congreso de la Nación son escalofriantes para cualquier bolsillo, sea el de una gran multinacional o el de un pequeño comerciante de barrio. Estamos hablando de incrementos que, en términos porcentuales, desafían cualquier lógica inflacionaria reciente, multiplicando los valores actuales por doscientos o incluso trescientos veces. El objetivo declarado es recuperar el "poder disuasivo" de la multa, una capacidad que el Estado había perdido cuando $200 pasaron a valer menos que un caramelo masticable.

Este cambio de paradigma no es solo una actualización contable más; es un mensaje político contundente y peligroso. La administración busca dejar en claro que el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto materiales como formales, ya no será optativo ni flexible. A partir de la sanción de esta norma, el "olvido", la "demora" o el "error administrativo" dejarán de ser simples anécdotas burocráticas para convertirse en problemas financieros graves que podrían comprometer la viabilidad operativa de muchos negocios.

De monedas a sueldos: el salto del 110.000%

El cambio más impactante, por su masividad y alcance cotidiano, se encuentra en la actualización de las multas mínimas por infracciones formales. Hasta el día de hoy, la falta de presentación de una declaración jurada en término se sancionaba con un monto que había quedado congelado en el tiempo: apenas $200 pesos. Este valor, totalmente desdibujado por la realidad económica, generaba que muchos contribuyentes ni siquiera se preocuparan por cumplir los plazos, total, el costo era inexistente.

Con la nueva ley, ese piso histórico y obsoleto desaparece para dar lugar a una nueva realidad mucho más dura y costosa. El proyecto establece que la multa mínima automática saltará directamente a $220.000. El incremento es brutal, representa un salto del 110.000% y no tiene precedentes inmediatos en la historia tributaria reciente. De un día para el otro, el costo de un error administrativo se multiplica por mil cien veces, golpeando directamente la caja chica de quien cometa la infracción.

Pero el ajuste no se detiene en el piso mínimo de la sanción. Las multas máximas para este tipo de infracciones formales, que hoy rondan los $400, también sufrirán una corrección agresiva, elevándose hasta los $440.000. La brecha histórica entre el incumplimiento y su consecuencia económica se cierra de golpe, eliminando cualquier posibilidad de especulación financiera sobre si conviene o no presentar los papeles a tiempo ante el organismo recaudador.

Esta modificación afecta transversalmente a todo el universo de contribuyentes argentinos sin distinción. Desde el monotributista que se olvida de una recategorización o una declaración informativa menor, hasta la PyME que lucha con la burocracia diaria. Ya no habrá lugar para descuidos "baratos" ni olvidos pasajeros; cada fecha en el calendario fiscal tendrá ahora un peso específico y doloroso en el presupuesto de las familias y las empresas.

El negocio de los datos: multas millonarias

Si las multas por falta de presentación de declaraciones juradas generales asustan, los números previstos para los regímenes de información son directamente de terror. El proyecto pone un foco especial en castigar la opacidad y la falta de suministro de datos, elevando las sanciones a niveles millonarios. Aquí es donde la "mano dura" de ARCA se hará sentir con mayor rigor, transformando la información en el activo más riesgoso.

Según el texto de la iniciativa que avanza en el legislativo, las multas por omitir presentaciones en regímenes de información ya no se contarán en miles de pesos, sino en millones. Los nuevos valores oscilarán entre los $5.000.000 y los $10.000.000, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y la reincidencia del contribuyente. Estamos ante cifras que pueden desequilibrar las finanzas de cualquier empresa mediana en cuestión de segundos.

Estos regímenes suelen ser técnicamente complejos y, a menudo, son los que más errores generan por la cantidad de datos específicos que requieren. Hasta ahora, el riesgo de equivocarse o de no presentar la información era bajo en términos monetarios. Con la nueva escala, el error humano, la falla en el sistema de gestión o la falta de un dato se pagarán a precio de oro, obligando a los estudios contables a blindar sus procesos.

El mensaje es claro y no admite dobles lecturas: la información es el activo más valioso para el fisco y quien no la entregue pagará las consecuencias. Se busca así forzar un cumplimiento estricto que permita a ARCA tener una radiografía completa y en tiempo real de la economía, utilizando el miedo a la sanción millonaria como principal motivador para el cumplimiento voluntario.

Operaciones internacionales: el error de los $67 millones

El proyecto de ley también apunta sus cañones más pesados hacia los grandes jugadores y las operaciones transnacionales. La fiscalización sobre los precios de transferencia y las operaciones con sujetos del exterior se vuelve una prioridad absoluta para el Gobierno, y las multas acompañan esta decisión estratégica con montos que parecen sacados de una película de ficción financiera de Wall Street.

La omisión de información sobre operaciones con el exterior podrá ser sancionada con multas de hasta $22.500.000. Este endurecimiento busca evitar la fuga de divisas y la erosión de la base imponible a través de maniobras contables complejas con casas matrices o vinculadas. Las empresas multinacionales o aquellas locales con comercio exterior activo deberán revisar con lupa cada reporte enviado al organismo.

Sin embargo, el récord absoluto en materia de sanciones se lo lleva el incumplimiento del régimen "País por País". No designar al sujeto informante o no presentar este reporte específico podrá implicar una multa de hasta $67.500.000. Es, sin dudas, una de las sanciones administrativas más altas contempladas en la normativa argentina, diseñada para alinear al país a la fuerza con los estándares internacionales de transparencia.

Estas cifras demuestran que el Gobierno no solo busca recaudar por la vía de los impuestos tradicionales, sino también disciplinar a los actores económicos más grandes del mercado. El costo de no cumplir con las normas de transparencia internacional se vuelve prohibitivo, eliminando cualquier incentivo a ocultar información sobre la estructura global de los negocios y los flujos de fondos.

Nadie se salva: el nuevo tarifario general

Más allá de los casos específicos de comercio exterior, la reforma toca la columna vertebral del sistema sancionatorio: las infracciones generales a la Ley de Procedimiento Tributario (Ley 11.683). Aquellos artículos que antes preveían sanciones que la inflación había tornado ridículas y sin efecto, ahora se reactualizan con una virulencia que sorprenderá a más de uno cuando llegue la notificación.

Las multas por infracciones a los deberes formales genéricos pasarán a tener un piso de $150.000. Esto implica que cualquier requerimiento del fisco no contestado a tiempo, cualquier falta de colaboración en una inspección rutinaria o cualquier inconsistencia formal menor, tendrá un costo de entrada significativo. Ya no habrá "faltas leves" que salgan gratis o que se arreglen con una nota de disculpa.

El techo de estas sanciones generales también se dispara a niveles preocupantes, llegando a los $2.500.000 en los casos más graves de resistencia a la fiscalización. Pero la norma va más allá y establece topes acumulativos que pueden escalar hasta los $35.000.000 según el tipo de contribuyente y la magnitud de la infracción detectada. La discrecionalidad del organismo recaudador contará ahora con un arsenal mucho más potente.

Este "nuevo tarifario" de multas obliga a replantear la relación diaria con los inspectores y las agencias de recaudación. La vieja estrategia de "dilatar y ver qué pasa" se vuelve financieramente suicida ante estos montos. La respuesta rápida y el cumplimiento meticuloso de cada requerimiento pasarán a ser la única forma de evitar una sangría de recursos innecesaria.

La trampa de la UVA: deudas que crecen solas

Quizás el cambio más estructural y de largo plazo que introduce el proyecto es el mecanismo de actualización de estas deudas. Históricamente, en Argentina las multas quedaban fijas en pesos históricos y la inflación se encargaba de licuarlas hasta hacerlas desaparecer en términos reales. El Gobierno ha decidido cortar de raíz con esta dinámica perversa para el Estado.

El proyecto prevé que, a partir del 1° de enero de 2027, todos los montos de las multas se actualicen automáticamente de forma periódica. La unidad elegida para esta indexación no es el IPC ni el salario mínimo, sino la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). Esto garantiza que el valor de la sanción corra a la par, o incluso por encima, de la inflación general, manteniendo su poder de daño intacto.

Esta cláusula de ajuste automático es una trampa mortal para los morosos o para quienes decidan discutir la multa. Ya no servirá de nada patear el pago esperando que se devalúe con el tiempo. Por el contrario, la deuda crecerá día a día siguiendo el ritmo de los precios, convirtiendo el pasivo en una bola de nieve imposible de detener si no se cancela.

La elección de la UVA como indexador muestra la intención de "dolarizar" de facto el valor de las sanciones, atándolas a una variable que ha demostrado ser implacable en otros rubros como los créditos hipotecarios. El Estado se asegura así que nunca más tendrá que esperar una nueva ley del Congreso para actualizar los valores; el sistema lo hará solo, mes a mes, año a año.

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