Los proyectos con grandes consumos eléctricos deberán aportar su propia energía
La nueva medida del Gobierno protege a los usuarios residenciales y otorga previsibilidad a inversiones en minería y centros de datos
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, mediante la Resolución 264/2026, estableció el Régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM) en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). El objetivo central es que los nuevos consumos de gran escala se incorporen al sistema eléctrico de manera ordenada, con su propia oferta de energía y de potencia, sin comprometer la seguridad del suministro del resto de los usuarios.
El régimen pone en primer lugar a los hogares, comercios, pymes e industrias que ya forman parte del sistema. Los grandes proyectos deberán incorporar su propia energía y potencia, de modo que su ingreso no consuma la reserva que hoy garantiza el abastecimiento ni su costo sea cubierto por el resto de los usuarios a través de sus facturas. La UIA solicitó pagar en cuotas las tarifas para pymes.
Un punto clave ya plantea que, además, ante una eventual falta de oferta, se priorizará el suministro de los usuarios por sobre el de las grandes demandas que no cuenten con respaldo suficiente.
La medida profundiza el proceso de normalización del MEM iniciado con la Resolución 400/2025, que ya había dispuesto que las grandes demandas nuevas contaran con respaldo físico propio. El nuevo régimen amplía ese criterio a los proyectos conectados a través de distribuidoras y a las ampliaciones de demandas existentes, y lo adecúa a la escala de los proyectos que se proponen ingresar al sistema.
Quedan alcanzadas las demandas nuevas, o ampliaciones, que representen al menos el 0,5% de la demanda media del MEM, equivalente hoy a unos 80 MW. Cada proyecto podrá elegir libremente la tecnología y el proveedor con los que se abastece, incluida la generación propia instalada en el mismo punto de conexión.
Deberá cubrir al menos el 80% de su consumo mensual con contratos de generación nueva y contar con potencia firme por el 100% de su demanda máxima, exigencia que se eleva al 115% en el caso de los centros de datos, por su consumo continuo y de alta sensibilidad.
Con esta medida, el Gobierno Nacional afirma que es parte del proceso de desregulación del sector eléctrico y consolida reglas para que cada gran proyecto se abastezca a su propio riesgo, sin trasladar costos al resto de los usuarios.
Claves del nuevo Régimen de Demandas
Según los detalles de la Resolución 264/2026 de la Secretaría de Energía, la implementación del Régimen de Demandas Extratendenciales impone parámetros técnicos estrictos para asegurar el funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión sin derivar costos no operativos hacia la demanda residencial o comercial existente.
Entre los puntos normativos y especificaciones técnicas más relevantes, la Secretaría de Energía destacó:
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Umbral de encuadre y alcance: La condición de demanda extratendencial aplica tanto a los nuevos proyectos como a las ampliaciones que requieran una potencia equivalente o superior al 0,5% de la demanda media del MEM (fijado de forma referencial en los 80 MW). El encuadre es obligatorio tanto para los agentes con punto de conexión directo al sistema de transporte de alta tensión como para aquellos vinculados mediante la red de distribuidoras provinciales o privadas.
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Resguardo de potencia e incentivos técnicos: Los proyectos comprendidos deberán garantizar la cobertura contractual del 80% de su energía consumida mensualmente a través de nuevos contratos de abastecimiento del mercado a término. Adicionalmente, se exige contar con potencia firme contratada por el 100% de la demanda máxima requerida. En el caso particular de los data centers, esa cobertura se eleva al 115% de potencia firme de respaldo debido a sus perfiles de consumo ininterrumpido de alta sensibilidad técnica.
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Prioridad de despacho y esquema de interrupción: La Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) operará el esquema con prioridad estricta para la demanda residencial, comercial e industrial histórica. Ante eventuales eventos de indisponibilidad del sistema, déficit de generación o cuellos de botella en la red de transporte, se aplicarán esquemas automáticos de deslastre o restricción del suministro sobre los grandes consumos que carezcan del respaldo o potencia firme acordados.
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Libertad contractual y autogestión de infraestructura: Las empresas alcanzadas podrán cubrir sus requerimientos mediante la instalación de unidades de generación propia en la misma localización o contratando suministros privados. En todos los casos, el costo financiero, la ampliación de instalaciones específicas de red y la gestión del riesgo operativo quedarán bajo responsabilidad exclusiva de los desarrolladores privados.