• 24/12/2025
ALERTA

Multan a una financiera por publicidad engañosa

Fue sancionada porque prometí­a bonificar hasta dos cuotas de regalo en préstamos personales y en el caso de una clienta no cumplió
04/10/2010 - 15:52hs
Multan a una financiera por publicidad engañosa

La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Subsecretarí­a de Atención Ciudadana, impuso a una compañí­a financiera una multa de $15 mil y la obligación de resarcir al cliente que formuló una denuncia por incumplimiento de una promoción.

Es el primer resarcimiento por daño directo (Art. 40 bis de la Ley 24.240) dispuesto en el marco de una publicidad presuntamente engañosa. Lo dispuesto amplia la base jurisprudencial que propone la ley de Defensa del Consumidor que incorporó nuevas figuras como el resarcimiento por daño en el año 2008.

El caso comenzó cuando una consumidora se presentó en las oficinas de defensa del consumidor a denunciar que habí­a contratado un crédito en el que se publicitó que se bonificarí­a "hasta dos cuotas de regalo" a quienes tomarán un préstamo y cumplieran con la obligación de pago sin retrasos.

La consumidora solicitó en el marco de esa promoción un préstamo en 16 cuotas, pagó 14 siempre antes de la fecha del vencimiento y entendió que le asistí­a el derecho de no pagar las últimas dos.

Cuando llamó para reclamar que se le seguí­an imputando las dos cuotas en cuestión, la empresa le comunicó que en el contrato se aclaraba que sólo era bonificable la última cuota.

Sin llegar a un acuerdo, las partes asistieron a una audiencia de conciliación en Defensa del Consumidor. La financiera argumentó en igual sentido que "en el contrato se estipulaba como bonificable solo la última cuota" y la consumidora al no pagar la penúltima habí­a perdido la bonificación publicitada oportunamente.

Para Defensa del Consumidor, la financiera incurrió en publicidad engañosa puesto que se publicitó de manera destacada en el aviso "hasta 2 cuotas de regalo", por tanto se indujo a pensar que el consumidor, cumpliendo con esas condiciones podí­a no pagar las últimas 2 cuotas.

Además, si bien la empresa informó que sólo bonificarí­a la última cuota, no se mencionó nada respecto de la segunda cuota que debí­a bonificarse de acuerdo a la promoción publicada.

Analizados todos los documentos probatorios, Defensa del Consumidor dispuso la multa arriba mencionada y un resarcimiento a favor del consumidor en concepto de daño directo equivalente al 33.05 % (treinta y tres con cero cinco por ciento) del valor de una (1) "Canasta Básica Total para el Hogar 3" publicada por el Indec, al momento de su efectivo pago, unos 500 pesos aproximadamente.

Juan Gallo, Director General de Defensa del Consumidor porteña expresó: "estamos trabajando para gestionar mejores condiciones de acceso a la justicia administrativa para los consumidores que ahora pueden disponer de un resarcimiento que repare, aunque sea en parte, el daño causado".

"Antes de la modificación de la Ley, los consumidores que tení­an inconvenientes de menor cuantí­a, estaban obligados a presentar una demanda en un juzgado comercial. El resultado era que la mayorí­a de estos casos quedaban sin solución por los gastos que insume el trámite".

Para Alejandro Chamatrópulos, abogado de PricewaterhouseCoopers, "la resolución en cuestión es acertada ya que aplica algo que muchas veces parece olvidado: el contenido de la publicidad forma parte integrante del contrato celebrado con el consumidor o usuario".

Por lo tanto, el abogado indicó a iProfesional.com que ha sido correcta la valoración realizada dando preeminencia a lo que se informa mediante la publicidad por sobre lo que surge de las condiciones generales de contratación, ya que el artí­culo 37 LDC ordena que los contratos se deben interpretar siempre en el sentido más favorable para el consumidor, agregando que, cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa.

"La aplicación del instituto del daño directo, el cual más allá de su dudosa constitucionalidad (por el hecho de permitirle a la autoridad administrativa fijar resarcimientos), pareciera que se va a seguir aplicando con cada vez mayor frecuencia, en la inteligencia de que la figura pueda implicar un acceso a la justicia que, de otra manera, muchas veces se dificulta", concluyó Chamatrópulos.