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El CIADI dicta su primer fallo contra la Argentina

Se trata del primer laudo contra el Estado argentino emitido por el tribunal arbitral del Banco Mundial y lo condena a pagar u$s133,2 millones
13/05/2005 - 03:00hs
El CIADI dicta su primer fallo contra la Argentina

Después de casi cuatro años de deliberaciones, audiencias y acusaciones cruzadas, se conoció ayer el primer laudo contra la Argentina en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), el tribunal arbitral del Banco Mundial.

El CIADI admitió la demanda presentada en agosto de 2001 contra el Estado argentino por CMS Energy, accionista minoritario de la compañí­a Transportadora de Gas del Norte (TGN).

El laudo  -del que el Gobierno recibió solamente un sumario-  reconoce a CMS una indemnización por u$s133.2 M. Es decir, poco más de la mitad de lo que reclamaba la compañí­a norteamericana, u$s260 millones.

Después de una reunión de la que participaron el presidente Néstor Kirhcner y los ministros, de Justicia, Horacio Rosatti; de Economí­a, Roberto Lavagna, y el secretario legal y técnico, Carlos Zanini, el Gobierno anunció que planteará la nulidad del laudo, tal como lo anticipó ayer INFOBAEprofesional. Al término del encuentro, funcionarios aseguraron que ninguna de las partes resultó beneficiada con la medida.

La defensa argentina

Según las reglas del CIADI, la nulidad es el único recurso disponible contra un laudo final. Según se pudo saber, la Argentina planteará su defensa técnica basándose en dos casos en los que Estados Unidos y México consiguieron laudos favorables ante el tribunal arbitral del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA) en disputas con accionistas minoritarios de compañí­as. Se trata de los casos "Mondev" y "Gami Investments Inc.", respectivamente.

  • Accionistas minoritarios de privatizadas

    En declaraciones anteriores brindadas a INFOBAEprofesional  el ministro de la Justicia ya habí­a anticipado que, en caso de que el CIADI fallara en contra, el Gobierno plantearí­a la nulidad por tratarse de una demana interpuesta por un accionista minoritario: "En mi opinión, la Argentina no puede consentir bajo ningún punto de vista un laudo en un caso en que el demandante sea un accionista minoritario, como es el caso de CMS."

  • Tratados bilaterales

    El Gobierno también cuestionará la interpretación que hace el CIADI de los tratados bilaterales de inversiones y planteará conflicto de intereses debido a que el Banco Mundial es acreedor de CMS y el CIADI pertenece a ese organismo multilateral.

Los representantes legales de la compañí­a en la Argentina confirmaron a INFOBAEprofesional que recibieron la notificiación del laudo, pero anunciaron que no harán declaraciones hasta conocer el texto completo de la sentencia.

En el sitio en Internet del CIADI ya puede encontrarse el anuncio del laudo que fue emitido por un tribunal compuesto por Francisco Orrego Vicuña, de Chile; Mark Lalonde, de Canadá y Francisco Rezek, de Brasil.

Al tratarse de un tribunal ad hoc  (se constituye para cada caso en particular), el CIADI no funciona como una corte internacional,  al no sentar precedentes para futuros pronunciaminetos.

Sin embargo, en el Gobierno temen que CMS se convierta en un leading case y opere como un espejo para los demás reclamos que mantienen varias empresas de servicios públicos privatizadas por el congelamiento de las tarifas que siguió a la devaluación.

Para saber más lea:

Marí­a Bourdin - [email protected]