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¿Qué camino debe transitar el DNU para que se lo apruebe o rechace?

Para su aprobación o rechazo definitivo el DNU debe atravesar una serie de etapas, en las que participa el Congreso y, en última instancia, la Corte
21/12/2023 - 17:25hs
¿Qué camino debe transitar el DNU para que se lo apruebe o rechace?

Finalmente, el presidente Javier Milei anunció en cadena nacional la firma de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que establece una profunda desregulación económica, a través de la modificación o derogación de alrededor de 300 leyes, tales como el código aduanero, la ley de alquileres, la promoción industrial y prepara el terreno para las privatizaciones y la flexibilización laboral, entre otras importantes medidas.

El decreto incluye 366 artículos en un documento de más de 80 páginas en el que no solo se hace referencia a una serie de iniciativas que ya habían sido anticipadas por Milei, sino también a muchas otras que llaman la atención.

En medio de fuertes polémicas, fuentes en el Gobierno confían en la validez legal del DNU, que declara la emergencia en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Mas allá de lo engorroso de su lectura, pues en la mayoría de los puntos que trata se mencionan leyes o artículos específicos que son suprimidos o reemplazados por otros, lo cual requiere un conocimiento de cada uno de ellos, es interesante conocer cual es el camino que deberá transitar el DNU de ahora en más.

Qué camino debe transitar el DNU

En primer lugar, debe tenerse en cuenta que al no mencionar un plazo específico, entra en vigencia a los 8 días de su publicación. Por su parte, el jefe de Gabinete tiene 10 días para enviar el DNU a la Comisión Bicameral Permanente (CBP).

A su vez, esta cuenta con 10 días para emitir dictamen sobre la validez del DNU y enviarlo al plenario de ambas Cámaras (Diputados y Senadores) para que lo traten. Si la CBP no se expide en esos 10 días, las Cámaras deben tratarlo de oficio al DNU.

El presidente Javier Milei anunció en cadena nacional la firma del DNU

Es importante tener en cuenta que las Cámaras pueden aceptar o rechazar el DNU, peno no pueden modificar, introducir enmiendas, agregar artículos, etc. En caso de que ninguna de las dos Cámaras lo trate, el DNU mantendrá su vigencia. Sin embargo, si una lo acepta y otra lo rechaza, el DNU mantiene vigencia. Solo en el caso de que ambas cámaras lo rechacen, pierde vigencia.

En relación a la Comisión Bicameral, el abogado constitucionalista Félix Lonigro indicó en declaraciones radiales que "esta Comisión no trabaja desde hace un año; todavía tiene 100 DNU de Alberto Fernández sin tratar. Ahora va a tener que conformarse y emitir un dictamen".

Por su parte, otro abogado constitucionalista, en este caso Daniel Sabsay, subrayó que "siempre se puede recurrir judicialmente, como control de legalidad o constitucionalidad, que puede ser interpuesto ante cualquier juez, que va a terminar en la Corte Suprema que tendrá la última palabra".

En lo que hace a la incumbencia del máximo tribunal, cabe recordar que en mayo de 2010 resolvió que los Decretos de Necesidad y Urgencia fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado.

"El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto", plantearon los jueces.

En otro apartado, la Corte consideró que solo el Poder Ejecutivo puede invocar necesidad y urgencia cuando las "cámaras del Congreso no puedan reunirse por circunstancia de fuerza mayor que lo impidan, como ocurriría en el caso de acciones bélicas o desastres naturales que impidiesen su reunión o el traslado de los legisladores a la Capital Federal".