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ANMAT prohibió una serie de productos médicos de uso cotidiano

La institución de control publicó este martes una disposición en el Boletín Oficial en la que especifica los motivos de la decisión
23/10/2018 - 15:19hs
ANMAT prohibió una serie de productos médicos de uso cotidiano

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) comunicó este martes 23 de octubre la prohibición de venta de una serie de productos médicos de uso cotidiano.

A través de la Disposición 6506/2018, la institución oficial comunicó que prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto se encuentren inscriptos ante esta Administración Nacional los siguientes productos: SANTA LUCIA oftalmología de avanzada Solución Salina, Especial para lentes de contacto, Elaborado por Lab. Norma Maliandi – LE 2392, M.S y A.S Resol. 155/98; SANTA LUCIA oftalmología de avanzada, Solución Salina, Monodosis 5 ml - 12 tiras con 6 monodosis de 5 ml c/u, Especial para lentes de contacto, Exclusivo para ópticas, Elaborado por Lab. Norma Maliandi – LE 2392, M.S y A.S Resol. 155/98, Disposición ANMAT 4495/94, Industria Argentina. Suave loción de idéntica formulación que la solución fisiológica, cuyo uso cosmético es higienizar la piel, no produce irritación, dejar evaporar” y Sanafarm Solución Fisiológica no inyectable cont. Neto 5 cc. Disp. ANMAT 4495/04.

Ante la consulta a la apoderada de la empresa, expresó que “tanto el estuche secundario en cuestión como el producto solución fisiológica marca Sanafarm no son propios ni originales del laboratorio Norma Dorliza Maliandi”. Además, indicó que la firma nunca fabricó ninguna partida de solución fisiológica marca Sanafarm ni de otra marca.

El problema principal es que la mención de “Disposición ANMAT N° 4495/04” declarada en el rótulo de las ampollas plásticas exhibidas no se corresponde con el número de la firma, ya que la Disposición otorgada al establecimiento presenta la numeración 4495/94. Así, la decisión oficial concluyó que el producto en cuestión no es propio de la firma que representa, uno de los motivos centrales de la prohibición.

Sin embargo, la Disposición aclara que respecto de las habilitaciones necesarias, el la firma Norma Dorliza Maliandi no posee habilitación sanitaria provincial ni nacional para fabricar productos médicos, ni cuenta con registro del producto en cuestión ante esta Administración Nacional. Por eso, ANMAT indicó la instrucción de un sumario administrativo a la empresa en cuestión, que tiene domicilio en la calle Alem 536 de la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires. Asimismo, indicó que se tome la misma medida respecto de quien resulte ser su Director Técnico, por el presunto incumplimiento al artículo 19º de la Ley 16.463, inciso a), Anexo I, Parte 1 de la Disposición ANMAT N° 2319/02 y al Anexo I, Parte 3 al inciso 1º de la Disposición ANMAT N° 2318/02.

Por último, al igual que en todas las Disposiciones de ANMAT, se indica la necesidad de comunicar a todas las autoridades sanitarias del país, como la de la Provincia de Buenos Aires, la de la Ciudad de Buenos Aires, al igual que a las del resto de las provincias, entre otras.