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ANMAT prohibió un producto alimenticio de consumo cotidiano, conocé cuál es

A través de una disposición publicada este viernes en el Boletín Oficial, la entidad de control nacional comunicó la decisión
02/11/2018 - 15:06hs
ANMAT prohibió un producto alimenticio de consumo cotidiano, conocé cuál es

Una vez más, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) comunicó una decisión fundamental respecto de un producto alimenticio de consumo cotidiano. Se trata de las barritas de cereal rotuladas como “Barrita Artesanal Granola, marca: El Olivo, peso neto 60g”, RNPA en trámite, elaborado por El Olivo SRL.

A través de la Disposición 1386/2018, el organismo de control determinó la prohibición de uso, comercialización y consumo del artículo en cuestión.

El proceso comenzó a partir de una denuncia recibida en el Departamento de Viginalcia Alimentadia del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Por eso, la entidad indicó verificar si el producto en cuestión se encontraba registrado y habilitado para trabajar. Así, fue posible conocer que el establecimiento no aparece en los registros del Departamentos de Inscripción de Productos de Consumo (IPC) ni en el Departamento de Establecimientos de Salud, ambos parte de la Oficina de Alimentos de la Provincia de Buenos Aires.

Hasta el momento, el artículo se comercializaba en el kiosco “La ilusión”, sito en la Av. Paseo Colón 1117, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se decomisaron las unidades existentes allí.El principal problema del artículo en cuestión es que no puede ser identificado de forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado. Por eso, ANMAT considera que no puede ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio argentino.

En consecuencia, atento a la responsabilidad sanitaria que le cabe con respecto a la población, el organismo de control tomó la decisión de prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de la barrita de cereal marca El Olivo.

Por último, la Disposición oficial indica que se debe comunicar la determinación a todas las autoridades provinciales, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), entre otras entidades.