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ANMAT prohibió productos veganos y libres de gluten: conocé cuáles son y por qué

El organismo de control comunicó su decisión a través del Boletín Oficial, donde detalló los motivos en cada caso particular
20/11/2019 - 13:03hs
ANMAT prohibió productos veganos y libres de gluten: conocé cuáles son y por qué

Este miércoles la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió dos productos alimenticios de consumo frecuente.

Dos de ellos se vendían como aptos para celíacos; uno era la "Empanada de carne libre de gluten", marca RUCA UMEL, RNPA N° 16010514, fecha de envasado 7/09/19, fecha de vencimiento 7/12/19; el otro, la "Prepizza libre de gluten" RNPA N° 16-010524, marca RUCA UMEL, fecha de envasado 6/9/19, fecha de vencimiento 06/12/2019, RNE 16001071. Ambos eran elaborados por Zazzini Carla M y Zazzini M Antonella Soc. CAP, situada en la ciudad de Bariloche, según aclara la Disposición 9261/2019.

Por otro lado, ANMAT también prohibió la comercialización del producto "Alimento de almendras tipo yogur con cereales - Alimento vegetal a base de almendras", RNPA Expte. N° 2019-29594392 y RNPA N° 2906-16846/19, elaborado por Lógica Natural SRL, RNE N° 02- 035165. En este caso, el problema es que el artículo no consignaba en su rótulo la declaración de alérgenos de acuerdo a la normativa vigente.

 

A su vez, en la Disposición 9262/2019, se prohibieron otros artículos de la misma marca: "Provoleta de almendras y castañas - Alimento vegetal a base de almendras y castañas, tipo provoleta"; "Hebras sabor mozzarella - Alimento vegetal a base de almendras y castañas, en hebras, sabor mozzarella"; "Untable de almendras - Pasta a base de almendras, untable"; "Untable de almendras sabor cheddar - Pasta a base de almendras, untable, sabor cheddar"; "Pasta de garbanzos - Pasta de garbanzos, hummus"; "Alfajor de dulce de almendras con cobertura de chocolate". A diferencia del caso anterior, el motivo es que carecían de autorizaciones de producto necesarias para estar en el mercado.

En ambos casos, las disposiciones instan a comunicar esta información al Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a otras autoridades provinciales. Asimismo, se debe enviar esta información a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda.