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ALERTA

Lavado de dinero: rigen controles a funcionarios, sindicalistas y empresarios

La UIF dispuso medidas para que los bancos, financieras, escribanías y casinos informen sobre las transacciones de "Personas Expuestas Políticamente"
14/01/2011 - 18:12hs
Lavado de dinero: rigen controles a funcionarios, sindicalistas y empresarios

Una resolución de la Unidad de Información Financiera (UIF), publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece que los sujetos obligados deberán cumplir una serie de medidas específicas en orden a la prevención y detección de operaciones sospechosas de las Personas Expuestas Políticamente (PEP`s).

En la categoría figuran, de acuerdo con la normativa vigente desde hoy, todos los funcionarios públicos nacionales, provinciales, municipales y porteños; las autoridades y representantes legales de organizaciones sindicales y empresariales, es decir dirigentes y abogados de gremios, cámaras y otras formas de agrupación corporativa, y quienes desempeñan esas tareas en las obras sociales contempladas en la Ley 23.660.

También los funcionarios públicos extranjeros; "los cónyuges o convivientes reconocidos legalmente y familiares en línea ascendiente, descendiente o colateral hasta el tercer grado de consanguinidad o de afinidad y a las personas que sean públicamente conocidas por su proximidad con ellas", señala un comunicado de la UIF.

Mediante la Resolución 11/2011, el presidente de la UIF, José Sbattella, aprobó este viernes la Nómina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente, que deberán observar los sujetos obligados a reportar al Estado transacciones susceptibles de enmascarar maniobras de lavado de dinero o el financiamiento de acciones terroristas, de acuerdo con las prescripciones de la Ley 25.246.

"Los sujetos obligados -bancos, compañías financieras, escribanías y casinos, entre otros- deberán disponer de una Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente cuya forma textual y contenido han sido establecidos por la UIF, que otorgará un `plazo prudencial´ para la adecuación de los procedimientos de identificación de las PEP`s", indica el comunicado.

Al elaborar los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) que involucren a PEP`s, los sujetos obligados deberán dejar debida constancia de tal condición.

También deberán destacar ese dato al describir transacciones en Reportes de Actividad Sospechosa de Financiación del Terrorismo (RFT1), efectuados conforme lo dispuesto en la Resolución UIF 125/2009.

"Los recaudos sobre las transacciones realizadas, en especial su grado de adecuación al perfil del cliente, deben adoptarse no sólo durante el ejercicio de un cargo público sino también en los dos años posteriores al cese de la función; y tales previsiones abarcan, además, a familiares de los funcionarios", destaca la UIF.

En todos los casos, las constancias documentales deberán preservarse por el término de diez años, según informó Télam.

La UIF, organismo del Estado argentino al que compete el análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos de lavado de activos y de financiación del terrorismo, recordó que mediante la Ley 24.759, el país incorporó la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de los Estados Americanos.

En dicha norma se define como "función pública" la "actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos".

Asimismo, la Ley aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que considera "funcionario público" a "toda persona que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial de un Estado Parte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal, remunerado u honorario, sea cual sea la antigüedad de esa persona en el cargo".

También a quienes desempeñan funciones para un organismo o empresa pública o prestan servicios públicos.

La UIF, que ejerce la Coordinación del sistema antilavado argentino y la Representación del país ante los organismos internacionales especializados en la materia, hizo constar en su resolución que a la hora de elaborar la normativa sobre PEP`s valoró "la realidad social, política y económica de nuestro país".