La UIF ajustó los procesos para detectar operaciones de lavado de dinero
La Unidad de Información Financiera (UIF) ajustó las medidas y los procedimientos que deberán observar los escribanos públicos, las empresas que exploten juegos de azar, la Comisión Nacional de Valores (CNV) y la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) para prevenir y detectar operaciones que puedan provenir del Lavado de Activos o de la Financiación del Terrorismo.
A través de las resoluciones 18, 19, 20 y 22, publicadas este jueves en el Boletín Oficial, el organismo a cargo de José Sabattella, reglamentó para estos sujetos la obligatoriedad de informar sobre "operaciones sospechosas" de sus clientes a través de diversos reportes.
De esta manera, los escribanos, las empresas de juegos de azar, la CNV y la SSN deberán dar a conocer los montos de las operaciones que no guarden relación con las precedentes, que sean inusualmente elevados o que involucren transacciones con "paraísos fiscales", entre otros, a través de los siguientes reportes:
- De Operaciones Sospechosas de Lavado de Dinero.
- De Operaciones Sospechosas de Financiación del Terrorismo.
- Sistémicos (sólo para escribanos públicos).
Además, fijó los plazos que deberán cumplir para la presentación de los reportes que serán de 30 días a partir de la operación realizada o tentada para el primer reporte y de 48 horas desde el momento de la operación (habilitándose días y horas inhábiles) para el segundo.
En cuanto al Reporte Sistémico, que sólo será obligatorio para los escribanos públicos, la UIF fijó hasta el día 15 de cada mes o día hábil posterior, si este cayera día inhábil, el plazo para su presentación.