Peritos contadores: presentan proyecto de ley para regular el cobro de honorarios
A fin de poner un punto final a la incertidumbre que aqueja a la gran mayoría de los contadores que se desempeñan en la Justicia, el oficialismo presentó en Diputados un nuevo proyecto de ley que -entre otros aspectos- apunta a establecer el monto de honorarios mínimos a percibir y el plazo para depositar los fondos.
Puntualmente, la iniciativa presentada por el diputado formoseño del Frente Para la Victoria (FPV), Juan Carlos Díaz Roig, propone la "regulación de la actividad profesional y el régimen arancelario" que beneficiará a los matriculados en Ciencias Económicas que se desempeñan como peritos en materia judicial y administrativa.
El proyecto -al que puede accederse haciendo clic aquí- también prevé la creación del "registro de asignación de profesionales en Ciencias Económicas.
Claves de la propuesta
A fin de defender la propuesta, el legislador formoseño sostiene que la iniciativa contempla importantes modificaciones entre las que se destacan reafirmar el "carácter alimentario de los honorarios profesionales" y el establecimiento de un honorario mínimo fijado "en el 10% de la remuneración total asignada al juez letrado de primera instancia".
"También se promueve la potestad de los peritos de recurrir a un letrado para ejecutar sus honorarios profesionales", agrega el legislador.
En igual sentido, el proyecto busca imponer el principio de bifrontalidad: es decir, la posibilidad de accionar contra cualquiera de las partes en la ejecución de los honorarios regulados.
Otro aspecto importante, refiere a la regulación anticipada. "Es muy conocido el caso de las interminables idas y venidas de las partes en el proceso hasta que llegue el momento de la regulación de los honorarios al dictarse sentencia definitiva, mientras, tenemos que esperar habitualmente un largo tiempo para que ello ocurra", precisa el legislador en sus argumentos.
Por otra parte, la iniciativa propone a los Consejos Profesionales en Ciencias Económicas "como sujetos excluyentes en todo el proceso de asignación de profesionales a los distintos expedientes".
La iniciativa por dentro
Como primer gran cambio, se establece que "la actividad del profesional es de carácter oneroso" y que "los honorarios que se devenguen en el ejercicio de sus funciones tienen carácter alimentario".
Respecto a la unidad de medida arancelaria, la iniciativa fija "el JUS que equivale al 1% de la remuneración total asignada al juez letrado de primera instancia cuyo valor actualizado será exhibido constantemente en lugar visible por los tribunales".
"En ningún caso se regularán honorarios que representen menos de 10 JUS cualquiera sea la tarea que se haya desarrollado y el tiempo que haya durado la intervención del profesional desde que ha aceptado el cargo", puntualiza el texto.
Asimismo, "el Consejo Profesional de la respectiva jurisdicción tendrá a su cargo la administración de la lista de los profesionales que han de actuar como auxiliares de la justicia en todo el territorio nacional".
"Cada año, entre el 1º de octubre y el 30 de noviembre, el Consejo recepcionará las solicitudes de los profesionales, para su inclusión en la lista respectiva, conforme los interesados cumplimenten los requisitos de admisión", agrega el texto presentado en Diputados.
Respecto a la puesta a disposición del dinero, el proyecto establece que "al dictar sentencia en un expediente, el juez o tribunal, aún sin petición del profesional, regulará los honorarios del perito".
Aquellos regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los 5 días de quedar firme el auto que lo dispuso. Ante la demora, el profesional podrá:
- Reclamarlos reajustados por el índice del costo de vida o el que lo sustituya, con más un interés del 1% mensual capitalizable por cada año de mora.
- Exigirlos con más el interés que percibe el Banco Nación Argentina para operaciones de descuento a 30 días.
Por último, la regulación de honorarios por sentencia firme "constituye título ejecutivo exigible a cualquiera de las partes".