El fideicomiso, una herramienta con ventajas fiscales para empresas
El fideicomiso que rige la ley 24.441, se trata de un contrato por el cual un sujeto (fiduciante) transmite la propiedad fiduciaria de bienes a otro sujeto (fiduciario) quien realizará la administración de los mismos con la finalidad de entregar tales bienes y sus rendimientos- al cumplimiento de un plazo (que no puede exceder de 30 años) o condición prevista en el contrato- a los beneficiarios designados.
Cualquier sujeto, persona fisica o no, que tenga capacidad legal para contratar puede ser fiduciante.
¿Quienes son las partes del fideicomiso?
¿Pueden ser embargables los bienes transferidos al fideicomiso?
Los bienes aportados al fideicomiso, quedan a salvo de los acreedores del fiduciario y del fiduciante. Esta característica hace que si se pretende ejecutar por deudas fiscales o de otra índole a aquellos sujetos, los bienes del fideicomiso quedan a salvo de ello. De alli viene el nombre de patrimonio inembargable.
No obstante, si el fiduciante realizó un vaciamiento de su empresa transfiriendo bienes a un fideicomiso, para que no le embarguen los mismos, el acto de constitución del fideicomiso será impugnado legalmente por estar viciado, es decir será nulo.
¿Que responsabilidad tiene el administrador fiduciario en cumplir su gestión?
El fiduciario debe rendir cuentas por su gestión a los beneficiarios presentando los balances correspondientes, pudiendo ser removido de su función en caso que no actúe correctamente.
Asimismo, tiene la obligación de actuar como un buen hombre de negocios, en el manejo del fideicomiso, caso contrario asume de manera solidaria y personal la responsabilidad correspondiente.
Este es uno de los aspectos claves de la estructuración del fideicomiso pues no evaluar cuidadosamente los costos fiscales de la transacción podría motivar tal responsabilidad.
¿Que naturaleza legal tiene el fideicomiso?
El fideicomiso no es una sociedad aunque deba elaborarse el respectivo balance. En materia fiscal se lo considera un contribuyente obligado a pagar los impuestos que correspondan.
¿Cuales son los tipos de fideicomisos y las ventajas de su utilización?
Los fideicomisos más habituales desarrollados en el mercado son los siguientes:
- De administración:
Ejemplo de ello son los fideicomisos testamentarios, que brindan confidencialidad, planificación de la sucesión, y protección de los bienes contra eventuales acciones legales. El beneficiario de los bienes no debe tributar los impuestos correspondientes hasta el momento de recibir los mismos .
Tengamos en cuenta que se encuentra en el Congreso un proyecto de ley para sujetar a imposición a toda transmisión a titulo gratuito de bienes, por lo que las transferencias que el fiduciario realice a la liquidación del fideicomiso estarán a futuro sujetas al impuesto (de aprobarse el proyecto de ley).
- De garantía:
Se destinan bienes del fiduciante a garantizar el cumplimiento de sus obligaciones sean de importaciones con pago diferido, reestructuraciones de deuda, etc. Ante el incumplimiento de pago del fiduciante se aplican los bienes afectados en garantía al pago de las deudas.
La posición del fisco al respecto, que ha cambiado respecto de las primeras opiniones vertidas en el año 1996, es que dichos bienes tributan el impuesto patrimonial del 1% (impuesto a la ganancia mínima presunta) en cabeza del fideicomiso, produciendose la pérdida del crédito del correspondiente impuesto a las ganancias como pago a cuenta (el cual se liquida en el fiduciante y no en el fideicomiso.), salvo que se arribe a la conclusión de que el cómputo del crédito corresponde, bajo la consideración que estamos frente a un fideicomiso- de naturaleza ordinaria- donde el fiduciante es diferente del beneficiario y por ende en cabeza del mismo debe atribuirse la renta generada de los bienes que lo integran.
- Financieros:
Es el más habitual en este momento. Consiste en la transmisión de cuentas a cobrar (facturas, cheques, titulos valores, contratos de exportación y otros flujos crediticios) a un fideicomiso financiero que emite titulos valores en el mercado con la finalidad de que los fondos captados de los inversores se apliquen a pagar al fiduciante el importe (neto de tasa de descuento) de los activos financieros transferidos.
Esta alternativa de financiamiento empresario permite para la empresa fiduciante convertir activos no líquidos en dinero, pudiendo utilizarse por cualquier empresa que tenga un flujo crediticio. Dado que hay costos de implementación, en caso de volúmenes pequeños de créditos que se securitizan por un fiduciante, es conveniente que haya más de un fiduciante(ejemplo, varios productores que asocian para realizar la operación) para que tal reducción de costos se vislumbre en una baja de tasa de interés.
Para un inversor que invierte en un fideicomiso financiero de cuentas a cobrar , ante la quiebra del fiduciante, el flujo a cobrar que esta encapsulado dentro del fideicomiso no se ve arrastrado por dicha quiebra (por ser los bienes inembargables) y por ende el inversor tiene asegurado el repago, siempre lógicamente que pague el deudor de la cuenta a cobrar.
La diferencia con invertir por ejemplo en bonos de deuda emitidos por la misma empresa es que la quiebra del fiduciante sí arrastra al inversor, por lo cual se afectará el repago de su inversión, lo cual marca una diferencia importante en el riesgo involucrado.
Según la modalidad que se estructure, puede otorgar ventajas impositivas al fideicomiso y al inversor. Entre los requisitos a cumplir se destaca la colocación por oferta pública de los títulos valores que se emitan. Al respecto es importante cumplir con lo dispuesto por la Resolución conjunta 470/04 CNV y 1738/04 AFIP donde claramente destaca que lo importante es demostrar de diversas formas los genuinos esfuerzos para colocar los titulos valores en el mercado de capitales.
- Estatales:
En un escenario donde se clama por la transparencia en el manejo de los fondos públicos, la utilización de fideicomisos para fines diversos desde realización de obra pública, fortalecer y modernizar el servicio de salud, descentralización de proyectos varios en manos de gobiernos locales que conocen mejores las necesidades de la población, permite un control y administración de los recursos vía la responsabilidad que tiene el fiduciario en el cumplimiento de su gestión, y asimismo a través de la obligatoria rendición de cuentas.
Tengamos en cuenta la importancia de su estructuración, dado que el fisco ha interpretado –abstrayéndose de la realidad económica de la operación- en dictamen 47/04 que tales fideicomisos estatales no gozan de beneficio fiscal cuando se llevan a cabo mediante un fideicomiso financiero.
Información del mercado sobre fideicomisos y fiduciarios
Según CAFIDAP (Camara Argentina de fideicomisos y fondos de inversión directa en actividades productivas) en los primeros nueves meses de 2005 la Bolsa de Comercio de Bs As autorización la cotización de los valores negociables emitidos en el marco de 77 fideicomisos previamente autorizados por la CNV para realizar oferta pública. Del total , 69 fueron en pesos por $2063,7 millones y 8 fueron en dolares por US$ 171,5 millones.
El incremento respecto del año 2004, para las colocaciones en pesos fue del 200% , y en el caso de dólares fue del 900%.
Se adjuntan seguidamente cuadros comparativos de volúmenes de emisión en pesos y dólares, principales operadores y cantidad de fideicomisos financieros emitidos en el año, según información CAFIDAP y Bolsa de Comercio.
Julián Martín - Socio de Tax&Legal - KPMG
Profesor Universitario en postgrados en tributación y conferencista en temas tributarios.
Autor de numerosos articulos y libros
Distinguido con el Premio Anual Asociación Argentina de Estudios Fiscales por su obra "Securitización, Fideicomiso, Fondos de Inversión, Leasing. Tratamiento Tributario".