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Presupuesto 2019: ganadores y perdedores ante los cambios impositivos propuestos

Jueces, cooperativas, mutuales, pymes y empresas que soportan altos niveles de inflación se encuentran entre los ganadores y perdedores
19/09/2018 - 17:05hs
Presupuesto 2019: ganadores y perdedores ante los cambios impositivos propuestos

Si pensamos en ganadores y perdedores en relación a los cambios impositivos que se vienen (a partir de la Adenda al Pacto Fiscal y el Presupuesto del 2019), como grandes ganadores podemos pensar en el Poder Judicial.

Hoy en día, en lo que supone una injusticia histórica, sólo 8 jueces nacionales pagan impuesto a las ganancias.

En 2016 se pretendió modificar esta medida y que los “nuevos jueces” nombrados a partir del 01/01/2017 empiecen a pagar, pero, dos fallos (primera instancia – juez Furnari – y la Cámara Contencioso Administrativa) resolvieron que solamente serán considerados “nuevos” aquellos que no provengan de los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos nacionales, provinciales o de la ciudad de Buenos Aires.

En definitiva, prácticamente ningún juez está pagando impuesto a las ganancias al día de hoy, y todo indica que así seguirá a futuro.

Como contrapartida, podemos mencionar una gran diversidad de perdedores:

1. Cooperativas y Mutuales – Ahorro, Financieras y Seguros: El Gobierno pretendió con la Reforma Tributaria ocurrida en diciembre del año pasado dar de baja la exención a estas entidades, pero la Cámara de Diputados no se lo permitió.

Ahora, con la Adenda al Pacto Fiscal, el Gobierno vuelve a la carga con este tema. La principal razón radica, según el Gobierno, en que siempre ha existido un alto grado de elusión y evasión con el uso de estas entidades exentas.

Lo curioso es que, con esta afirmación, lo único que se está evidenciando es una deficiencia en el sistema de control y monitoreo de este tipo de entidades por parte del propio Gobierno, que evidentemente nunca pudo separar las “falsas cooperativas y mutuales”, de las “verdaderas”.

Sin embargo, es un tema muy delicado y muy sensible, que seguramente dará mucho que hablar en el mundo social (cooperativismo y mutualismo), atento a que, aquellas que se constituyen con un verdadero objetivo de beneficencia, pasarán a tener una carga fiscal adicional que definitivamente no tiene ningún sentido.

Estas entidades están dirigidas hacia los estratos más marginales y se crean con el objetivo de incentivar el ahorro, otorgar asistencia financiera y económica, etc. en sectores que no tienen posibilidad de recurrir a un banco, a una multinacional, a una empresa aseguradora, etc.

2. Las Grandes y Medianas Empresas – Impuesto al Cheque: Si bien este tema no surge de ninguno de los instrumentos que estuvieron circulando últimamente (Adenda al Pacto Fiscal, ni tampoco el Presupuesto del 2019), todo indicaría que se aplicaría “por fuera”.

Hoy en día las Micro y Pequeñas Empresas pueden computar el impuesto al cheque en un 100% contra Ganancias.

Las Medianas Empresas, del Tramo 1, cuya actividad fuera la de industria manufacturera, un 60%.

El resto (Grandes y Medianas no incluidas en el punto anterior), un 33%.

En estos últimos dos casos, se frenará el incremento del impuesto al cheque para el próximo año. Recordemos que, a partir de la reforma tributaria, se subiría a razón de un 20% por año, hasta llegar al 100% en 5 años.

Este año se incrementó, pero el año que viene pareciera que no.

Igualmente, con la contracción de la economía que estamos sufriendo, muchas empresas no están siquiera teniendo Ganancias contra qué computar el impuesto, por lo cual, justamente, era uno de los grandes reclamos de muchas empresas Pyme: que se permitiera computar contra el IVA también (como originalmente ocurría).

Lo mismo pedían las empresas que “ganan” solo un margen, como las concesionarias, los distribuidores y demás intermediarios, que tienen una rentabilidad muy baja y el impuesto sigue siendo un impuesto (y no un crédito, como se prometía).

3. Aquellos que tengan bienes en el exterior: Pasarán a pagar el 1% de Impuesto sobre los Bienes Personales. Esto está contenido en la Adenda al Pacto Fiscal (le permite incrementar la alícuota por 2 años – aunque sin detalle de a cuánto y para quiénes –). Finalmente, quedó fuera del Presupuesto del 2019, a la espera que el Congreso lo agregue.

Ya hemos hablado largo y tendido sobre la injusticia que esto supone. Injusticia que, posiblemente, se transforme en una inconstitucionalidad, si así lo entiende la justicia.

4. Las provincias: No lograron que se suspenda la rebaja del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que representa entre un 70% y un 80% de los recursos fiscales de las provincias.

Solamente lograron que se suspenda la reducción del impuesto de sellos, cuya recaudación es muy baja y es fácilmente eludible (mediante la famosa Carta Oferta).

5. Empresas con alto impacto inflacionario: El Gobierno pretende que se suspenda la aplicación del Ajuste por Inflación Impositivo, que ya este año aplicaría según la Reforma Tributaria.

Ya se remitió al Congreso el proyecto para reformar la reciente reforma tributaria que, aunque parezca mentira, se tendrá que reformar, porque ya quedó desactualizada (proponía que se aplique si la inflación era mayor al 40% - y evidentemente será mayor –).

Es decir, en breve tendremos: la reforma del proyecto de reforma a la reciente reforma tributaria. Sí. Aunque no se pueda creer, en Argentina todo es posible.

6. Renta financiera: Este es un punto sobre el cual no se entiende muy bien por qué se sigue insistiendo. Está claro que fue un gran error de la Reforma Tributaria. A esta altura, nadie lo defiende.

La recaudación será muy baja. Será tan complejo de aplicar y de controlar luego, que hasta al día de hoy sigue sin reglamentarse.

Es decir, casi 10 meses después no sabemos el detalle de cómo habrá que liquidarlo. Un gran dolor de cabeza para todos (y en especial para los contadores).

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