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ALERTA

Desde hoy vence el impuesto a las Ganancias para sociedades

Deberán cumplir con la presentación y pago esta semana.Las personas fí­sicas a partir del 15 de mayo. Las sociedades podrán usar el aplicativo 6.0 anterior
08/05/2006 - 11:31hs
Desde hoy vence el impuesto a las Ganancias para sociedades

La AFIP se encargó de recordarle a los contribuyentes el vencimiento del Impuesto a las Ganancias por el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2005. Así­, indicó que entre el 15 y el 19 de mayo, según la terminación de CUIT respectiva, vence el impuesto para el caso de Personas Fí­sicas y desde hoy, 8 de mayo, para las declaraciones de sociedades.

También fue propicia la ocasión para que, mediante un comunicado de prensa, remarcara qu e las sociedades que "hayan obtenido ingresos por un monto anual superior a $1M, en caso de no poder presentar la declaración jurada con el nuevo aplicativo (versión 7.0) deberán utilizar, con carácter de excepción, para los vencimientos de mayo, junio y julio el anterior aplicativo". Así­, hizo referencia al aplicativo "Ganancias Sociedades - versión 6.0".

Vencimientos generales
De acuerdo con el calendario de la AFIP, los vencimientos del Impuesto a las Ganancias para sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros sujetos comprendidos en el régimen general, por los ejercicios con cierre diciembre de 2005, serán los siguientes:

Presentación e ingreso del saldo resultante:

  • 0-1: 8/05/2006
  • 2-3: 9/05/2006
  • 4-5: 10/05/2006
  • 6-7: 11/05/2006
  • 8-9: 12/05/2006

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Por otra parte, para el caso de las personas fí­sicas domiciliadas en el paí­s y sucesiones indivisas radicadas en la Argentina, que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores, comprendidas bajo el Régimen General
deberán cumplir con sus obligaciones fiscales de acuerdo con el siguiente cronograma de vencimientos:

 


Presentación de la declaración jurada:

  • 0-1:15/05/2006
  • 2-3: 16/05/2006
  • 4-5: 17/05/2006
  • 6-7: 18/05/2006
  • 8-9: 19/05/2006

Ingreso del saldo resultante del año 2005:

  • 0-1: 16/05/2006
  • 2-3: 17/05/2006
  • 4-5: 18/05/2006
  • 6-7: 19/05/2006
  • 8-9: 22/05/2006

Declaraciones complementarias
Sin embargo, la utilización de dicho aplicativo anterior (6.0) exige que las sociedades presenten una declaración jurada informativa complementaria. í‰sta podrá ser generada mediante el programa "Gannacias Personas Jurí­dicas - versión 7.99).

Por otra parte, también dio a conocer el cronograma aplicable en estos casos para la presentación de la declaración jurada complementaria e indicó:

  • Sociedades con ejercicios comerciales cerrados en diciembre de 2005: entre el 7 y 11 de agosto de 2006.
  • Sociedades con cierre en enero de este año: entre el 7 y el 13 de septiembre.
  • Sociedades con cierre en febrero: entre el 9 y el 13 de octubre de 2006.

En todos los casos obviamente deberá atenderse a la terminación de CUIT de la empresa.

Página web
La AFIP ha puesto a disposición de los contribuyentes, y a los fines de despejar sus inquietudes, los vencimientos, particularidades, formas de cancelación en su página web. A tal efecto, es recomendable consultarla cliqueando aquí­.

Samanta Linares
slinares@infobae.com