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Las cooperativas eléctricas deberán facturar aparte servicios adicionales

Las cooperativas que distribuyen energía deberán facturar por separado la prestación de otros servicios. Así lo estableció una nueva resolución
27/02/2019 - 05:23hs
Las cooperativas eléctricas deberán facturar aparte servicios adicionales

Las cooperativas que distribuyen energía deberán facturar por separado la prestación de otros servicios que ofrezcan. Así lo estableció una resolución avalada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) tras ser generada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).

Esta medida beneficiará en total a 3,1 millones de asociados, usuarios y consumidores. Actualmente, de las 501 cooperativas registradas en el INAES, 129 no están cumpliendo con esa normativa y cuentan con un plazo de 10 días para hacerlo.

Entre los servicios distintos que suelen incluirse en la misma factura se encuentran sepelio, emergencias médicas, bomberos, proveeduría, telefonía fija y móvil, agua potable, internet, servicio de TV digital, gas y tasas municipales, entre otros.

Si los consumidores prestan conformidad, las cooperativas podrán seguir cobrando esos servicios, pero por medio de una factura distinta a la de la electricidad. De esta forma, se brindará mayor transparencia en la facturación, porque permite conocer el consumo y tener claro lo que se carga como adicional.

Además, los consumidores estarán más protegidos, ya que se evitará el corte del servicio eléctrico por la falta de pago de una factura que incluía conceptos ajenos al consumo.

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