Se pone en marcha el régimen de factura de crédito
La AFIP pondrá en marcha el Régimen de Facturas de Crédito Electrónica Mipymes a partir del 11 de marzo.
En el registro deben consignarse cada una de las instancias por las que pasa la factura de crédito electrónica (FCE), incluso la micro, pequeña o mediana empresa deberá ingresar y consultar si al comprador a quien debe facturarle está obligado a recibir FCE.
También quedarán registrados la aceptación o rechazo de esta, el envío de la FCE a la Caja de Valores, entre otras contingencias que puede atravesar.
El funcionamiento del régimen comienza con la mipyme verificando que su comprador figura en el listado de grandes empresas obligadas a recibir FCE, de ser así emite la FCE a través de alguno de los servicios de emisión que AFIP dispone en su página: comprobantes en línea, web services o emitiendo la factura de crédito mediante el sistema de comprobantes con código de autorización anticipado (CAEA), este último de uso muy específico.
La empresa grande recibe la factura y tiene 10 días para rechazarla o 30 días para aceptarla expresamente o transcurrido ese lapso sin manifestación del comprador se considera aceptada tácitamente o la cancela.