Actualizan montos de facturación para ingresar al "Registro Mi Pyme"
El Gobierno dio a conocer la nueva resolución 220/2019 emitida por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña Empresa que debe ser tomada en cuenta para categorizar a las compañías de menor tamaño e inscribirlas en el "Registro Mi PyME".
La flamante norma fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.
A continuación, los nuevos parámetros:
El "Certificado MiPyME" tendrá vigencia desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante. La empresa podrá iniciar el trámite de renovación, a partir del primer día de dicho mes.
Los interesados podrán verificar la validez de los Certificados MiPyMEs presentados ante ellos a través de la Sitio web (https://pyme.produccion.gob.ar/condicionpyme/).
Además de actualizar las categorías se incorporan los siguientes parámetros:
La flamante norma también agrega la opción de compartir datos a organismos privados, con el objetivo de facilitar el acceso a líneas especiales de financiamiento, simplificar trámites y propiciar la transparencia. Las PyMEs que no opten por compartir información no perderán los beneficios fiscales comprendidos en el Registro PyME.
A su vez, se simplifica y se agiliza el trámite de PyMEs integrantes de un grupo económico. Ye unifica el cuerpo normativo PyME con el agrupamiento de las resoluciones PyME, de Categorización y de Certificado PyME para facilitar el acceso y gestión.