El lavado de dinero es una figura que aún necesita ajustes
En el futuro veremos si se modifica el tipo penal. En la actualidad, el investigador tiene que contar con evidencia de la existencia de un delito previo. Esto quiere decir que, en materia de lavado de dinero, se sanciona a quien colabora para encubrir, administrar, lavar dinero, en tanto provenga de un "delito previo" entendido como tal por un juez.
Para nosotros, está actualmente definido como encubrimiento mientras que la tendencia mundial gira hacia la definición de un tipo penal autónomo. Tribunales más garantistas, como el español, definieron que "con indicios de delito previo alcanza para iniciar una investigación por lavado de dinero".
De esta forma, los países no dependen de la ocurrencia de un delito previo para llevar adelante una investigación, y esto es algo que, en un futuro, creo que va a llegar a nuestro sistema jurídico penal. Por el momento, se trata de una cuestión pendiente.
No obstante, ya se está avanzando a un mejoramiento de la legislación a fin de lograr una política global comprometida en la lucha contra el lavado de dinero y el terrorismo.
RAíšL SACCANI
MIEMBRO DEL íREA DE FORENSIC
SERVICES DE KPMG