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Presentan proyecto de ley para impulsar el estatuto del contribuyente

Los contadores, de la mano del diputado Gastón Roma presentaron un proyecto de ley para implementar el Estatuto del Contribuyente
20/11/2019 - 06:13hs
Presentan proyecto de ley para impulsar el estatuto del contribuyente

Los contadores reunidos en la Asociación "Nosotros Los Contribuyentes", de la mano del diputado Gastón Roma presentaron un proyecto de ley para implementar el Estatuto del Contribuyente.

"La iniciativa brinda derechos y garantías al contribuyente contra el abuso de la AFIP, limitando y reduciendo el poder avasallante que tiene en la actualidad el organismo recaudador", señalan los contadores que elaboraron la propuesta.

Entre otros puntos, el proyecto establece:

- Derecho a ser informado. Los contribuyentes tienen Derecho a ser informados y asistido por la Administración Federal de Ingresos Públicos en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias acerca del contenido y alcance de las mismas.

- Derecho a repeticiones y devoluciones. Los contribuyentes tienen derecho, a las devoluciones de ingresos indebidos y las devoluciones de oficio que procedan, con abono del mismo interés que la Administración Federal de Ingresos Públicos cobra en caso de mora del contribuyente.

- Derecho a reembolso. El contribuyente goza del derecho de ser reembolsado, en la forma fijada en esta Ley, del coste de los avales y otras garantías aportados para suspender la ejecución de una deuda tributaria, en cuanto ésta sea declarada improcedente por sentencia o resolución administrativa o judicial firme.

Además, el contribuyente podrá rectificar en menos sus declaraciones juradas por hasta un 50% menos de lo declarado originalmente sin necesidad de realizar una acción de repetición si dicha rectificación se realizare dentro de los 90 días hábiles administrativos de presentada la declaración jurada correspondiente.

En este caso deberá acreditar debidamente el error  ante la Administración Tributaria la cual suspenderá la ejecución de la deuda tributaria por un máximo de 60 días hasta que compruebe el error incurrido por el contribuyente.

Asimismo, la iniciativa propone que todas las determinaciones de oficio tendrán el carácter de definitivas no pudiendo abrirse nuevamente determinación por los periodos fiscales en cuestión por ninguna razón de ninguna naturaleza.

En tanto, el contribuyente podrá compensar sus saldos a favor con toda clase de tributos incluyendo los aportes y contribuciones. Los intereses y multas podrán ser además compensados con cualquier tipo de deuda común que el contribuyente tenga para con el estado.

Las inspecciones deberán únicamente requerir la documentación que legalmente se establece como obligatoria de exhibir. Toda otra documentación que el fisco requiera podrá y deberá ser negada por el contribuyente.

El requerimiento de documentos que no corresponden será sancionado como incumplimiento a los deberes de los funcionarios públicos. El contribuyente también puede y debe negarse a exhibir documentación que la Administración Federal de Ingresos Públicos ya tiene en su poder o que ya le fue exhibida.

En todos los casos el contribuyente solo está obligado a exhibir y nunca a entregar documentos a menos que la ley indique lo contrario.

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