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Se debe renunciar al secreto fiscal para acceder al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción

Deben renunciar al secreto fiscal y aceptar que la AFIP comparta la informacióN con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la ANSES
11/04/2020 - 10:53hs
Se debe renunciar al secreto fiscal para acceder al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción

Un tema que no puede pasar desapercibido por la importancia del mismo, es que los contribuyentes que quieran adherirse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción dispuesto por el Decreto 332/2020 deben renunciar al secreto fiscal y aceptar que la AFIP comparta la información de su patrimonio con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Administración Nacional de la Seguridad Social.

La fórmula de la renuncia al secreto fiscal que hay que aprobar para poder registrarse es la siguiente:

 

Esto implica que la AFIP puede entregar a dichos organismos toda la información patrimonial de los contribuyentes, tanto de los bienes en el país como los del exterior.

Por ejemplo:

  • Inmuebles
  • Cuentas bancarias
  • Inversiones
  • Automotores
  • Dinero en efectivo en pesos
  • Dinero en efectivo en moneda extranjera
  • Entre otros

La información amparada por el secreto fiscal es sumamente delicada para los contribuyentes, que la brindan al Fisco en cumplimiento de sus obligaciones.

En este caso, el estado de necesidad de los contribuyentes de obtener prórrogas y beneficios por el coronavirus hace que tengan que aceptar obligadamente renunciar al secreto fiscal, quieran o no hacerlo.

Es decir, el Estado los está obligando a renunciar a un derecho para acceder a un beneficio de emergencia y eso no es positivo.

En el pasado, con los controles de cambio, todos recordamos que la AFIP hacía controles de capacidad patrimonial en relación a la compra de moneda extranjera.

Si esa era una función que estaba permitida para la AFIP, podría instrumentarse este tipo de controles en este caso.

De esa forma se evitaría exigir a los contribuyentes la renuncia al secreto fiscal y brindar la información a otros Organismos.Entendemos que se debería volver esta medida para atrás. Debería permitirse revocar la renuncia y que la AFIP, con los datos que posee, realice los controles en base a los parámetros que se establezcan e informe por si o por no, la correspondencia del beneficio.

Es decir, no brinde información patrimonial sino brinde el resultado del proceso, tal como hacía al momento en que un contribuyente quería adquirir moneda extranjera en el pasado.

En un momento donde circulan rumores, luego desmetidos, acerca de que el Fisco va a compartir datos de quienes se adhirieron al último blanqueo con el Congreso o que el Congreso se debe resguardar al máximo el derecho al secreto fiscal.

Tanto por cuestiones patrimoniales como por cuestiones de seguridad de las personas.

Si no se puede optar por volver atrás, sería importante que los Organismos que recibirán los datos, informen cuales son las medidas de seguridad que tomarán para resguardar los mismos.

Sebastián M. Domínguez

Socio de SDC Asesores Tributarios

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