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Súper Moratoria 2020: reclaman beneficio para contribuyentes cumplidores

El legislador Hugo Romero presentó un proyecto que busca generar un beneficio a todos los contribuyentes cumplidores de las obligaciones tributarias.
16/07/2020 - 09:00hs
Súper Moratoria 2020: reclaman beneficio para contribuyentes cumplidores
 

El diputado nacional por la UCR Hugo Romero presentó un proyecto que tiene por objeto generar un beneficio fiscal a todos los contribuyentes cumplidores de las obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras que no posean deudas al 30 de noviembre de 2019 (fecha establecida en la ley 27.541) o al 30 de junio del 2020 (en caso de aprobarse el proyecto de ley de ampliación de moratoria) y que haya efectivamente pagado intereses o multas por obligaciones fuera de término.

"Proponemos que el monto total abonado en intereses o multas por los contribuyentes cumplidores se transforme en un crédito fiscal para ser utilizado en obligaciones futuras", explicó el legislador cordobés.

En este sentido, agregó que lo que se busca es "poner en igualdad de condiciones a aquellos que acceden a los beneficios de exenciones y/o condonaciones previstas en la moratoria, con los contribuyentes que hicieron el esfuerzo, pagando multas e intereses para ponerse al día con las obligaciones tributarias, incluidas desde el 1 de enero de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2019".

"En estos tiempos difíciles, existen millones de contribuyentes que han realizado un gran esfuerzo para cancelar sus obligaciones a término y muchos de ellos lo hicieron pagando intereses y multas por no haber podido cumplir en los plazos establecidos", dijo el diputado.

"Necesitamos, desde el Estado, brindar distintos mecanismos para acompañar a todos los sectores de la economía. Así como apoyamos la extensión de moratorias y distintas medidas para aquellos que por la crisis no logran cancelar sus obligaciones, también debemos beneficiar a quienes, a pesar de estas circunstancias, tuvieron la decisión de cumplir con el fisco", concluyó Romero.

Arranca la discusión por la Súper Moratoria 2020

La Cámara de Diputados pondrá en marcha este jueves a las 17, con la presencia de funcionarios nacionales, el debate sobre la moratoria universal propuesta por el Poder Ejecutivo en el marco de la pandemia del Covid-19.

La discusión se dará en la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que preside Carlos Heller (Frente de Todos), y una vez que el proyecto obtenga dictamen favorable, quedará en condiciones de ser tratado en el recinto.

Si bien no fue confirmado, participarían de la reunión virtual la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

La propuesta del Ejecutivo consiste en una moratoria impositiva, aduanera y de seguridad social que amplía el alcance de aquella que se aprobó con la Ley de Solidaridad Social en diciembre pasado.

Tanto personas humanas como jurídicas podrán regularizar todas las deudas vencidas hasta el 30 de junio de este año, pudiendo adherir al régimen hasta el mes de octubre, y la primera cuota vencerá el 16 de noviembre.

Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que adhieran, podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y en el caso de las obligaciones de seguridad social, los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas.

Moratoria fiscal: proyecto de ley

La iniciativa, enviada a la Cámara de Diputados de la Nación, amplía el alcance de la Moratoria 2020 creada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, para incluir a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados y aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia del Covid-19.

Y forma parte de los diferentes instrumentos diseñados por el Gobierno Nacional con el objetivo de ofrecer alivio financiero a las familias, comercios, pymes y empresas.

En ese sentido, el titular de la cartera de Producción, Matías Kulfas, señaló que el envío de este proyecto de ley de moratoria impositiva y previsional, tiene como fin que "las empresas puedan salir de esta crisis con una menor carga, para que cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas y así crecer de manera sólida, con una economía en crecimiento a través del trabajo de todos los argentinos".

Por su parte, Mercedes Marcó del Pont, destacó que "los problemas que arrastraban las las empresas, los comercios y las familias se extendieron a todo el entramado productivo con la irrupción del COVID-19".

 

Asimismo, agregó que el objetivo es "extender a todos los contribuyentes el alcance de la moratoria de la Ley de Solidaridad y Reactivación que estaba focalizada en el sector que acumulaba mayor cantidad de deuda y condicionantes en materia de financiamiento".

Súper Moratoria 2020: reclaman beneficio para contribuyentes cumplidores

Moratoria 2020: principales características

  • Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
  • Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020
  • Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
  • Primera cuota vence el 16 de noviembre
Moratoria 2020: acceda al texto completo
Moratoria 2020: acceda al texto completo
  • Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
  • Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
  • Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
  • Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.