La AFIP aprobó nuevo aplicativo para pagar Ganancias respecto del beneficio ATP
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó una nueva versión del aplicativo Ganancias Personas Jurídicas el cual se deberá utilizar para las presentaciones que se realicen desde este miércoles 19 de agosto.
Mediante la Resolución General 4793 publicada en el Boletín Oficial, se dispuso que los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General (AFIP) 4626, a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias y la confección de la respectiva declaración jurada deberán utilizar el programa aplicativo denominado "GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS – Versión 18.0" o la versión que se apruebe en el futuro.
Las modificaciones introducidas en esta nueva versión contemplan, entre otras, las siguientes incorporaciones:
2.1. En la pantalla "Datos descriptivos"- nuevos campos:
2.1.1. Leyendas de declaración sobre el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
2.2. En caso de ingresar en "Datos Descriptivos" la información declarativa sobre el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) deberá, de corresponder:
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2.2.1. En la pantalla "Otros ingresos": completar la información del beneficio recibido por el programa en el campo de "Otros Ingresos".
De esta manera, la AFIP actualiza el software para que las sociedades y empresas unipersonales presenten sus declaraciones juradas de ganancias incorporando la "ganancia" por el beneficio del Programa ATP en cuanto a la ayuda para el pago de salarios, señalan desde el Blog del Contador.
Créditos a tasa subsidiada
La Admininistración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el viernes 21 de agosto, inclusive, el plazo para que las empresas tramiten un Crédito a Tasa Subsidiada.
El financiamiento para el pago de los salarios de julio de trabajadoras y trabajadores está disponible para empleadores inscriptos en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) que registraron en junio una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30% en relación con el mismo mes del año pasado.
El trámite se inicia a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante una entidad bancaria que es seleccionada por cada empresa. La extensión del plazo apunta a facilitar el acceso a una de las herramientas del Programa ATP para ofrecer alivio a los empleadores afectados por la pandemia del COVID-19.
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