• 25/12/2025
ALERTA

Rentas lanza nuevo plan de pagos de Ingresos Brutos

Está orientado a contribuyentes locales y de Convenio Multilateral con deudas, anteriores al 1º de julio de 2006, que no superen los $3.600
06/09/2006 - 14:01hs
Rentas lanza nuevo plan de pagos de Ingresos Brutos

El nuevo Plan de Facilidades de pago, que ofrece la Dirección General de Rentas de la Ciudad, está orientado a los contribuyentes de Ingresos Brutos, sean locales o de Convenio Multilateral.

Para adherir a los planes es necesario que las deudas del impuesto no superen los $3.600 y que, al momento de adherirse, el contribuyente haya cancelado todos los vencimientos posteriores al 1º de julio del 2006.

La fecha de finalización para la adhesión al plan es el 31 de octubre "pero se arbitrarán los medios como para que todos los contribuyentes que muestren voluntad de pago, puedan acceder a este nuevo plan", precisaron desde Rentas.

Vale aclarar que el alcance del plan se encuentra sujeto a ciertas exclusiones.

Grandes descuentos para deudas pequeñas
Bajo este lema, los contribuyentes podrán optar por pagos al contado de toda la deuda se le condonarán la totalidad de los intereses resarcitorios. De optar por regularizar su situación hasta en hasta 6 cuotas, la reducción de los intereses será del 50% y no tendrán intereses de financiación.

Así­ lo informó el organismo recaudador el que también aclaró que "las adhesiones se pueden efectuar personalmente en la Dirección General de Rentas (Viamonte 900) de 9:30hs. a 15:30hs. o en las Delegaciones de Rentas  ubicadas en los CGP. Para mayor información en el call-center o en inforentas@rentasgcba.gov.ar".

Exclusiones
A fin de precisar qué tipo de deudas no pueden incluirse en el plan de pagos, el organismo aclaró que están excluidos:

  • Las caducidades de este plan de facilidades y las que se hubieran producido en aquellos regulados por la Resolución Nº 2722-SHyF-2004 y otros que no hayan implicado novación.
  • Las deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y las caducidades de planes originadas en el mismo tributo que correspondan a los contribuyentes pertenecientes al universo de Grandes Contribuyentes y aquellas originadas en el Régimen Simplificado de dicho impuesto.
  • Las multas de cualquier naturaleza aplicadas por la Dirección General de Rentas.
  • Las deudas en instancia judicial, en cualquiera de las etapas en que se encuentre.
  • Las deudas de los contribuyentes que hubieren solicitado su concurso preventivo. Igual criterio se adoptará con los contribuyentes fallidos.
  • Las deudas provenientes de los agentes de recaudación, por los gravámenes retenidos o percibidos y no depositados o los que se depositaron fuera de término.
  • Los contribuyentes o responsables querellados o denunciados penalmente por el Fisco de la Ciudad de Buenos Aires, por la comisión de delitos que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias;.
  • Los contribuyentes o responsables con procesamiento firme por denuncia o querella iniciados por terceros, por la comisión de delitos que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias".
Samanta Linares
slinares@infobae.com