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Domicilio electrónico: cómo funciona en la práctica

Con una visión dinámica, desde la firma Arizmendi señalan las pautas que rigen la operatoria electrónica a los fines de cumplir adecuadamente con el fisco
09/09/2006 - 14:01hs
Domicilio electrónico: cómo funciona en la práctica

Recientemente, la Administración Federal de Ingresos Públicos efectuó un ordenamiento y actualizó las disposiciones reglamentarias relacionadas con el domicilio fiscal de los contribuyentes, quedando de esta manera la totalidad el texto normativo unificado en la resolución 2109/06.

En este contexto, el domicilio electrónico resalta por sus ventajas a la hora de hacer efectivo un canal de comunicación entre el fisco y los contribuyentes.

Una opción interesante
Los contribuyentes tienen la opción de constituir el domicilio fiscal electrónico ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Luego, estas comunicaciones informáticas pueden ser utilizadas por la AFIP para notificar los siguientes actos administrativos:

  • Liquidaciones administrativas de impuestos
  • Citaciones, notificaciones, emplazamientos e intimaciones

Este domicilio se instrumenta mediante una aplicación informática denominada "e-ventanilla", que opera a través del sitio web de la AFIP.

Para adherir, la persona autorizada por la empresa debe transmitir ví­a "Internet" una fórmula de adhesión aprobada por la AFIP.

Una vez constituido el domicilio tendrá una validez de un año, contado desde la fecha de notificación de la aceptación, y producirá en el ámbito administrativo que las notificaciones sean consideradas válidas y plenamente eficaces.

Cómo funciona
A fin de esclarecer la práctica de esta operatoria, es fundamental precisar varios conceptos clave:

  • Habilitación: el domicilio fiscal electrónico se habilitará mediante una funcionalidad especí­fica del servicio "web" denominado "e-ventanilla".
  • Una vez adherido al servicio conforme el artí­culo 4º de la presente el contribuyente y/o responsable deberá dar el alta al servicio respectivo.
  • Al ingresar con su usuario de clave fiscal tendrá disponible, en un menú individual, el servicio denominado "e-ventanilla", donde podrá verificar todas las comunicaciones enviadas a su domicilio fiscal electrónico. Como prestación inicial el sistema brindará al usuario un estado de situación, identificando las comunicaciones leí­das y las no leí­das de cada servicio.
  • Todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal electrónico tienen un tiempo de vida, que se encuentra identificado con el contenido de la misma. Superado el tiempo de vida (contado a partir de la fecha de generación de la comunicación informática), ésta será removida de su domicilio fiscal electrónico y depositada en un archivo histórico de comunicaciones.
  • Para recibir avisos acerca de las novedades producidas en el domicilio fiscal electrónico, se podrán registrar distintas direcciones de correo electrónico. El usuario podrá modificar estas direcciones tantas veces como considere necesarias.
  • También estará disponible una "consulta de eventos" donde el usuario tendrá un detalle de todas las operaciones realizadas por él, indicando tipo de operación, fecha y hora de la misma.

De esta manera el usuario podrá verificar y/o recordar todas las operaciones realizadas sobre el sistema. El servicio prevé la clasificación de las comunicaciones informáticas según su grado de importancia, habiéndose definido las siguientes categorí­as:

  • Importancia baja: el sistema posibilitará al usuario consultarlas en el momento que considere oportuno, sin limitaciones de operación en los restantes servicios "web" a los que se halle adherido.
  • Importancia media: las comunicaciones con esta graduación serán identificadas, a modo de alerta, al ingresar el usuario y contraseña en su portal individual, permitiéndole el acceso inmediato a su domicilio fiscal electrónico.
  • Importancia alta: en este caso el sistema informará la existencia de la misma apenas el responsable autorizado haya ingresado su usuario y contraseña en su portal individual, redireccionándolo automática e inmediatamente a su domicilio fiscal electrónico para su lectura. Hasta que la comunicación no haya sido leí­da, el sistema imposibilitará al usuario a operar con ningún otro servicio electrónico del organismo.

El sistema no permitirá la eliminación ni modificación de los mensajes por parte del usuario. Las posibilidades de consulta son de sólo lectura. Para el caso de archivos adjuntos a una comunicación, el sistema prevé un sistema de no repudio, mediante la inclusión de la firma PKCS#7 para cada archivo adjunto al mensaje del organismo.

De esta manera el usuario podrá verificar no sólo la integridad del archivo descargado, sino además que el originador del archivo ha sido el organismo, y que su contenido no ha sido modificado durante la transferencia.

Los programas y servicios adheridos tendrán automáticamente su devolución por e-ventanilla, independientemente que esté o no habilitado algún usuario para el uso del domicilio fiscal electrónico.