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AFIP suspendió por dos meses más la aplicación de una clasificación de riesgo, ¿qué consecuencias tiene?

El scoring conocido como SIPER se aplica, entre otras cosas, para las cuotas y tasas de los planes permanentes de pago. Se prorrogó su suspensión
28/01/2021 - 10:03hs
AFIP suspendió por dos meses más la aplicación de una clasificación de riesgo, ¿qué consecuencias tiene?

Los contribuyentes que vienen arrastrando problemas en el pago de los impuestos podrán acogerse a los máximos beneficios de los planes permanentes de facilidades de pago por dos meses más.

La AFIP tiene un sistema de scoring para clasificar a los contribuyentes por el riesgo de incumplimiento de los impuestos, que se aplica especialmente para recortar los beneficios de los planes permanentes de facilidades de pago.

Este scoring, denominado Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), está suspendido desde agosto de 2019 pero debía volver a su vigencia el próximo lunes 1 de febrero.

Sin embargo, la AFIP alargó hoy la posibilidad de tener el máximo de cuotas y el mínimo de tasa de interés para todos, cualquiera sea su calificación, en los planes permanentes de pago.

Para ello, el organismo recaudador publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución General 4917/2021.

A estos planes permanentes se puede acceder en cualquier momento del año a través de la web de la AFIP.

En total, en el año gozar de 8 planes permanentes al mismo tiempo para ir solucionando distintos atrasos en los impuestos.

A raíz de la crisis de la pandemia, la AFIP amplió el beneficio el año pasado de 6 a 8 cuotas.

Y esto pudieron aprovecharlo todos los contribuyentes, independientemente de que por la propia crisis no hayan cumplido con los rigurosos requerimientos que exige el SIPER.

Con la pandemia, se multiplicaron las dificultades de los contribuyente para cumplir con la AFIP
Con la pandemia, se multiplicaron las dificultades de los contribuyente para cumplir con la AFIP

Se necesitan más planes

Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, enfatizó que ante la situación de crisis de 2020, hay muchas empresas que registraron incumplimientos y su situación frente a los criterios del SIPER está peor.

Por este motivo, dijo Domínguez, la suspensión del SIPER debería seguir prolongándose.

Por otra parte, afirmó Domínguez, también se complicó para los contribuyentes de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del ejercicio 2019, cuyo pago venció en agosto de 2020.

Desde este mes, estos contribuyentes tienen la posibilidad de incluir el saldo impago en los planes permanentes de 8 cuotas.

Sin embargo, Domínguez sostuvo que es necesario un plan de facilidades de pago específico, con más cuotas, para quienes adeudan Ganancias y Bienes Personales de 2019, porque los beneficios del plan permanente no son suficientes.

Qué es el scoring

El SIPER es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de la presentación de declaraciones juradas y pago de impuestos de los contribuyentes.

De acuerdo al comportamiento fiscal de cada contribuyente inscripto tanto en el régimen de Monotributo como en el Régimen General de IVA y Ganancias, el sistema lo ubica en determinada categoría.

Las categorías vigentes de SIPER son las siguientes:

-Categoría A: Riesgo muy bajo

-Categoría B: Riesgo bajo

-Categoría C: Riesgo medio y nuevas altas

-Categoría D: Riesgo alto

-Categoría E: Riesgo muy alto

El SIPER toma en cuenta cuestiones impositivas y también la situación en el Veraz
El SIPER toma en cuenta cuestiones impositivas y también la situación en el Veraz

Para establecer el nivel del scoring, la AFIP analiza toda una serie de cuestiones, entre las que tiene en cuenta las siguientes:

El análisis es mensual, y tendrá en cuenta las siguientes situaciones:

-Incumplimiento de pago.

-Cuotas impagas en planes de facilidades vigentes o caducidades.

-Falta de presentación de declaraciones juradas o presentaciones de IVA sin movimiento.

-Inconvenientes en el estado de domicilio fiscal o reiterados cambios de domicilio.

-No haber constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

-Inclusión en la base de contribuyentes no confiables.

-Quiebra declarada, en trámite o con continuidad.

-Concurso preventivo.

-Procesos judiciales o causas penales.

-Fiscalización con ajustes significativos sobre los impuestos declarados.

-Inclusión en la central de deudores del Banco Central.

-Falta de actualización del Código de Actividad en el Sistema Registral.

-Bajas o exclusiones de oficio por la administración tributaria.

-Requerimiento incumplido o con inconvenientes para su notificación.

-Restricciones para la emisión de comprobantes tipo "A".

-Estado "inactivo" de la CUIT o con limitaciones.

La consecuencia más inmediata de tener una buena calificación se ve en un mayor plazo o una menor tasa de interés en los planes permanentes de pago, y para esto está suspendido.

Sin embargo, la AFIP sigue pudiendo aplicar el SIPER para seleccionar el universo de contribuyentes a fiscalizar, así como también para exigir menos documentación a aquellos contribuyentes que soliciten, por ejemplo, una eximición de anticipos de impuesto y se encuentren bien calificados.