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ALERTA

Pyme: prorrogan adhesión al Régimen de Crédito fiscal

Las empresas podrán presentar hasta el 13 de octubre los proyectos destinados a tareas de capacitación 2006, según lo dispuesto por la ley 22.317
21/09/2006 - 14:01hs
Pyme: prorrogan adhesión al Régimen de Crédito fiscal

La Subsecretarí­a de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional dictó la disposición 122/06 prorrogando hasta el 13 de octubre el plazo para que las empresas presenten los proyectos de educación técnica  -año 2006-  en el marco del régimen de crédito fiscal, instaurado por la ley 22.317.

El reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos habí­a fijado como fecha tope de presentación el dí­a 29 de septiembre de 2006 a las 16:00 hs, según la disposición  99/06.

Los destinatarios de los beneficios derivados de este Régimen son las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el fin de que, a través de la capacitación, promuevan su crecimiento y desarrollo, resultando ello polí­tica prioritaria del Gobierno nacional todos los temas vinculados a dicho sector.

Antecedentes
La ley  22.317 creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la AFIP con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.  Posteriormente, la ley 24.624 modifica el Régimen haciéndolo extensivo a todas las personas de existencia visible o ideal que desarrollen actividades económicas.

El cupo anual para el 2006, que fijó el Presupuesto General de la Administración Nacional, es de $ 18.000.000. El lí­mite del cupo de crédito fiscal a solicitar por parte de las empresas, no podrá exceder el ocho por mil, para el caso de grandes empresas, u ocho por ciento para el caso de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas respecto de la masa salarial de los 12 meses anteriores tomados desde la fecha que establece la reglamentación.

A fin de lograr un mejor y más pertinente impacto social, regional y económico de los fondos disponibles, se establece que las empresas que soliciten acceso al Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación, deberán estar previamente inscriptas en el Registro de Empresas y deberán presentar proyectos de capacitación bajo las modalidades establecidas en la reglamentación.

De esta manera, la disposición  99/06 establece que la inscripción en el "Registro de Empresas" y el "Registro de Unidades Capacitadoras" se deberá revalidar en forma anual, hasta el último dí­a hábil para la presentación de Proyectos de Capacitación correspondientes al primer llamado del Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de cada año.

Natalia Hamui
nhamui@infobae.com