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¿Hoy es feriado?: calendario de días no laborables Argentina 2021

Te contamos uno por uno cuáles son los feriados trasladables, inamovibles y feriados por fines turísticos que restan en lo que falta del año
01/04/2021 - 07:00hs
¿Hoy es feriado?: calendario de días no laborables Argentina 2021

Si bien bien aún persisten las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, en algunos lugares es posible trasladarse con permiso y manteniendo los protocolos correspondientes para aprovechar los feriados.

En el siguiente artículo te contamos uno por uno cuáles son los feriados trasladables, inamovibles y feriados por fines turísticos que restan en lo que queda del año.

Estos son los próximos feriados del 2021

  • En abril se juntan la conmemoración del 2 de abril con la Semana Santa, que cae los primeros días del cuarto mes. 
  • El 1 de mayo, Día del trabajador, es el siguiente feriado del calendario, que cae sábado, por lo que pasará un poco más desapercibido de lo común.
  • El siguiente feriado de mayo es el día 25, en conmemoración a la Revolución de Mayo. 
  • En junio se recuerdan el Día de la Bandera, 20 de junio, y el día del fallecimiento de Martín Miguel de Güemes, el día 21. 
  • El 9 de julio, Día de la Independencia, también es feriado y cae viernes. 
  • En agosto, el clásico feriado del 17, conmemoración del fallecimiento de San Martín, pasa al día 16.
  • En septiembre hay días no laborables relacionados a quienes profesan la religión judía, pero no hay feriados nacionales. 
  • El siguiente feriado es en octubre, el 12 se conmemora el Día de la Diversidad Cultural, que pasa al lunes 11. 
  • En el mes de noviembre está el feriado por el Día de la Soberanía Nacional y en diciembre llegan los feriados tradicionales: 8  y 25.

Cuándo son los fines de semana largos de 2021

El próximo finde semana largo será en Semana Santa.

Semana santa - 2 de abril

Este fin de semana largo, el tercero del año, coinciden dos conmemoraciones. La primera es la Semana Santa, que también es una celebración de la religión católica en la que se conmemoran los días previos al fallecimiento y la resurrección de Jesús. 

La conmemoración del 2 de abril está relacionada a la historia y a la memoria del pueblo argentino.

El 22 de noviembre de 2000 el gobierno nacional estableció el 2 de Abril como el Día del Veterano y de los Caídos en la guerra de Malvinas.

Conmemoración de la Revolución de Mayo

El 25 de mayo se recuerda en Argentina un nuevo aniversario de la Revolución de Mayo, que tuvo lugar en el año 1810. Este año el 25 de mayo cae martes, por lo que las autoridades decidieron que el 24 sería feriado con fines turísticos. De esta manera, ese fin de semana se transforma en un fin de semana largo

Junio con dos feriados en un fin de semana largo

El mes de junio tiene dos fechas importantes que hacen que el fin de semana del 19 y 20 de junio sea fin de semana largo.

El día 20, que cae domingo, es feriado por la conmemoración del fallecimiento de Manuel Belgrano, popularmente conocido como Día de la Bandera, en homenaje a que Belgrano fue el creador de este símbolo nacional. Entre ambas forman un fin de semana largo que las personas podrán disfrutar como más les guste

¿Hoy es feriado? Calendario de días no laborables Argentina 2021
¿Hoy es feriado? Calendario de días no laborables Argentina 2021

Por qué es feriado el 21 de junio

El 17 de junio se conmemora el paso a la inmortalidad del general Miguel Martín de Güemes, motivo por el que es feriado nacional. Sin embargo, como es trasladable, se corrió al lunes 21, de modo que el fin de semana se transforma en un fin de semana largo.

Miguel Martín de Güemes nació el 8 de febrero de 1785 en Salta, se destacó en la guerra de la independencia y en las guerras civiles argentinas. Durante seis años ejerció la gobernación de la provincia de su provincia natal.

La Guerra Gaucha que mantuvo el general salteño, puso al resto del territorio argentino libre de invasiones realistas que querían invadir desde el norte, fue clave para la expulsión del imperio español que quería recuperar sus territorios.

A principios de 2010, se incorporó como día no laborable el 17 de junio. Pero el 10 de junio de 2016, el Gobierno de Mauricio Macri, a pedido del gobierno salteño, promulgó la ley que incorpora al calendario oficial el feriado del 17 de junio.

Día de la Independencia

El 9 de julio de cada año se conmemora el Día de la Independencia, que tuvo lugar el 9 de julio de 1816, apenas seis años después de la gesta conocida como Revolución de Mayo. Este año el 9 de julio cae viernes y forma un fin de semana largo ideal para quienes disfruten de los destinos de invierno.

Conmemoración del fallecimiento de San Martín

Otro de los fines de semana largos del año tendrá lugar en agosto. El día 17 de ese mes se conmemora el fallecimiento, o paso a la inmortalidad, del General San Martín, quien liberó a la Argentina y a otros países de la región. 

Si bien el día 17 cae martes, las autoridades decidieron pasarlo al lunes 16 para formar un fin de semana largo.

Calendario de feriados 2021
Calendario de feriados 2021

Día del Respeto a la Diversidad Cultural

El 12 de octubre se celebra el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, anteriormente conocido como Día de la Raza.

Dado que en septiembre no hay feriados nacionales, el siguiente feriado y fin de semana largo después del 17 de agosto es el 12 de octubre. 

El 12 de octubre cae martes, pero las autoridades decidieron pasarlo al lunes 11. Sin embargo, este fin de semana será extra large. ¿Por qué? Porque también se agregó un feriado con fines turísticos el viernes 8. 

Día de la Soberanía Nacional

El siguiente feriado y fin de semana largo es el 20 de noviembre, momento en el que se conmemora el Día de la Soberanía Nacional. Si bien el feriado cae viernes, se agrega un día más el día lunes 22, que es un feriado con fines turísticos. 

Al finalizar este fin de semana largo se terminan este tipo de feriados en el 2021, dado que los dos feriados que hay en diciembre caen miércoles (el 8 de diciembre) y sábado (el 25 de diciembre). 

¿Cómo deben pagarse los feriados?

Cuando un empleado trabaja en feriado nacional se le debe abonar doble jornada
Cuando un empleado trabaja en feriado nacional se le debe abonar doble jornada

Cuando un empleado debe trabajar un día que es feriado nacional, el empleador está obligado por ley a abonar el doble por esa jornada.

En la Ley de Contrato de Trabajo, que es de 1976, no tuvo actualizaciones en estas décadas respecto de esta temática. Y todo lo que se relaciona con los feriados, lo traslada a la regulación de los convenios colectivos de trabajo y a los estatutos profesionales.

Puntualmente, cuando un dependiente realiza una jornada inferior a la máxima legal o convencional y tiene que trabajar por excepción durante su día de descanso -siempre que no supere el límite de jornada (8 horas diarias o la que dispusiera el convenio respectivo)- dicha hora no sería en exceso, aunque sí le correspondería el otorgamiento del franco compensatorio.

¿Cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable?

Más allá de que, con el tiempo, los días no laborables fueron tomando más protagonismo, hay diferencias entre esas jornadas y los feriados.

Sucede que no es lo mismo un feriado nacional que un día no laborable, aunque ambos se rigen por la Ley 27.399.

La jornada considerada como "no laborable" sí afecta a la administración pública.

"No laborable" significa que las empresas y empleadores tienen la potestad de determinar si les dan o no el día libre a sus empleados, por lo cual no corre para todos los trabajadores por igual.

La diferencia entre un feriado y un día no laborable la aclara la Ley de Contrato de Trabajo: "En los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que sobre el descanso dominical", por lo que "en caso de ser trabajado se recompensará con un 100 por ciento más la remuneración habitual".

Mientras, en los días no laborables "el trabajo será optativo para el empleador", salvo en la administración pública nacional, provincial y municipal.

Es decir que en el ámbito privado el día "no laborable" queda supeditado a la voluntad del empleador y, a diferencia de los feriados, no se pagará el doble de la jornada a quien se vea obligado a trabajar en esas fechas.

Por otra parte, cuando un día feriado tradicional no se trabaja, se abona a los empleados como jornada simple, aunque no hayan concurrido a la oficina o realizado tareas.

Feriados y días no laborables: cómo se pagan

La Ley de Contrato de Trabajo también especifica en su artículo 167 que "en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En esos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple".

La diferencia entre unos y otros es que los feriados, si se trabajan, deberán abonarse el doble de una jornada habitual. Mientras que los segundos se pagarán como siempre y quedará a opción del empleador si requiere de la presencia del trabajador.

La explicación aparece en la ley de contrato de trabajo. "En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical", se precisa en el artículo 166. En el que se agrega: "En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual".

Mientras que en los días no laborables, según precisa el artículo 167, "el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación." Y aquellos que "presten servicio, percibirán el salario simple".

Prestación de tareas en feriados nacionales

Puntualmente, cuando el asalariado presta tareas en un día con carácter de feriado nacional, dado que los mismos son días de conmemoración, por cuyo motivo se excluye el descanso compensatorio.

La Ley de contrato de Trabajo da tratamiento a estos en los artículos 166 y siguientes, de lo cual se desprende que el dependiente no está obligado a prestar tareas, percibiendo salario por el día que se conmemora.

Ahora bien, para el caso que trabaje en un feriado, conforme a lo que dispone el artículo 166, percibirá la remuneración normal más una de cantidad igual, la cual se calculará conforme dispone el artículo 169 de la LCT.

En este sentido, para determinar el valor según las formas de pago, la norma fija el cálculo de la siguiente manera:

  • Para los trabajadores mensualizados: si presta servicios en un día feriado, se considera que corresponde abonar el valor del día más un día más que se calcula como de vacaciones, es decir, corresponderá dividir su salario por 25.
  • Para los jornaleros por día o por hora: se debe pagar el día o las horas más otra cantidad igual, en el caso de que no concurrieran a laborar ese día se determinará de acuerdo con lo que normalmente el empleado percibe por día o por hora, teniendo en cuenta, en el caso de los jornaleros por hora, el número de horas que normalmente trabajan por día.
  • Para el trabajador que cobra comisiones y otras formas variables: la determinación del salario se efectuará tomando como base elpromedio percibido en los treinta días inmediatamente anteriores al feriado. Para obtener ese valor se suma todo lo percibido como remuneración en los últimos treinta días, dividiendo el total por el número de días u horas normales de trabajo que hay en esos treinta días.
  • Para los destajistas: se tomará como salario base el promedio de lo percibido en los seis días de trabajo efectivo inmediatamente anteriores al feriado o el que corresponde al menor número de días laborados.

Como ocurre con el descanso, las horas trabajadas en un feriado se liquidarán a valor normal, salvo que superen en límite legal (de 8 horas diarias o 48 horas semanales) o convencional. En cuyo caso, las mismas serán canceladas al 100% por haber sido realizadas en un día feriado, adicionando a su vez otro día igual que se liquidará como se indicó anteriormente y surge del artículo 169 de la LCT.

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