iProfesionaliProfesional

Ganancias y Bienes Personales: suben a $ 2,5 millones el piso que obliga a presentar declaraciones juradas

La titular del organismo recaudador indicó que, como la modificación es retroactiva a enero, se van a devolver las retenciones de los últimos meses
14/06/2021 - 13:50hs
Ganancias y Bienes Personales: suben a $ 2,5 millones el piso que obliga a presentar declaraciones juradas

La jefa de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, confirmó esta mañana que se firmó la reglamentación para modificar el impuesto a las ganancias para la cuarta categoría y, también, se refirió a la marcha atrás en cuanto a la Ley del Monotributo.

 "Estamos firmando esta mañana la reglamentación de la modificación del Impuesto a las Ganancias para la relación de dependencia, para la cuarta categoría. Apurados por que la idea del Gobierno es que esta medida traiga alivio el mes que viene, o a fin de mes cuando se cobren los salarios de junio y el medio aguinaldo", detalló la titular de la AFIP, sobre los efectos del proyecto ideado por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, que ya fue aprobado por el Poder Legislativo y promulgado por el presidente Alberto Fernández.

La titular del organismo recaudador indicó que, como la modificación es retroactiva a enero, se van a devolver las retenciones de los últimos meses en cinco cuotas, a partir de julio. "En el recibo de sueldo se va a advertir que todos aquellos trabajadores y trabajadoras que ganan hasta 150.000 pesos no van a tener la retención del impuesto a las ganancias y a aquellos a los que se les ha retenido van a recibir en cuotas la devolución", expresó.

Por otro lado, dijo que quienes perciban salarios entre 150.000 y 173.000 pesos tendrán "una reducción sensible" en lo que se les retendrá.

"Los cambios en el Impuesto a las Ganancias ofrecerán un importante estímulo al mercado interno. La medida permite recomponer ingresos y apuntalar el consumo. Alrededor del 90% de las trabajadoras y los trabajadores no pagarán el impuesto", indicó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, al referirse a las modificaciones impulsadas por el Gobierno nacional.

La normativa de la AFIP instrumenta las modificaciones introducidas por la Ley 27.617 con relación al incremento de la deducción especial correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad. La resolución del organismo también incorpora la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges. Asimismo, se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.

"Como parte de la reglamentación y con el objetivo de simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la AFIP incrementa el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa patrimonial para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El nuevo valor para el período fiscal 2020 se ubicará en $2.500.000. De esta forma más de 200 mil trabajadores se verán eximidos de realizar la presentación de las declaraciones juradas informativas este año", indicó el organismo a través de un comunicado.

Ganancias y monotributo

Marcó del Pont relacionó los beneficios de la modificación del impuesto a las ganancias con la marcha atrás en la legislación que se aplica para los monotributistas -luego de las quejas de los contribuyentes- por la cual se iba a aplicar un incremento de los aportes mensuales con efecto retroactivo a enero.

"Alberto dijo ‘resuélvanlo’, y la forma es con una modificación de ley que presentó el oficialismo y que va a generar un alivio muy importante para otro sector de la clase media, que significa mayor capacidad de ingresos y consumo en estos momentos tan difíciles", sostuvo del Pont.

"Más de 1.200.000 de personas con salarios de hasta 150 mil pesos dejarán de pagar el impuesto. La ley impulsada por el oficialismo permite que solo 1 de cada 10 trabajadores en relación de dependencia se vea alcanzado por el impuesto", definió Marcó del Pont durante una entrevista para Radio 10 y destacó la transferencia de recursos que conllevará la aplicación de la reforma: "Significa un alivio enorme, el ingreso disponible para consumo va a aumentar cerca de 50.000 millones de pesos".

Marcó del Pont:
Marcó del Pont: "Firmamos la reglamentación de Ganancias"

"Todos los que ganen hasta 150.000 pesos no van a tener retención y los que están entre 150.000 y 173.000 verán una reducción en la carga tributaria", confirmó Marcó del Pont en declaraciones radiales.

La normativa de la AFIP instrumenta las modificaciones introducidas por la Ley 27.617 con relación a la eliminación del tope de edad para la deducción del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad. La resolución del organismo también incorpora la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges. Asimismo, se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.

Acerca del régimen simplificado de pequeños contribuyentes, la titular de la AFIP aseguró que "los monotributistas que hayan pagado van a tener una reimputación de las diferencias que afrontaron, que implica que se van a liberar unos 20.000 millones de pesos adicionales para llevar alivio a otro sector de la clase media".

Marcó del Pont añadió que "el proyecto incorpora otro beneficio que es la suba de las categorías para dar mayor espacio para facturar con un alivio mayor para las categorías más bajas, como la A y B".

"Además, el proyecto añade otra arista, que es el programa de regularización que es casi como una moratoria con 60 cuotas y una tasa del 1,5% para los que se hayan pasado pueden volver", detalló la titular de la AFIP.

Consultada sobre la recaudación tributaria respondió que la evolución es muy favorable. "La recaudación viene muy bien. Destacamos la evolución de los impuestos progresivos como Ganancias y Bienes Personales", dijo la funcionaria.

Marcó del Pont resaltó que "también la recaudación del aporte solidario avanza de manera positiva, con 232 mil millones de pesos generados y 10.200 contribuyentes que pagaron de los 13 mil potenciales".

"Muchos han ido por la vía judicial y la estamos peleando. En general, la respuesta de la Justicia ha sido más favorable al fisco que a los contribuyentes", sostuvo la titular de la AFIP.

Ganancias: los cambios

La nueva ley exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000 brutos mensuales y el que establece cambios en el Régimen de Monotributo.

En el caso de Ganancias, establece que serán los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 brutos mensuales los que comiencen a pagar el gravamen.

Hasta ahora, los que pagaban el tributo eran los empleados en relación de dependencia solteros sin hijos, con un sueldo promedio neto mensual de $ 74.810 y los casados con dos hijos menores que cobran a partir de $ 98.963.

Por otro lado, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social).

sfad
Ya es oficial la reglamentación de Ganancias

1) Quiénes quedan exceptuados de Ganancias: solo pagarán Ganancias quienes perciban un salario bruto mensual superior a los $150.000, unos $124.500 de bolsillo. Para ese cálculo se considerarán todos los importes percibidos en un mes, con excepción del aguinaldo.

2) Retroactivo al 1 de enero: la ley tendrá vigencia al 1° de enero y el Gobierno devolverá los descuentos realizados en los primeros meses del año. Con el cobro de los sueldos de abril, los exceptuados recibirán lo que les retuvieron en enero, febrero y marzo. Se estima que la devolución alcanzaría los $10.000 millones.

3) Jubilados y pensionados​: el proyecto eleva el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de 6 a 8 haberes mínimos. Por lo tanto, solo pagarán el impuesto los que ahora cobran a partir de $164.571 mensuales. Además, ese piso se ajusta automáticamente cada 3 meses por la ley de movilidad jubilatoria.​ Sin embargo, el beneficio para jubilados aplica siempre y cuando no tenga otros ingresos distintos a la de la jubilación. Por ejemplo, si tiene intereses de un plazo fijo pierde el beneficio.

4) Aguinaldos​: el aguinaldo de los sueldos de hasta $ 150.000 brutos no pagará impuesto a las Ganancias.​

5) Qué pasa con los sueldos entre $ 150.000 y $ 173.000: esos trabajadores pagarán Ganancias, pero la AFIP establecerá las deducciones a fin de evitar grandes diferencias entre quienes deben tributar y los que están exentos.

6) Qué pasa con las jubilaciones de los presidentes y vices: por una propuesta de la diputada radical Carla Carrizo se estableció que las rentas vitalicias de los expresidentes y vicepresidentes paguen el impuesto.

7) Bonos productivos: se considera exento del pago de Ganancias los bonos por productividad, fallo de Caja y conceptos de similar naturaleza por el equivalente al 40% de base no imponible del impuesto -$ 67.071 anuales- para los trabajadores que perciben menos de $ 300.000 de sueldo bruto. Se estima que alcanza a 400.000 trabajadores. Se delega en el Poder Ejecutivo la reglamentación de lo que se entiende por "conceptos similares".

8) Horas extras del personal de la Salud: se vuelve a prorrogar este beneficio hasta el 30 de setiembre de 2021, con efecto exclusivo para las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada. En este punto se agrega al personal de recolección de residuos patogénicos.

9) Guarderías: los gastos de guardería para niños y niñas de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de $ 67.000.​

10) Hijo con discapacidad: también se eliminó el tope de edad para poder deducir al hijo por discapacidad. Se dispuso que las deducciones por hijo con discapacidad serán de manera permanente (hasta ahora el beneficio regía hasta los 18 años de la persona con discapacidad). Además, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado, que en la actualidad es de $ 78.833.

11) Recolección de basura: los trabajadores de recolección no pagarán el impuesto por las horas extras.

12) Herramientas educativas: se podrá deducir de Ganancias la compra de herramientas educativas por parte de los trabajadores asalariados. Se trata de "la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora y el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización y hasta el límite del 40%" de la base no imponible del impuesto "en las condiciones que establezca la AFIP". "Herramienta educativa" incluye, por ejemplo, computadora o vestimenta escolar.

13) Concubinos: actualmente, el contribuyente puede deducir $ 156.320,63 anuales de la base imponible del impuesto por cónyuge si no tiene ingresos. Con las reformas, se amplió la deducción al concubino o concubina -cualquiera fuera el sexo. La reglamentación de AFIP va a establecer las condiciones para la deducción como, por ejemplo: acta unión convivencial, contrato de alquiler, etc.

14) Ropa, equipamiento y capacitación para el trabajador: la provisión de ropa y equipamiento del trabajador para uso exclusivo de sus funciones o el otorgamiento de un pago por capacitación, no pagará el impuesto a las Ganancias.​

15) Plus patagónico: se mantiene el incremento del 22% del plus patagónico en el gravamen para los trabajadores de la región. Esto abarca a cerca de 83.467 empleados y jubilados que pagarán el impuesto en esta zona -pero con una menor carga tributaria que el resto de los contribuyentes- porque mantendrán un incremento en las deducciones del 22% respecto del resto del país. Esto significa que pagan Ganancias a partir de niveles salariales más altos.

16) Ajuste por Ripte: se fijó que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social), porque se dejó de lado el reclamo de la oposición de que se ajustara por el Índice de Precios al Consumidor (IPC, o inflación minorista) que elabora el Indec.

En esa línea, como un aumento salarial otorgado este año puede hacer que una persona que había quedada eximida del impuesto volviera a quedar sujeta a pagarlo, los legisladores delegaron en el Ejecutivo la capacidad de elevar el piso, en caso de que lo considere necesario.

17) Fuerzas Armadas: es por los "suplementos particulares" que cobra el personal de las Fuerzas Armadas indicados en el artículo 57 de la Ley Nº 19.101. Esos suplementos son: por actividad arriesgada, por título terciario, y por alta especialización o por zona o ambiente insalubre o penoso. Se estima un costo fiscal de $ 15 millones.