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Argentinos expatriados: qué deben hacer los que se mudaron a Uruguay y optaron por no pagar Ganancias

Los contribuyentes que cambiaron su residencia fiscal a Uruguay el año pasado tienen 11 años en los que no pagarán por rentas de fuente extranjera
22/06/2021 - 16:13hs
Argentinos expatriados: qué deben hacer los que se mudaron a Uruguay y optaron por no pagar Ganancias

Las leyes uruguayas prevén una franquicia de 11 años respecto de las rentas financieras de fuente extranjera para aquellas personas que hayan obtenido la residencia fiscal en ese país. Para quienes se mudaron a Uruguay en 2020, el plazo para optar por el beneficio vence en una semana, el próximo día 30.

Para hacer uso de dicha franquicia, los "nuevos residentes" deben optar por acogerse a ella, presentando un formulario ante la Dirección General Impositiva (DGI). El plazo para la presentación de dicho formulario vence el próximo 30 de junio, indicaron Jonás Bergstein y Domingo Pereira, del Estudio Bergstein Abogados (Montevideo).

Pero no solamente deberán cumplir con esta formalidad quienes se fueron el año pasado, también deberán presentar el formulario quienes, habiendo trasladado su residencia fiscal a Uruguay antes de 2020, tienen derecho a una franquicia de 6 años, añadieron Bergstein y Pereira.

Esto debe llevarse a cabo en el caso de los residentes de años anteriores, aun cuando en su momento hayan comunicado a la DGI uruguayo su decisión de ampararse en la franquicia.

En otras palabras, estos "viejos residentes" deberán ratificar ante la DGI la opción que ya ejercieron, para lo cual tienen plazo hasta el próximo 30 de junio, explicaron Bergstein y Pereira.

Uruguay exime del impuesto a la renta de las personas físicas las colocaciones financieras en el exterior
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Impuestos por rentas del exterior

El Impuesto a las Rentas de las Personas (IRPF) equivale en Uruguay al Impuesto a las Ganancias de las personas humanas en Argentina.

Ese impuesto grava a las personas físicas que, desde un punto de vista tributario, se consideran residentes fiscales en Uruguay.

Los resdidentes fiscales son los siguientes, enumeraron Bergstein y Pereira:

• Las personas que viven en Uruguay.

• Aquellas que, aun sin vivir en Uruguay, adquirieron la residencia fiscal o tributaria en ese país a través de cualquiera de estos mecanismos:

1. Permanecieron en Uruguay 184 días o más en el año calendario.

2. Permanecieron en Uruguay 60 días en el año, complementados por una inversión inmobiliaria de no menos de u$s380.000 en su territorio.

3. Aun sin haber permanecido un día en Uruguay, han realizado una inversión inmobiliaria por un valor superior a aproximadamente u$s1,7 millones o han realizado inversiones en una empresa uruguaya de ciertas por un valor superior a u$s1,5 millones.

El IRPF grava, entre otras, las rentas financieras del exterior; o sea, las rentas que el residente fiscal uruguayo obtiene en el exterior, producto de colocaciones financieras en el exterior.

Los expertos pusieron como ejemplo el dividendo que cobro por tener acciones de Coca-Cola o el cupón que me paga el Gobierno de EE.UU. por ser titular de bonos del Tesoro.

El IRPF incide sobre esas rentas, aun cuando son de fuente extranjera, o sea, nacen o se obtienen fuera de Uruguay. La tasa del impupesto en estos casos es de 12%, precisaron Bergstein y Pereira.

Perdón impositivo para extranjeros

En el marco de una política de atracción de inversiones, el Gobierno uruguayo decidió dos políticas, afirmaron Bergstein y Pereira:

• Flexibilizar las condiciones a través de las cuales la persona humana adquiere la residencia fiscal.

• Otorgar una franquicia o exoneración tributaria del IRPF sobre rentas de fuente extranjera a quienes adquieran esa residencia fiscal uruguaya. Hasta el año pasado, esa exoneración se otorgaba por 6 años. A partir de una ley de 2021, ese plazo pasó de 6 a 11 años.

¿Por qué la franquicia es importante para un ciudadano argentino?, preguntaron los expertos, y respondieron que se debe a que, a diferencia Uruguay, en Argentina se grava la renta y también la simple titularidad de activos en el exterior, con el Impuesto a los Bienes Personales.

Además de beneficios impositivos, Uruguay permite libre entrada y salida de dólares
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Beneficios de la residencia fiscal uruguaya

Por un lado, el individuo sabe que, si adquiere la residencia fiscal, Uruguay le da una exoneración sobre rentas de fuente extranjera, hasta por un máximo de 11 años. Y en lo que a Bienes Personales se refiere, en Uruguay el impuesto equivalente -Impuesto al Patrimonio- no grava los activos en el exterior.

¿Qué pasa en Argentina? La adquisición de la residencia fiscal en Uruguay cobra sentido en la medida en que el individuo pierda la residencia fiscal argentina, con lo cual, deja de pagar Bienes Personales en Argentina, y al mismo tiempo, Uruguay le exonera de Ganancias por un plazo máximo de 11 años.

La exoneración es por el IRPF a los rendimientos de capital mobiliario que obtengan las personas físicas residentes, derivados de colocaciones de capital o de crédito en el exterior. Por ejemplo, intereses de depósitos o préstamos en el exterior, dividendos de sociedades del exterior, rendimientos de bonos, cupones o cualquier otro activo financiero del exterior, entre otros.

Últimamente se extendió este beneficio hasta un máximo de 11 años, a la vez que han hecho extensiva la ampliación del plazo incluso a quienes ya en el pasado se habían acogido a la franquicia.

La extensión de la franquicia, que se sumará a los 6 años ya concedidos, comenzará a contar desde este año, y su plazo de vigencia variará en función del año en que la persona obtuvo la residencia fiscal en Uruguay de la siguiente forma, aseveraron Bergstein y Pereira:

• Si la residencia fiscal se obtuvo en 2019, se extiende la franquicia por 8 años y el último año comprendido será 2028.

• En el caso de haber mudado la residencia fiscal en 2018, la extensión será de 7 años, y el último año dentro del beneficio será 2027.

• Y así siguiendo hasta 2015 o antes, cuando el plazo de vigencia de la franquicia será por 4 años más, llegando a incluir hasta 2024.

Para acceder a la extensión, el contribuyente deberá presentar ante la DGI, una declaración jurada expresando su interés en beneficiarse de ella.

Además, y a efectos de mantener el beneficio, anualmente el contribuyente deberá presentar a la misma DGI una declaración jurada en la que conste que:

1. Desde el 22 de enero de 2021, fecha de entrada en vigencia de la ley que estableció el beneficio, o una fecha posterior, posee una inversión inmobiliaria en Uruguay por un valor superior a aproximadamente u$s390.000.

2. Registró una presencia física anual en territorio uruguayo de, como mínimo, 60 días.

Otros beneficios en Uruguay son que allí no existe el impuesto a la herencia y que es factible traer un vehículo usado sin pagar derechos de importación, así como la libre entrada y salida de moneda extranjera, concluyeron los expertos.