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El Mundial Qatar 2022 que pierden los contribuyentes por goleada: montos fijos desde hace 12 años

Una camiseta argentina aumentó 6.000% en 12 años, pero los montos mínimos para pagar impuestos o para que las pymes los retengan siguen fijos
22/11/2022 - 11:55hs
El Mundial Qatar 2022 que pierden los contribuyentes por goleada: montos fijos desde hace 12 años

La AFIP y los contribuyentes de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales o el IVA pierden el Mundial Qatar 2022, si se compara cómo subió el valor de una camiseta de la Selección Argentina luego de tres copas del mundo, período de 12 años en que los montos que aliviarían la tributación estuvieron fijos.

La camiseta de la Selección Argentina para el Mundial Qatar 2022 cuesta 6.000% más que la de Sudáfrica 2010, pero las deducciones de Impuesto a las Ganancias, el piso de alquileres no gravados con IVA o las multas de AFIP por no presentación de declaraciones juradas siguen fijas desde hace 12 años.

"La camiseta de la Selección Argentina en el Mundial de Sudáfrica 2010 costaba $249, mientras que hoy sale $16.999", recordó Andrés Edelstein, socio del estudio Edelstein, Mariscal, Torassa y Asoc., y precisó que "esto implica un aumento de 6.727% de aumento en 12 años o a lo largo de 3 mundiales".

En cambio, la multa por falta de presentación de declaración jurada ante la AFIP para una persona humana era en 2010 de $200, y hoy sigue siendo de $200, ironizó.

Por qué la AFIP pierde el Mundial Qatar 2022

"Esta desactualización se produce en una gran cantidad de parámetros monetarios contenidos en las leyes y demás disposiciones impositivas", recordó Edelstein.

Durante el gobierno de Mauricio Macri, una reforma tributaria previó "la actualización automática de todos los montos de las leyes impositivas por una Unidad de Valor Tributaria (UVT), el que sin dudas resolvería innumerables situaciones de atraso en los montos fijos", comentó.

La AFIP no actualiza el índice para actualizar todos los montos de leyes impositivas
La AFIP no actualiza el índice para actualizar todos los montos de leyes impositivas

Sin embargo, la UTV nunca fue reglamentada por la AFIP ni en las dos gestiones de funcionarios macristas que se sucedieron ni en el actual Gobierno, porque el organismo recaudador pretende cobrar sobre la nominalidad, sin ningún límite.

Al respecto, Sebastián M. Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, también subrayó que "se debía haber instrumentado la UVT, de acuerdo a la Ley 27.430, para generar un parámetro que se actualice solo, y no se hizo".

Por qué los contribuyentes también pierden el Mundial Qatar 2022

Edelstein enumera algunos parámetros que no actualiza la AFIP desde hace 12 años o más:

1. Montos fijos en materia sancionatoria, como por ejemplo la multa por no presentar declaraciones juradas, de $200 o $400.

Las deducciones generales de Impuesto a las Ganancias están atrasadas desde 2001
Las deducciones generales de Impuesto a las Ganancias están atrasadas desde 2001

2. Importes referidos a deducciones del Impuesto a las ganancias cuya actualización beneficiaría al contribuyente, como los siguientes, que fueron fijados en 2001:

Importe máximo a deducir por intereses de créditos hipotecarios: $20.000 anuales.

Amortización de automóvil: $20.000 anuales.

Gastos de automóvil $7.200 anuales, respectivamente, también del 2001.

Honorarios de directores y síndicos: $12.500 anuales (fijado en 1996).

Edelstein también comentó que existen otros montos fijos desactualizados en Impuesto sobre los Bienes Personales, IVA, el régimen penal tributario y el Código Aduanero.

El monto mínimo para gravar los alquileres comerciales con IVA también está desactualizado
El monto mínimo para gravar los alquileres comerciales con IVA también está desactualizado

Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores, añadió, entre las deducciones de Impuesto a las Ganancias desactualizadas, gastos de sepelio ($996,23) y seguro de retiro cuando lo paga la empresa, que está fijo desde 1992.

En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales, Rodríguez citó el monto a partir del que pagan los no residentes. Y en el IVA, sigue sin una actualización el monto para que no estén gravados los alquileres comerciales.

Las retenciones poco significativas, en el arco de las pymes

La inflación desmedida no va de la mano con la actualización de montos y escalas aplicables, que muchas veces implican un perjuicio para los contribuyentes, afirmó la especialista Romina Batista.

EL "Régimen de Retención del Impuesto a las Ganancias" es un claro ejemplo de desactualización. La escala aplicable fue la última actualización quedando muy lejos del promedio de inflación anual en los últimos tres años, que se encuentra en torno del 47,1%, sostuvo.

Los montos mínimos vinculados con los regímenes de retención y/o percepción, para operaciones como alquileres o arrendamientos, enajenación de bienes de cambio y bienes muebles, locaciones de obras y/o servicios, honorarios, entre otros, implica que las empresas deban actuar como agentes de retención por cifras que no son significativas, consideró.

Las pymes deben realizar gran cantidad de retenciones no significativas
Las pymes deben realizar gran cantidad de retenciones no significativas

Esto lleva a que muchas pymes no cuenten con una estructura administrativa suficiente para procesar el volumen de operaciones que actualmente se encuentran alcanzadas por los regímenes de retención y percepción, agregó.

La inflación, el gol en contra del Qatar 2022 de AFIP

Lo ideal sería una actualización automática de los mínimos y de los anticipos por IPC, ya que los pagos a cuentas generan importantes problemas financieros para las pequeñas y medianas empresas, aseguró Batista.

Otro impuesto que quedo desactualizado es el Bienes Personales que grava el conjunto de bienes que posee una persona al 31 de diciembre de cada año, dijo Batista, y añadió que, aunque el último año tuvo un aumento de aproximadamente cinco veces no llega a igualar la inflación acumulada en los últimos 5 años.

Con respecto al Monotributo, las categorías se ajustan dos veces al año, sin embargo siguen desactualizadas y perdiendo contra la inflación anual, sostuvo.

Por último, las multas por falta de presentación de declaración jurada de $200 o $ 400 para las personas jurídicas, vigentes desde el año 2013, llevan a que los contribuyentes muchas veces opten por la no presentación, ya que las sanciones no son un verdadero perjuicio, concluyó.