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Monotributistas y la pregunta de enero: ¿puedo comprar dólar ahorro?

Cada principio de mes se larga la compra de dólares, pero no todos los monotributistas pueden acceder, cuáles son las condiciones que deben cumplir
02/01/2023 - 11:07hs
Monotributistas y la pregunta de enero: ¿puedo comprar dólar ahorro?

Si bien siendo monotributista es posible comprar dólar ahorro, se debe cumplir con varios requisitos, ya que el Banco Central impuso varias restricciones para permitir accede a dólares al cambio oficial a los contribuyentes adheridos al Monotributo.

En general, los monotributistas adheridos a las primeras categorías del régimen simplificado no tienen autorizada la compra de dólar ahorro en los bancos al tipo de cambio oficial.

Y los contribuyentes del Monotributo del resto de las categorías que tengan subsidios de luz o gas tampoco pueden comprar este dólar a menos precio.

Las 9 claves del dólar ahorro para monotributistas

El dólar ahorro se puede adquirir a través de Home Banking o por medio de las sucursales de los bancos autorizados en el mercado de cambios. El cupo mensual por persona es de u$s200, pero en el caso del Monotributo se deben cumplir los siguientes requisitos, precisó Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple:

1. Si el monotributista también es empleado en relación de dependencia, no puede haber recibido durante la pandemia parte del salario a través del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) o REPRO II.

2. Tener un nivel de ingresos declarados acordes al monto que se quiere adquirir. Quienes se encuentren en las primeras categorías de Monotributo, en general, no puedan comprar dólar ahorro.

Los monotributistas de las primeras categorías no tiene ingresos para comprar dólares
Los monotributistas de las primeras categorías no tiene ingresos para comprar dólares

3. No ser beneficiario de los subsidios a la luz y el gas.

4. No haber utilizado la totalidad del cupo mensual de u$s200 a través de compras con tarjeta de crédito o débito.

5. No haber comprado dólares financieros (MEP o CCL) 90 días antes y en los 90 días posteriores a la decisión de adquirir dólar ahorro al tipo de cambio oficial.

La compra de dólar ahorro es incompatible con ayuda social

6. No ser beneficiario de ningún tipo de ayuda social. Esto se debe demostrar solicitando en la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) la Certificación Negativa.

7. No tener créditos refinanciados durante la pandemia. Los monotributistas que refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales y con tarjeta, prendarios o hipotecarios, no están habilitados.

8. Tampoco pueden comprar dólares a tipo de cambio oficial los monotributistas que hayan obtenido créditos a tasa subsidiada, los llamados "créditos a tasa cero".

Quienes hayan accedido a créditos a tasa cero tienen prohibida la compra de dólares
Quienes hayan accedido a créditos a tasa cero tienen prohibida la compra de dólares

9. No haber realizado ninguna operación que implique inversiones en dólares (como CEDEARs u obligaciones negociables) o criptoactivos durante los 90 días corridos subsiguientes y previos a la operación.

Cómo se pide la devolución de impuestos a cuenta en el dólar

La compra de este dólar es a tipo de cambio oficial incluye 30% de impuesto PAIS. En general, también la percepción de 35% a cuenta de los impuestos a las Ganancias o sobre los Bienes Personales.

Sin embargo, quienes adhieren al Monotributo sustituyen con el impuesto integrado al Impuesto a las Ganancias, por lo que la percepción sólo rige a cuenta de Bienes Personales.

Los monotributistas, que no tributen Impuesto sobre los Bienes Personales, pueden solicitar la devolución de esta percepción de 35%, aunque recién se puede realizar las que se acumularon al 31 de diciembre del año anterior.

Se puede solicitar la devolución de la retención de impuestos luego de finalizado el año calendario
Se puede solicitar la devolución de la retención de impuestos luego de finalizado el año calendario

Así, una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, podrán solicitar la devolución quienes cumplan las siguientes condiciones, enumeró Sosa:

  • No se encuentren inscriptos en el Impuesto a las Ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • No se encuentren inscriptos en el Impuesto sobre los Bienes Personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador como agente de retención.

Si bien el dólar solidario o ahorro, sigue siendo la opción más barata del mercado, el elevado número de restricciones para comprarlo, hace que cada vez menos personas puedan acceder, concluyó Sosa.