Arranca la prórroga del impuesto adicional a los cigarrillos
En el marco de la prórroga de la emergencia económica y la extensión de ciertos gravámenes, toma cuerpo hoy la vigencia por un año más del impuesto adicional sobre el precio de venta de cigarrillos. La medida fue conocida a través de la publicación en el Boletín oficial del decreto 1961.
La extensión apunta particularmente a los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1º de enero al 31 de diciembre de 2007.
En sus incios, el tributo contemplaba una tasa que podía oscilar entre el 21 y el 7%. Este último valor es el que se mantiene hasta la fecha y que será de aplicación en el año 2007.
La otra cara
Como contrapartida, mediante la publicación del decreto 1963 prorroga la no aplicabilidad de los impuestos internos que recaen sobre los motores y vehículos automotores. El objetivo que se persigue consiste en mantener las condiciones favorables a la inversión y al desarrollo de la competitividad nacional e internacional.
Al igual que el otro caso, la extensión rige para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.
Hernán Gilardo
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