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Dictamen: el incremento por zona patagónica, ¿aplica a las deducciones por bono y viático?

Un dictamen de Economía analizó si el beneficio de zona desfavorable para la Patagonia tiene limitaciones al considerar el tipo de deducciones en Ganancias
21/09/2023 - 11:07hs
Dictamen: el incremento por zona patagónica, ¿aplica a las deducciones por bono y viático?

El Ministerio de Economía se expidió favorablemente acerca de la procedencia del incremento de 22% aplicable a los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que residan en la zona patagónica en todas las deducciones de la Ley del Impuesto a las Ganancias.

La Dirección Nacional de Impuestos juntamente con la Dirección de Imposición Directa, en su dictamen establecieron un cambio de criterio respecto de otra respuesta de 2019, al afirmar que la Ganancia No Imponible y Cargas de Familia también tendrán el incremento de 22% por zona patagónica.

Ese incremento de 22% de la ganancia no imponible también aumenta el monto de otras deducciones que se calculan como un porcentaje de ese monto como deducciones y topes por movilidad, viáticos, salario de personal doméstico, material docente, alquileres, cursos y capacitaciones, entre otras.

Los expertos se preguntan si esto implicará la reliquidación año calendario 2023 y modificación del Formulario 1357 AFIP, que es la liquidación que realizó por 2022 el 31 de diciembre pasado el empleador, y que el empleado puede visualizar desde el sitio SIRADIG.

Qué definió el dictamen de Economía sobre zona patagónica

Economía consideró que, a partir de una modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias de 2016, en cuyo tratamiento fue clave la exposición del entonces diputado Axel Kicillof, se cambió el criterio sobre el beneficio para trabajadores y jubilados de la zona patagónica, generalizando un incremento de 22% a toda deducción en el gravamen.

"En ocasión del tratamiento de la ley, los legisladores no hicieron referencia a que éste quedase limitado, exclusivamente, a las deducciones personales contempladas en el artículo 30, sino que aludieron a aquél, con expresiones tales como ‘deducción por zona desfavorable’, ‘incremento de deducciones’ y ‘se incrementan todas las deducciones’", afirma el dictamen.

El dictamen amplía el criterio de zona desfavorable en el Impuesto a las Ganancias
El dictamen amplía el criterio de zona desfavorable en el Impuesto a las Ganancias

"Un factor común en las exposiciones en las Cámaras fue que el incremento en cuestión tenía por fundamento alcanzar a ‘quienes viven en regiones remotas del país y deben afrontar un mayor costo de vida’, cabe concluir que el espíritu de la ley fue el de favorecer a empleados en relación de dependencia que trabajen -y jubilados que vivan- en la región patagónica a los fines de dotarlos de mayores recursos para atender ese mayor costo", sostiene.

Sobre estos argumentos, explica que habrá un cambio de criterio, por el cual se aplicará el incremento de 22% a todas las deducciones que creó el Gobierno en el Impuesto a las Ganancias, "cuya magnitud se encuentra limitada o determinada en función al importe de la ganancia no imponible".

Cuáles son las nuevas deducciones incrementadas para la Patagonia

Las siguientes son las nuevas deducciones, en su mayoría creadas este año, que se calculan como porcentaje de la ganancia no imponible, y que cita expresamente el dictamen de Economía:

1. Bono por productividad, fallo de caja, o conceptos de similar naturaleza, hasta un monto equivalente a 40% de la ganancia no imponible.

2. Gasto de movilidad, viáticos y compensaciones análogas, que no podrá superar el equivalente a 40% de la ganancia no imponible.

3. Transporte de larga distancia, esa deducción no podrá superar el importe de la ganancia no imponible.

4. (Camioneros), la deducción allí prevista no podrá exceder el importe que resulte de incrementar en 4 veces la ganancia no imponible.

5. Material didáctico, se considerarán ganancias las sumas abonadas al personal docente en concepto de adicional por material didáctico que excedan 40% de la ganancia no imponible.

6. Alquiler de casa habitación: el 40% de las sumas pagadas por el contribuyente, y hasta el límite de la ganancia no imponible se podrá deducir, siempre y cuando el contribuyente o el causante no resulte titular de ningún inmueble, cualquiera sea la proporción.

7. Servicios y herramientas educativos que el contribuyente pague por hijos. La deducción operará hasta el límite del 40% de la ganancia no imponible.

8. Cursos o seminarios de capacitación o especialización otorgados por la empresa, hasta 40% de la ganancia no imponible.

9. Servicio doméstico, el empleador puede el total de los salarios y contribuciones, hasta un máximo equivalente a la ganancia no imponible anual

El dictamen define que el incremento de 22% modifica los topes y límites de estos conceptos dispuestos en el texto legal cuya cuantía se establece en función de la ganancia no imponible.